Ficha
Nº de Disposición:
0701P10/08
DOGV:
5799
Fecha Disposición:
09/05/2008
Órgano Emisor:
CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, AGUA, URBANISMO Y VIVIENDA
Categorias:
Ramón Congost Vallés, en nombre y representación de Aidico entidad de certificación, domiciliada en Parc. Tecnológic. av. Benjamin Franklin, 17 de Paterna (Valencia), ha solicitado la renovación del reconocimiento oficial del distintivo de calidad, Marca Aidico Producto. Baldosas de terrazo, denominada anteriormente Marca CV para baldosas de terrazo y reconocida por la Dirección general de Arquitectura, con la referencia 0701P04/07.
El expediente para el reconocimiento de este distintivo se ha tramitado de conformidad con la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de mayo, y mediante el mismo se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Decreto 164/1998, de 6 de octubre, del Gobierno Valenciano y la Orden 26 de octubre de 1998, del conseller de Obras Publicas, Urbanismo y Transportes.
En su virtud, y a propuesta de la Area de Calidad en la Edificación, esta Dirección General resuelve:
Primero
Reconocer el distintivo de calidad que otorga Aidico entidad de certificación, denominado Marca Aidico Producto. Baldosas de terrazo, con la referencia 0701P10/08.
Las características certificadas por la Marca Aidico Producto para baldosas de terrazo, especificadas en la norma UNE EN 137481: 2005, para uso exterior son: aspectos visuales, forma y dimensiones, resistencia a la flexión, carga de rotura, resistencia al desgaste por abrasión, resistencia al deslizamiento (resbaladicidad), absorción de agua y resistencia al impacto. Las especificadas en la norma UNE EN 137482: 2005, para uso exterior son: aspectos visuales, forma y dimensiones, resistencia a flexión, carga de rotura, resistencia al desgaste por abrasión, resistencia al impacto, resistencia al deslizamiento (resbaladicidad) y resistencia climática.
Segundo
El alcance del reconocimiento de la Marca Aidico Producto baldosas de terrazo es el indicado en el Decreto 107/1991 de 10 de junio, del Consell de la Generalitat Valenciana y la Orden de 30 de septiembre de 1991, del conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se aprueba el LC91. En particular, no será obligatoria la justificación de la recepción de este producto mediante ensayos en el caso de que disponga de la Marca Aidico Producto baldosas de terrazo
Tercero
La validez del reconocimiento del distintivo Marca Aidico Producto baldosas de terrazo, será por el período de un año natural contado a partir de la fecha de la presente resolución, quedando supeditado al cumplimiento de las condiciones establecidas en el Decreto 164/1998 de 6 de octubre y Orden 26 de octubre, del conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes. El reconocimiento podrá prorrogarse por igual periodo cuantas veces lo solicite la entidad de certificación.
Cuarto
Cualquier variación en las condiciones que sirvieran de base para el reconocimiento del distintivo, Marca Aidico Producto baldosas de terrazo, deberá ser comunicada a esta Dirección General en el momento en que se produzca.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Secretaria Autonómica de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
La presente resolución se publicará en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, para conocimiento general.
Valencia, 9 de mayo de 2008. La directora general de Vivienda y Proyectos Urbanos: M ª Jesús Rodríguez Ortiz.
El expediente para el reconocimiento de este distintivo se ha tramitado de conformidad con la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de mayo, y mediante el mismo se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Decreto 164/1998, de 6 de octubre, del Gobierno Valenciano y la Orden 26 de octubre de 1998, del conseller de Obras Publicas, Urbanismo y Transportes.
En su virtud, y a propuesta de la Area de Calidad en la Edificación, esta Dirección General resuelve:
Primero
Reconocer el distintivo de calidad que otorga Aidico entidad de certificación, denominado Marca Aidico Producto. Baldosas de terrazo, con la referencia 0701P10/08.
Las características certificadas por la Marca Aidico Producto para baldosas de terrazo, especificadas en la norma UNE EN 137481: 2005, para uso exterior son: aspectos visuales, forma y dimensiones, resistencia a la flexión, carga de rotura, resistencia al desgaste por abrasión, resistencia al deslizamiento (resbaladicidad), absorción de agua y resistencia al impacto. Las especificadas en la norma UNE EN 137482: 2005, para uso exterior son: aspectos visuales, forma y dimensiones, resistencia a flexión, carga de rotura, resistencia al desgaste por abrasión, resistencia al impacto, resistencia al deslizamiento (resbaladicidad) y resistencia climática.
Segundo
El alcance del reconocimiento de la Marca Aidico Producto baldosas de terrazo es el indicado en el Decreto 107/1991 de 10 de junio, del Consell de la Generalitat Valenciana y la Orden de 30 de septiembre de 1991, del conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se aprueba el LC91. En particular, no será obligatoria la justificación de la recepción de este producto mediante ensayos en el caso de que disponga de la Marca Aidico Producto baldosas de terrazo
Tercero
La validez del reconocimiento del distintivo Marca Aidico Producto baldosas de terrazo, será por el período de un año natural contado a partir de la fecha de la presente resolución, quedando supeditado al cumplimiento de las condiciones establecidas en el Decreto 164/1998 de 6 de octubre y Orden 26 de octubre, del conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes. El reconocimiento podrá prorrogarse por igual periodo cuantas veces lo solicite la entidad de certificación.
Cuarto
Cualquier variación en las condiciones que sirvieran de base para el reconocimiento del distintivo, Marca Aidico Producto baldosas de terrazo, deberá ser comunicada a esta Dirección General en el momento en que se produzca.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Secretaria Autonómica de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
La presente resolución se publicará en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, para conocimiento general.
Valencia, 9 de mayo de 2008. La directora general de Vivienda y Proyectos Urbanos: M ª Jesús Rodríguez Ortiz.

