Ficha
Nº de Disposición:
DOCM:
58
Fecha Disposición:
15/05/2008
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA
Categorias:
El Decreto 75/2007, de 19 de junio de 2007, por el que se regula el currículo de las enseñanzas elementales de música y danza y se determinan las condiciones en las que se han de impartir dichas enseñanzas en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en su artículo 8. b establece el procedimiento para que los candidatos a enseñanzas elementales puedan demostrar su aptitud musical inicial.
La Orden de 25- 06- 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regula la evaluación del alumnado que cursa enseñanzas elementales y profesionales de Música establece en su apartado Decimotercero que para acceder a las enseñanzas elementales es necesario, junto al criterio de edad, superar una prueba de aptitud musical, cuya evaluación es responsabilidad de los Conservatorios.
Procede, sin menoscabo de la citada competencia de los Conservatorios y previa unificación de criterios con los mismo, determinar unos contenidos comunes para garantizar los criterios de igualdad y capacidad en el acceso.
Por todo ello, de acuerdo con las competencias atribuidas por el Decreto 127/2007, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Ciencia, resuelvo:
Primero. Objeto La presente Resolución tiene como objeto establecer las dimensiones, indicadores y criterios de calificación de la prueba de acceso a las enseñanzas elementales de música y se tendrá en cuenta en los procesos de admisión para el curso 2008- 2009, en los Conservatorios profesionales de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Segundo. Contenido de las pruebas.
1. La prueba de acceso evaluará las dimensiones siguientes:
1.1. Competencia auditiva
1.2. Entonación melódica
1.3 Habilidad y sentido del ritmo.
Tercero. Indicadores para la evaluación.
1. La competencia auditiva se valorará a través de cuatro indicadores:
a. Clasificar sonidos según su altura, duración e intensidad
b. Discriminar variaciones
c. Identificar errores de sonidos sobre un mismo modelo repetido
d. Identificar giros melódicos
2. La entonación melódica se valorará a través de dos indicadores:
a. Cantar una canción de libre elección b. Imitar motivos melódicos
3. La habilidad y sentido del ritmo se valorará a través de dos indicadores:
a. Palmear y marcar el pulso mientras escucha una audición
b. Imitar una secuencia rítmica
Cuarto. Criterios de calificación
1. Cada indicador se valorará de la siguiente forma
a) 1, si se responde correctamente en el primer intento,
b) 0,5, si la respuesta es en el segundo intento,
c) 0, si lo hace en tres o más intentos o no lo hace.
2. La puntuación total es de 30, 10 por cada una de las dimensiones.
3. La puntuación final resultante se modifica en función de la edad del alumno o alumna, utilizando un coeficiente corrector que incluye: 2 puntos más para el alumnado con 9 o menos años, y 1 punto más para el alumnado con 10 o 11 años.
Quinto. Responsables. En los Conservatorios se constituirá, al menos, una Comisión de valoración formada por tres profesores o profesoras, uno o una de ellos perteneciente al Departamento de Lenguaje Musical o Composición
Sexto. Publicación de los resultados. La Comisión de selección publicará el acta con la puntuación final obtenida con dos decimales ordenada de forma descendente, incluyendo los apellidos y nombre y fecha de nacimiento de los aspirantes. Los empates se resolverán a favor del aspirante de menor edad.
Toledo, 7 de mayo de 2008 El Director General de Política Educativa
FRANCISCO DE PAZ TANTE
La Orden de 25- 06- 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regula la evaluación del alumnado que cursa enseñanzas elementales y profesionales de Música establece en su apartado Decimotercero que para acceder a las enseñanzas elementales es necesario, junto al criterio de edad, superar una prueba de aptitud musical, cuya evaluación es responsabilidad de los Conservatorios.
Procede, sin menoscabo de la citada competencia de los Conservatorios y previa unificación de criterios con los mismo, determinar unos contenidos comunes para garantizar los criterios de igualdad y capacidad en el acceso.
Por todo ello, de acuerdo con las competencias atribuidas por el Decreto 127/2007, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Ciencia, resuelvo:
Primero. Objeto La presente Resolución tiene como objeto establecer las dimensiones, indicadores y criterios de calificación de la prueba de acceso a las enseñanzas elementales de música y se tendrá en cuenta en los procesos de admisión para el curso 2008- 2009, en los Conservatorios profesionales de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Segundo. Contenido de las pruebas.
1. La prueba de acceso evaluará las dimensiones siguientes:
1.1. Competencia auditiva
1.2. Entonación melódica
1.3 Habilidad y sentido del ritmo.
Tercero. Indicadores para la evaluación.
1. La competencia auditiva se valorará a través de cuatro indicadores:
a. Clasificar sonidos según su altura, duración e intensidad
b. Discriminar variaciones
c. Identificar errores de sonidos sobre un mismo modelo repetido
d. Identificar giros melódicos
2. La entonación melódica se valorará a través de dos indicadores:
a. Cantar una canción de libre elección b. Imitar motivos melódicos
3. La habilidad y sentido del ritmo se valorará a través de dos indicadores:
a. Palmear y marcar el pulso mientras escucha una audición
b. Imitar una secuencia rítmica
Cuarto. Criterios de calificación
1. Cada indicador se valorará de la siguiente forma
a) 1, si se responde correctamente en el primer intento,
b) 0,5, si la respuesta es en el segundo intento,
c) 0, si lo hace en tres o más intentos o no lo hace.
2. La puntuación total es de 30, 10 por cada una de las dimensiones.
3. La puntuación final resultante se modifica en función de la edad del alumno o alumna, utilizando un coeficiente corrector que incluye: 2 puntos más para el alumnado con 9 o menos años, y 1 punto más para el alumnado con 10 o 11 años.
Quinto. Responsables. En los Conservatorios se constituirá, al menos, una Comisión de valoración formada por tres profesores o profesoras, uno o una de ellos perteneciente al Departamento de Lenguaje Musical o Composición
Sexto. Publicación de los resultados. La Comisión de selección publicará el acta con la puntuación final obtenida con dos decimales ordenada de forma descendente, incluyendo los apellidos y nombre y fecha de nacimiento de los aspirantes. Los empates se resolverán a favor del aspirante de menor edad.
Toledo, 7 de mayo de 2008 El Director General de Política Educativa
FRANCISCO DE PAZ TANTE

