Ficha
Nº de Disposición:
DOCM:
99
Fecha Disposición:
14/05/2008
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL
Categorias:
De acuerdo con lo previsto en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, se procede a publicar en el DOCM y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento correspondiente el requerimiento de documentación para completar el expediente CR00016- 03 sobre la Gestión de los Estiércoles de la explotación porcina propiedad de Olmoporc, S. A, ya que habiéndose intentado la notificación personal y preceptiva en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Con fecha de 24 de septiembre de 2004 se le remitió un escrito mediante el cual se acordaba que la explotación porcina propiedad de Olmoporc, S. A., situada en la parcela 34 del polígono 23 de Miguelturra (código 056- CR073), podría ejercer su actividad empleando el borrador de autorización de 20 de febrero de 2004 hasta un plazo máximo de 6 meses tras la aprobación del Plan de Ordenación Municipal de Miguelturra o, en su defecto, hasta un plazo límite establecido en el 23 de mayo de 2005.
Habiendo transcurrido más de dos años desde la fecha límite de vigencia del borrador de autorización, se le comunica que no se ha recibido documentación alguna acerca de la nueva explotación porcina y su ubicación, tal y como se le había requerido en el escrito de 24 de septiembre de 2004, arriba mencionado.
Por este motivo, se le insta a que aporte la documentación solicitada en dicho escrito e indique la situación actual en la que se encuentra el traslado de la explotación porcina objeto de este oficio a la nueva ubicación.
Por ello se requiere al interesado para que aporte todos los documentos necesarios y complete la solicitud presentada. Si transcurridos 30 días a contar desde el siguiente al de recibo de esta comunicación no se ha remitido contestación alguna, el expediente quedará paralizado, iniciándose en tal caso el cómputo del plazo de tres meses previsto en el artículo 92.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a cuyo término se procedería al archivo de su expediente por caducidad, salvo que se hubieran presentado los documentos antes de su vencimiento.
Toledo, 17 de abril de 2008 La Secretaria General Técnica
ALICIA MARTÍNEZ RUBIO
Con fecha de 24 de septiembre de 2004 se le remitió un escrito mediante el cual se acordaba que la explotación porcina propiedad de Olmoporc, S. A., situada en la parcela 34 del polígono 23 de Miguelturra (código 056- CR073), podría ejercer su actividad empleando el borrador de autorización de 20 de febrero de 2004 hasta un plazo máximo de 6 meses tras la aprobación del Plan de Ordenación Municipal de Miguelturra o, en su defecto, hasta un plazo límite establecido en el 23 de mayo de 2005.
Habiendo transcurrido más de dos años desde la fecha límite de vigencia del borrador de autorización, se le comunica que no se ha recibido documentación alguna acerca de la nueva explotación porcina y su ubicación, tal y como se le había requerido en el escrito de 24 de septiembre de 2004, arriba mencionado.
Por este motivo, se le insta a que aporte la documentación solicitada en dicho escrito e indique la situación actual en la que se encuentra el traslado de la explotación porcina objeto de este oficio a la nueva ubicación.
Por ello se requiere al interesado para que aporte todos los documentos necesarios y complete la solicitud presentada. Si transcurridos 30 días a contar desde el siguiente al de recibo de esta comunicación no se ha remitido contestación alguna, el expediente quedará paralizado, iniciándose en tal caso el cómputo del plazo de tres meses previsto en el artículo 92.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a cuyo término se procedería al archivo de su expediente por caducidad, salvo que se hubieran presentado los documentos antes de su vencimiento.
Toledo, 17 de abril de 2008 La Secretaria General Técnica
ALICIA MARTÍNEZ RUBIO

