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Resolución de 20- 05- 2008, del Instituto de la Mujer de Castilla La Mancha, por la que se declara el archivo de las actuaciones en relación a la solicitud de una subvención de funcionamiento de Centros de la Mujer.

Nº de Disposición:
 
DOCM:
139 
Fecha Disposición:
04/07/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA LA MANCHA 

No habiendo sido posible practicar en el domicilio de la entidad destinataria la notificación de esta Resolución, se procede a su publicación en el Diario Oficial, conforme determina el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Vista la solicitud de fecha 18 de diciembre de 2007, presentada por AMICAM (Asociación de Mujeres por la Igualdad de Castilla La Mancha), para la concesión de una ayuda para el funcionamiento de centros de la mujer y recursos de acogida destinados a mujeres víctimas de violencia de género para el año 2008 al amparo de la convocatoria efectuada mediante Resolución de 26 de noviembre (DOCM nº 56 de 7 de diciembre de 2007), y teniendo en cuenta que se han realizado las siguientes actuaciones:

Mediante escrito de fecha 29 de enero de 2008 se requirió a la entidad solicitante para que subsanase la solicitud presentando, de acuerdo con lo indicado en el Anexo I de la Orden de 10 de diciembre de 2004 de la Consejería de Relaciones Institucionales que establece las Bases reguladoras de estas ayudas, un proyecto o memoria detallada y valorada de la actividad a realizar. Para efectuar la subsanación se le concedió a la asociación interesada el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación del citado escrito.

Al no poder practicarse con éxito la notificación en el domicilio de la entidad destinataria, el Instituto de la Mujer de Castilla La Mancha procedió, conforme establece el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la publicación del escrito en el Diario Oficial el 29 de abril de 2008 (DOCM nº 88).

Habiéndose cumplido sobradamente el plazo de subsanación sin obtener respuesta por parte de la entidad solicitante, la Directora del Instituto de la Mujer resuelve proceder, sin más trámites, al Archivo de las actuaciones, al tenérsele por desistida en su petición, conforme a lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992 anteriormente citada.

La presente Resolución no agota la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada, ante el Secretario General de Presidencia, en virtud de la delegación de competencias efectuada mediante Resolución de 3 de septiembre de 2007 del Vicepresidente Primero (DOCM nº 191 de 13- 09- 2007), en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Toledo, 20 de mayo de 2008 La Directora del Instituto de la Mujer de Castilla La Mancha ÁNGELA SANROMA ALDEA