Ficha
Nº de Disposición:
13.220
DOGV:
5798
Fecha Disposición:
19/06/2008
Órgano Emisor:
CONSELLERIA DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO
Categorias:
El Ayuntamiento de Callosa de Segura, en sesión plenaria celebrada el día 20 de octubre de 1999, acordó la cesión gratuita a la Generalitat de la parcela de su propiedad sita en el camino del Almajal de dicha población, de 13.105 m ² de superficie, según escritura de compraventa y que según nueva medición figura en el registro de la propiedad con una superficie de 13. 220 m ², la cesión se realiza con la finalidad de destinar la parcela a la construcción de una estación depuradora de aguas residuales.
A propuesta de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, se iniciaron los trámites legales oportunos para la aceptación de la cesión de la parcela.
En consecuencia, en base al artículo 44 de la Ley 14/2003 de 10 de abril de Patrimonio de la Generalitat y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, resuelvo
Primero
Aceptar la cesión gratuita de la propiedad realizada por el Ayuntamiento de Callosa de Segura de la parcela que tiene 13.220 m ² de superficie, sita en camino del Almajal de dicha población, que linda: norte, roba de su riego; sur, camino del Almajal y Carmelo Marhuenda; este, Concepción Culiañez Gilabert; y oeste, Carmelo Bernabeu, Carmelo Marhuenda, brazal y azarbe.
Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Callosa de Segura al tomo 790, libro 111, folio 134, finca 8316, inscripción 3 ª.
Referencia catastral: 03049A001002450000EZ. La parcela se acepta libre de cargas y gravámenes y al corriente de cualquier gasto.
Segundo
La cesión gratuita realizada por el Ayuntamiento de Callosa de Segura, se efectúa con la condición de destinar la parcela a construcción de una estación depuradora de aguas residuales y con sujeción a lo establecido en el artículo 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
Tercero
La parcela aceptada, deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Generalitat en concepto de bien de dominio público afecto al servicio público hidráulico y adscrito a la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, a quien corresponde las competencias demaniales sobre el mismo, incluida su administración, defensa y conservación, e inscribirse a nombre de la Generalitat en el Registro de la Propiedad.
Cuarto
Notificar la presente resolución al ayuntamiento cedente y proceder a su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 14/2003, de 10 de abril, de Patrimonio de la Generalitat.
Valencia, 19 de junio de 2008.
El conseller de Economía, Hacienda y Empleo y vicepresidente segundo del Consell: Gerardo Camps Devesa.
A propuesta de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, se iniciaron los trámites legales oportunos para la aceptación de la cesión de la parcela.
En consecuencia, en base al artículo 44 de la Ley 14/2003 de 10 de abril de Patrimonio de la Generalitat y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, resuelvo
Primero
Aceptar la cesión gratuita de la propiedad realizada por el Ayuntamiento de Callosa de Segura de la parcela que tiene 13.220 m ² de superficie, sita en camino del Almajal de dicha población, que linda: norte, roba de su riego; sur, camino del Almajal y Carmelo Marhuenda; este, Concepción Culiañez Gilabert; y oeste, Carmelo Bernabeu, Carmelo Marhuenda, brazal y azarbe.
Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Callosa de Segura al tomo 790, libro 111, folio 134, finca 8316, inscripción 3 ª.
Referencia catastral: 03049A001002450000EZ. La parcela se acepta libre de cargas y gravámenes y al corriente de cualquier gasto.
Segundo
La cesión gratuita realizada por el Ayuntamiento de Callosa de Segura, se efectúa con la condición de destinar la parcela a construcción de una estación depuradora de aguas residuales y con sujeción a lo establecido en el artículo 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
Tercero
La parcela aceptada, deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Generalitat en concepto de bien de dominio público afecto al servicio público hidráulico y adscrito a la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, a quien corresponde las competencias demaniales sobre el mismo, incluida su administración, defensa y conservación, e inscribirse a nombre de la Generalitat en el Registro de la Propiedad.
Cuarto
Notificar la presente resolución al ayuntamiento cedente y proceder a su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 14/2003, de 10 de abril, de Patrimonio de la Generalitat.
Valencia, 19 de junio de 2008.
El conseller de Economía, Hacienda y Empleo y vicepresidente segundo del Consell: Gerardo Camps Devesa.

