Orden de 21 de abril de 2008 por la que se autoriza la apertura y el funcionamiento del centro privado de educación especial Amicos, del municipio de Ribeira (A Coruña).

 

Orden de 21 de abril de 2008 por la que se autoriza la apertura y el funcionamiento del centro privado de educación especial Amicos, del municipio de Ribeira (A Coruña).

Nº de Disposición:
 
DOGA:
94 
Fecha Disposición:
21/04/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
CONSELLERIA DE EDUCACION Y ORDENACION UNIVERSITARIA 
Categorias:
 

Examinado el expediente iniciado por María Esther Vidal Rodríguez, en calidad de presidenta de la Asociación de Familias de Personas con Discapacidad Psíquica Amigos, en el que solicita la apertura y funcionamiento del centro privado de educación especial Amicos, para impartir una unidad de educación especial.

Teniendo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial de la Consellería de Educación e Ordenación Universitaria de A Coruña, quien lo remite con los informes correspondientes.

Vistos el Real decreto 334/1985, de 6 de marzo, de ordenación de la educación especial (BOE del 16 de marzo); la Orden ministerial de 30 de enero de 1986 (BOE del 4 de febrero); el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE del 16 de junio); el Decreto 320/1996, de 26 de julio (DOG del 6 de agosto), de ordenación de la educación de alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales; el Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22 de mayo), sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que lo desarrolla.

Esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento, en el año académico 2008/2009, del centro privado de educación especial Amicos, según los datos que se especifican en el anexo de esta orden.

Segundo.-Antes de la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que por la presente orden se autorizan, la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección educativa, aprobará expresamente la relación de personal que imparta docencia en dicho centro.

Tercero.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en la presente orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la conselleira de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 21 de abril de 2008.

Laura Sánchez Piñón

Conselleira de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO

Provincia: A Coruña.

Municipio: Ribeira.

Parroquia: Oleiros.

Domicilio: r/Gándara, 33.

Denominación: centro privado de educación especial Amicos.

Titular: Asociación de Familias de Persoas con Discapacidade Psíquica Amicos.

Código del centro: 15032674.

Enseñanzas que se autorizan: 1 unidad de educación especial (psíquicos).

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