Resolución de 21 de agosto de 2008 por la que se conceden seis becas de formación en la Dirección General de Comercio convocadas por la Orden de 23 de mayo de 2008, y se establece la lista de reserva.

 

Resolución de 21 de agosto de 2008 por la que se conceden seis becas de formación en la Dirección General de Comercio convocadas por la Orden de 23 de mayo de 2008, y se establece la lista de reserva.

Nº de Disposición:
 
DOGA:
170 
Fecha Disposición:
21/08/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
CONSELLERIA DE INNOVACION E INDUSTRIA 
Categorias:
Ayudas 

Mediante la orden de la Consellería de Innovación e Industria, de 23 de mayo de 2008 (DOG nº 107, del 4 de junio), se establecieron las bases reguladoras para la concesión de las becas de formación en la Dirección General de Comercio y se procedió a su convocatoria.

Concluido el plazo de presentación de instancias y valoradas las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios objetivos fijados en el artículo 12 de las bases de la convocatoria, la comisión de valoración elevó una relación de seis personas propuestas para la adjudicación de las becas y la lista de reserva para el caso de no aceptación o renuncia de alguna de ellas.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13.2º de las bases de la convocatoria, esta consellería

RESUELVE:

Primero.-Inadmitir las solicitudes presentadas por Raquel Lagares Rilo (licenciada en Publicidad y Relaciones Públicas) y por Natalia Corral Franco (diplomada en Relaciones Laborales) por no tener la titulación exigida en el artículo 3 d) del anexo de la Orden de 23 de mayo de 2008.

Segundo.-Conceder seis becas de formación en la Dirección General de Comercio a las personas beneficiarias que se relacionan en el anexo I de esta orden.

Cada beca estará dotada con 7.200 euros brutos, distribuidos en uha cuantía de 1.200 euros mensuales, durante el período comprendido entre la fecha de incorporación de las personas becarias y el 31 de diciembre de 2008.

Las personas que obtengan la beca tendrán derecho a un seguro de asistencia médica y de accidentes que, del mismo modo que los costes de formación, se abonará con cargo a la partida presupuestaria 2008.10.05.751A.480.0.

Tercero.-Establecer la lista de reserva, por orden de prelación, que se indica en el anexo II de esta orden para el caso de no aceptación o renuncia de alguna de las becas concedidas.

Cuarto.-Tramitar los correspondientes documentos contables con cargo a la partida presupuestaria 2008.10.05.751A.480.0 para cada persona beneficiaria. La cuantía de cada beca se calcula desde la fecha de incorporación de las personas becarias hasta el 31 de diciembre de 2008 (1.200 x 4 meses = 4.800 ).

Quinto.-Tramitar el documento contable D para hacer frente al pago del seguro de asistencia médica y de accidentes previsto en el artículo 5.2º de las bases de la convocatoria por el importe de 48,30 mensuales por cada persona becaria, según presupuesto de la empresa aseguradora DKV seguros (48,30 x 4 meses x 6 = 1.159,20 en total).

Sexto.-Las/os becarias/os deberán comunicar su aceptación o renuncia en el plazo máximo de cinco días hábiles contado desde el siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia. En caso de aceptación, aportarán con ella la certificación bancaria de la cuenta en la que deba abonarse la beca.

Transcurrido dicho plazo, si las/os beneficiarias/os no se declarasen en ningún sentido, se entenderá que renuncian a la beca y se procederá a adjudicar la misma a la/al siguiente solicitante que figure por orden de puntuación en la lista de reserva.

Asimismo, en el caso de que las/os adjudicatarias/os no acepten la beca o no puedan incorporarse por cualquier otro motivo, podrán ser sustituidas/os por las personas que figuren en la lista de reserva en función de su puntuación.

Séptimo.-Las personas beneficiarias de las becas tendrán las obligaciones establecidas en el artículo 18 de las bases reguladoras de la concesión de las mismas.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses que se contarán desde la misma fecha. En todo caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.

Santiago de Compostela, 21 de agosto de 2008.

Fernando Xabier Blanco Álvarez

Conselleiro de Innovación e Industria



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