RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2008, de la directora general de Vivienda y Proyectos Urbanos, para el reconocimiento del distintivo de calidad Marca Aidico Producto. Áridos para hormigones estructurales, con la referencia 0701P11/08. [2008/8110]

 

RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2008, de la directora general de Vivienda y Proyectos Urbanos, para el reconocimiento del distintivo de calidad Marca Aidico Producto. Áridos para hormigones estructurales, con la referencia 0701P11/08. [2008/8110]

Nº de Disposición:
0701P11/08 
DOGV:
5799 
Fecha Disposición:
09/05/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, AGUA, URBANISMO Y VIVIENDA 
Categorias:
 

Ramón Congost Vallés, en nombre y representación de Aidico Entidad de Certificación, domiciliada en Parc. Tecnológic. av. Benjamin Franklin, 17 de Paterna (Valencia), ha solicitado la renovación del reconocimiento oficial del distintivo de calidad, Marca Aidico Producto. Áridos para hormigones estructurales, denominada anteriormente Marca CV para áridos para hormigones estructurales y reconocida por la Dirección General de Arquitectura, con la referencia 0701P07/07.

El expediente para el reconocimiento de este distintivo se ha tramitado de conformidad con la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de mayo, y mediante el mismo se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Decreto 164/1998, de 6 de octubre, del Gobierno Valenciano y la Orden 26 de octubre de 1998, del conseller de Obras Publicas, Urbanismo y Transportes.

En su virtud, y a propuesta del Área de Calidad en la Edificación, esta Dirección General resuelve:

Primero

Reconocer el distintivo de calidad que otorga Aidico entidad de certificación, denominado Marca Aidico Producto. Áridos para hormigones estructurales, con la referencia 0701P11/08.

El producto se certifica según las especificaciones de la norma 146121: 2000 y la Orden 23921 del Ministerio de Ciencia y Tecnología, de 21 de noviembre de 2001, siguientes: granulometría, terrones de arcilla, partículas blandas, partículas ligeras, compuestos totales de azufre, sulfatos solubles, cloruros, materia orgánica, equivalente de arena, azul de metileno, reactividad, friabilidad, resistencia al desgaste, absorción de agua y pesos específicos, contenidos en finos, coeficiente de forma e índice de lajas; para su utilización como componente del hormigón y que se identifica mediante,

La característica del árido: según su tamaño (grueso, fino o total), según su forma (machaqueo, redondeado o mixto) y según sea lavado o no lavado.

La granulometría del árido: Según lo definido para el Marcado CE en la norma armonizada EN 12620: 2002 y lo indicado en el art. 28. 2 de la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE).

El ambiente: a que podrá estar sometido el hormigón al que se destina el árido, según el art. 8. 2. 1. de la Instrucción del Hormigón Estructural (EHE).

El tipo de hormigón: al que se destinará el árido según el art. 39.2 de la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)

Segundo

El alcance del reconocimiento de la Marca Aidico Producto áridos para hormigones estructurales es el indicado en el Decreto 107/1991 de 10 de junio, del Consell de la Generalitat Valenciana y la Orden de 30 de septiembre de 1991, del conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se aprueba el LC91. En particular, la justificación de la recepción de este producto certificado en las obras de edificación de viviendas, se realizará de conformidad con la Instrucción n º 1, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, publicada en el DOGV n º 3579,, de 9 de septiembre de 1999.

Tercero

La validez del reconocimiento del distintivo Marca Aidico Producto áridos para hormigones estructurales, será por el período de un año natural contado a partir de la fecha de la presente resolución, quedando supeditado al cumplimiento de las condiciones establecidas en el Decreto 164/1998 de 6 de octubre y Orden 26 de octubre, del conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes. El reconocimiento podrá prorrogarse por igual periodo cuantas veces lo solicite la entidad de certificación.

Cuarto

Cualquier variación en las condiciones que sirvieran de base para el reconocimiento del distintivo, Marca Aidico Producto áridos para hormigones estructurales, deberá ser comunicada a esta Dirección General en el momento en que se produzca.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Secretaria Autonómica de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

La presente resolución se publicará en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, para conocimiento general.

Valencia, 9 de mayo de 2008. La directora general de Vivienda y Proyectos Urbanos: M ª Jesús Rodríguez Ortiz.