Resolución de 30- 04- 2008, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de autorización administrativa de: Instalación solar fotovoltaica de 1.000 kw, centro de transformación y derivación en media tensión en Azuqueca de Henares (Guadalajara).

 

Resolución de 30- 04- 2008, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de autorización administrativa de: Instalación solar fotovoltaica de 1.000 kw, centro de transformación y derivación en media tensión en Azuqueca de Henares (Guadalajara).

Nº de Disposición:
 
DOCM:
58 
Fecha Disposición:
15/05/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE INDUSTRIA Y SOCIEDAD DE LA INFORMACION 
Categorias:
 

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de Industria y Sociedad de la Información para la autorización administrativa del proyecto de la siguiente instalación eléctrica en régimen especial:

Referencia: 2703/596 (ref. Delegación: 19270200324). Peticionario: Maxi Logistics, S. L. U. Ubicación: Polígono 2, parcela 18 Azuqueca de Henares (Guadalajara).

Características: Instalación solar fotovoltaica en cubierta de 1.000 kW nominales de potencia distribuida en diez conjuntos de 100 kW cada uno. Conexión a red de distribución mediante línea de evacuación subterránea hasta centro de seccionamiento, dos centros de transformación de 4 x 100 kVA y uno de 2 x 100 kVA.

Finalidad: Producción de energía eléctrica por generación fotovoltaica en régimen especial, transformación a media tensión y evacuación a la red de distribución.

Antecedentes de hecho: Primero: Con fecha 15/02/07 la empresa promotora, solicitó en la Delegación de Industria y Sociedad de la Información en Guadalajara la autorización administrativa del proyecto de la instalación arriba indicada, aportando la documentación prevista en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Segundo: La solicitud fue sometida a información pública, insertándose el correspondiente anuncio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, de fecha 18/03/08. Durante el período de información pública no se han recibido alegaciones.

Tercero: La Delegación Provincial de Industria y Sociedad de la Información, cumplió con los trámites establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y elabo ró informe favorable para su autorización administrativa con fecha 16 de abril de 2008. A estos antecedentes de hecho son aplicables los siguientes

Fundamentos de derecho: Primero: Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es el órgano competente para la autorización administrativa y aprobación de proyecto de instalaciones eléctricas de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en Decreto 80/2007, de 19 de junio.

Cumplidos los trámites reglamentarios y analizada la documentación presentada,

Vistos el Decreto 132/2007, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Industria y Sociedad de la Información; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y el Decreto 80/2007, de 19 de junio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de inspección y revisión; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 445/1985, de 23 de enero, modificado por el Real Decreto 378/1995, de 10 de marzo, por el que se establece el traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de industria y energía; la Ley 3/1984, de 25 de abril, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración; y demás legislación concordante de aplicación.

En su virtud Resuelvo: autorizar administrativamente las instalaciones eléctricas de referencia, con las características indicadas.

Se cumplirán con total rigor los condicionantes medioambientales establecidos por el Órgano Ambiental competente.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria y Sociedad de la Información, de acuerdo con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con el art. 115 de dicha norma legal.

Toledo, 30 de abril de 2008. El Director General de Industria, Energía y Minas

BENITO MONTIEL MORENO