Ficha
Nº de Disposición:
BOE:
117/2008
Fecha Disposición:
28/04/2008
Órgano Emisor:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Visto el texto de la revisión salarial del II Convenio Colectivo estatal regulador de las relaciones laborales entre los productores de obras audiovisuales y los actores que prestan sus servicios para las mismas, publicado en el BOE de 14 de abril de 2005, (Código de Convenio n.º 9909735), que fue suscrito con fecha 2 de abril de 2008, de una parte por la Federación de Asociaciones de Productores Audiovisuales Españoles (FAPAE) en representación de las empresas del sector, y de otra por las Organizaciones sindicales Federación de Comunicación y Transporte de CC.OO; Federación de Servicios de UGT; F.A.E.E y O.S.A.A.E.E, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 28 de abril de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 28 de abril de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
| Tablas salariales del Convenio Audiovisual Estatal. Año 2008 Revisión de las tablas salariales con el incremento del IPC del 4,2 % | |||
| Categoría | Por sesión - Euros | Por semana - Euros | Por mes - Euros |
| Obras cinematográficas | |||
| Protagonista | 666,34 | 3.011,28 | 8.024,48 |
| Secundario | 485,25 | 2.158,08 | 6.022,53 |
| Reparto | 363,93 | 1.505,63 | 4.265,94 |
| Obras no cinematográficas | |||
| Protagonista | 610,16 | 2.720,76 | 7.255,14 |
| Secundario | 435,84 | 1.938,17 | 5.408,82 |
| Reparto | 348,65 | 1.442,38 | 4.086,77 |
| Obras de bajo presupuesto | |||
| Protagonista | 494,25 | 2.233,57 | 5.956,20 |
| Secundario | 404,39 | 1.798,39 | 5.018,77 |
| Reparto | 314,54 | 1.299,69 | 3.686,65 |
| Dietas | 35,95 | ||
| Gastos bolsillo | 17,97 | ||
