Ficha
Nº de Disposición:
2008061361
DOE:
89
Fecha Disposición:
28/04/2008
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE FOMENTO
Categorias:
Visto el expediente relativo al Proyecto de Reparcelación formulado en ejecución del Proyecto de Interés Regional promovido por GISVESA, consistente en reclasificación y ordenación de terrenos situados en el entorno del sitio denominado El Junquillo , con destino a la urbanización y edificación de viviendas protegidas acogidas al Plan de Vivienda y Suelo de Extremadura 2004- 2007, en el término municipal de Cáceres, aprobado definitivamente por Decreto 135/2006, de 25 de julio, del Consejo de Gobierno.
El expediente contiene las determinaciones sustantivas y documentales establecidas en los arts. 80 a 100 del Reglamento de Gestión Urbanística aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto ( RGU) , conforme a lo determinado en el art. 43.3 b) de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura ( LSOTEX) .
Asimismo, se observa el cumplimiento de las reglas procedimentales establecidas en el art. 43.3 de la LSOTEX en relación con los arts. 101 y siguientes del RGU.
En virtud de lo establecido en el art. 64.3 de la LSOTEX y en el artículo 5.2 c) del Decreto 314/2007, de 26 de octubre, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura; a propuesta de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, esta Consejería de Fomento,
R E S U ELV E:
1. º ) Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación, correspondiente al Proyecto de Interés Regional promovido por GISVESA, consistente en reclasificación y ordenación de terrenos situados en el entorno del sitio denominado El Junquillo , con destino a la urbanización y edificación de viviendas protegidas acogidas al Plan de Vivienda y Suelo de Extremadura 2004- 2007, en el término municipal de Cáceres
2. º ) Realizar las actuaciones necesarias para proceder a la inscripción del Proyecto de Reparcelación aprobado definitivamente, en el Registro de la Propiedad, de acuerdo con lo previsto en la legislación hipotecaria.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Consejería de Fomento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que se reciba la notificación de la misma.
Asimismo, también cabe interponer contra esta Resolución, directamente, recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se reciba la notificación de la misma. No obstante, en el caso de haberse interpuesto recurso de reposición, no podrá interponerse el citado recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél haya sido resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Mérida, a 28 de abril de 2008. El Consejero de Fomento, JOSÉ LUIS QUINTANA ÁLVAREZ
El expediente contiene las determinaciones sustantivas y documentales establecidas en los arts. 80 a 100 del Reglamento de Gestión Urbanística aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto ( RGU) , conforme a lo determinado en el art. 43.3 b) de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura ( LSOTEX) .
Asimismo, se observa el cumplimiento de las reglas procedimentales establecidas en el art. 43.3 de la LSOTEX en relación con los arts. 101 y siguientes del RGU.
En virtud de lo establecido en el art. 64.3 de la LSOTEX y en el artículo 5.2 c) del Decreto 314/2007, de 26 de octubre, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura; a propuesta de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, esta Consejería de Fomento,
R E S U ELV E:
1. º ) Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación, correspondiente al Proyecto de Interés Regional promovido por GISVESA, consistente en reclasificación y ordenación de terrenos situados en el entorno del sitio denominado El Junquillo , con destino a la urbanización y edificación de viviendas protegidas acogidas al Plan de Vivienda y Suelo de Extremadura 2004- 2007, en el término municipal de Cáceres
2. º ) Realizar las actuaciones necesarias para proceder a la inscripción del Proyecto de Reparcelación aprobado definitivamente, en el Registro de la Propiedad, de acuerdo con lo previsto en la legislación hipotecaria.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Consejería de Fomento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que se reciba la notificación de la misma.
Asimismo, también cabe interponer contra esta Resolución, directamente, recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se reciba la notificación de la misma. No obstante, en el caso de haberse interpuesto recurso de reposición, no podrá interponerse el citado recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél haya sido resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Mérida, a 28 de abril de 2008. El Consejero de Fomento, JOSÉ LUIS QUINTANA ÁLVAREZ

