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RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2008, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas destinadas a la realización de actividades de voluntariado ambiental en prevención de incendios forestales ( anexo II de la Orden de 17 de diciembre de 2007 de ayudas gestionadas por la Dirección General de Gestión del Medio Natural, en prevención de incendios forestales para el ejercicio 2008) . [ 2008/6090 ]

Nº de Disposición:
2008/6090 
DOGV:
5763 
Fecha Disposición:
08/05/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, AGUA, URBANISMO Y VIVIENDA 
Categorias:
Ayudas 

De acuerdo con la Orden de 17 de diciembre de 2007, de la conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se convocan y se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de voluntariado ambiental en prevención de incendios forestales, con un importe global máximo de 700.000,00 euros.

Visto que se han cumplido las obligaciones de ejercicios anteriores, la disponibilidad presupuestaria neta es de 583.862,99 euros.

Vista la propuesta de la Dirección General de Gestión del Medio Natural.

Considerando que de acuerdo con el artículo primero de la Orden, las subvenciones están destinadas a la ejecución de proyectos de voluntariado que puedan contribuir a la prevención y vigilancia frente a incendios forestales mediante acciones dirigidas al control e información de visitantes, al control del cumplimiento de las distintas normativas aplicables, a la vigilancia disuasoria y a la aplicación de programas de educación ambiental.

Considerando que la comisión ha valorado las distintas peticiones con arreglo a las condiciones previstas en la convocatoria y, de acuerdo con las atribuciones que tengo conferidas, resuelvo:

Primero

Conceder las subvenciones cuya cuantía y coste aceptado se señala en el anexo I para los grupos indicados, las actividades y zonas de actuación especificadas en los proyectos referidos.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contenciosoadministrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosoadministrativa.

Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición ante el conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Valencia, 8 de mayo de 2008. El conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda: José Ramón García Antón.

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