RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2008, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2008, a los efectos señalados en esta resolución. [2008/8349]

 

RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2008, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2008, a los efectos señalados en esta resolución. [2008/8349]

Nº de Disposición:
2008/8349 
DOGV:
5799 
Fecha Disposición:
19/06/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
UNIVERSIDAD MIGUEL HERNANDEZ DE ELCHE 
Categorias:
 

Comprobadas las necesidades académicas y administrativas de esta Universidad Miguel Hernández de Elche durante el mes de agosto de 2008.

En uso de las potestades y funciones conferidas por los Estatutos de la Universidad Miguel Hernández de Elche, aprobados por Decreto 208/2004, de 8 de octubre, del Consell de la Generalitat, así como de las competencias que le atribuye el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades.

Y en uso de las facultades referentes a la autonomía que atribuye el artículo 2 del mismo cuerpo legal, resuelvo:

Declarar inhábil el mes de agosto de 2008, a los efectos que a continuación se señalan:

1. Declarar inhábil el mes de agosto de 2008 a los efectos del cómputo de plazos de reclamaciones y recursos en vía administrativa.

2. Declarar inhábil el mes de agosto de 2008 a los efectos del cómputo de todos los procesos administrativos sujetos a plazos, convocados por esta Universidad.

3. Del contenido de esta resolución, se excluyen los procedimientos de contratación administrativa efectuados al amparo de la Ley de Contratos del Sector Público, que se regirán por las normas establecidas en sus propias convocatorias.

Igualmente, quedan excluidos de la presente, los cómputos de plazos para la resolución de concursos de plazas docentes, convocadas por esta Universidad.

En todos los casos descritos, los plazos se interrumpirán el día 1 de agosto de 2008 y su cómputo se reiniciará el 1 de septiembre del mismo año.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación, ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo ante los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su notificación.

Elche, 19 de junio de 2008. El rector: Jesús Rodríguez Marín.