Ficha
Nº de Disposición:
2008/5748
DOGV:
5764
Fecha Disposición:
15/04/2008
Órgano Emisor:
CONSELLERIA DE CULTURA Y DEPORTE
El Decreto 247/1991, de 23 de diciembre, del Consell ( DOGV núm. 1.695, de 2 de enero de 1992) , modificó el Decreto 32/1986, de 10 de marzo, por el que se creó el Premio de las Letras de la Generalitat con el fin de distinguir y recompensar a aquellos autores valencianos cuyas obras se hayan dedicado preferentemente a la creación literaria y a la difusión de la cultura.
En virtud de la autorización reconocida en la disposición final primera del Decreto 247/1991, y haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell,
ORDENO
Único
Convocar la concesión del Premio de las Letras de la Generalitat, dotado con quince mil treinta ( 15. 030) euros y que se hará efectivo con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.02.452.10, dentro de la línea T4483000, del Presupuesto de la Generalitat para el año 2008, de acuerdo con las bases aprobadas por el Decreto 247/1991, de 23 de diciembre, del Consell, por el cual se regula este premio.
De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10, 14 y 46 de la Ley Reguladora de la Juridiscción ContenciosoAdministrativa, el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrido potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contenciosoadministrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:
a) El recurso de reposición deberá interponerse ante la consellera de Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
b) El recurso contenciosoadministrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación
Valencia, 15 de abril de 2008 La consellera de Cultura y Deporte, TRINIDAD MARÍA MIRÓ MIRA
En virtud de la autorización reconocida en la disposición final primera del Decreto 247/1991, y haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell,
ORDENO
Único
Convocar la concesión del Premio de las Letras de la Generalitat, dotado con quince mil treinta ( 15. 030) euros y que se hará efectivo con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.02.452.10, dentro de la línea T4483000, del Presupuesto de la Generalitat para el año 2008, de acuerdo con las bases aprobadas por el Decreto 247/1991, de 23 de diciembre, del Consell, por el cual se regula este premio.
De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10, 14 y 46 de la Ley Reguladora de la Juridiscción ContenciosoAdministrativa, el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrido potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contenciosoadministrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:
a) El recurso de reposición deberá interponerse ante la consellera de Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
b) El recurso contenciosoadministrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación
Valencia, 15 de abril de 2008 La consellera de Cultura y Deporte, TRINIDAD MARÍA MIRÓ MIRA
