RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2008, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas económicas para las corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro que desarrollan la educación de personas adultas en la Comunitat Valenciana durante el ejercicio 2008. [2008/8376]

 

RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2008, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas económicas para las corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro que desarrollan la educación de personas adultas en la Comunitat Valenciana durante el ejercicio 2008. [2008/8376]

Nº de Disposición:
2008/8376 
DOGV:
5799 
Fecha Disposición:
23/06/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
CONSELLERIA DE EDUCACION 
Categorias:

Por Orden de 19 de diciembre de 2007, de la Conselleria de Educación, se convocaron ayudas económicas para las corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro que desarrollan la educación de personas adultas en la Comunitat Valenciana durante el ejercicio 2007 (DOCV n º 5676, de 9 de enero de 2008).

Examinadas las solicitudes de ayudas presentadas por las corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro, así como la documentación que se indica como preceptiva en la base cuarta del anexo I de la citada Orden, tras la tramitación de los expedientes por las direcciones territoriales de Educación, y con los informes emitidos por la Inspección Educativa.

Vista la propuesta de concesión y denegación de las ayudas que eleva la comisión evaluadora creada a tal efecto en cumplimiento de lo preceptuado en la base sexta de la citada orden de convocatoria.

De conformidad con la disposición final primera y la base octava de la Orden de 19 de diciembre de 2007, resuelve, por delegación del conseller de Educación:

Primero

Aprobar la concesión de subvenciones a las corporaciones locales y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollan la educación de personas adultas en la Comunitat Valenciana, por los importes indicados en el anexo I.

Segundo

El pago de las ayudas quedará condicionado al cumplimiento, por parte de los beneficiarios, de lo previsto en las bases novena y once de la Orden de 19 de diciembre de 2007. Los beneficiarios podrán presentar la justificación de la subvención hasta el 15 de septiembre de 2008, según lo previsto en el apartado 2 de la citada base once.

Para la preparación de la documentación se utilizará como modelos normalizados los que se acompañan a las instrucciones que se encuentran a disposición de los beneficiarios en la siguiente dirección de internet: http://www. edu. gva. es/subvencions.

En caso de que no se presente la justificación en el plazo indicado, el beneficiario perderá el derecho a recibir la subvención en cumplimiento de lo dispuesto por la base doce, punto 1 C) de la Orden de 19 de diciembre de 2007.

Tercero

El pago de las subvenciones se realizará con cargo a la dotación presupuestaria de la línea de subvención T0063000 del Capítulo IV la sección, servicio, centro gestor y programa 09. 02. 01. 422. 20 de Enseñanza Primaria del Presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2008, de acuerdo con lo establecido en el artículo único de la Orden de 17 de abril de 2008 (DOCV 5.764, de 16 de mayo de 2008), de la Conselleria de Educación, por la que se publica la línea presupuestaria y el importe global máximo destinado a la concesión de las ayudas convocadas por la Orden de 19 de diciembre de 2007.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de publicación. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14, 44 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, las personas privadas podrán interponer el recurso potestativo de reposición ante el conseller de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación, según lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valencia, 23 de junio de 2008. El director general de Ordenación y Centros Docentes: Francisco Baila Herrera.