RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2007, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se conceden las ayudas a la danza, la lírica y la música correspondientes al año 2007, convocadas por Resolución de 26 de enero de 2007.

 

RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2007, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se conceden las ayudas a la danza, la lírica y la música correspondientes al año 2007, convocadas por Resolución de 26 de enero de 2007.

Nº de Disposición:
 
BOE:
243/2007 
Fecha Disposición:
02/08/2007 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
MINISTERIO DE CULTURA 

Índice



La Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 7, de 8 de enero de 2005), establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva. Por Resolución de esta Dirección General de 26 de enero de 2007 («Boletín Oficial del Estado» número 39, de 14 de febrero de 2007), se convocan las ayudas del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM) a la danza, la lírica y la música en sus diferentes modalidades.

Examinadas y valoradas las solicitudes por el órgano instructor y efectuada igualmente la evaluación de las mismas por las Comunidades Autónomas y las Comisiones de Valoración de Música y Danza creadas al efecto, siguiendo los criterios que para cada modalidad se establecen en la citada Resolución de 26 de enero de 2007, se establece el orden de prelación que se refleja en las actas correspondientes que obran en el procedimiento.

Efectuado el requerimiento a los solicitantes de los proyectos seleccionados, a que se refiere el apartado decimonoveno de la Resolución de convocatoria, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Orden y Resolución de convocatoria citadas, particularmente las previsiones contenidas sobre el trámite de audiencia en el apartado sexto de la orden, esta Dirección General, a propuesta de la Subdirección General de Música y Danza, ha resuelto:

Primero.-Conceder las ayudas que se relacionan por modalidades como anexos a la presente resolución, para la realización de las actividades que en los mismos se mencionan, con cargo a las aplicaciones presupuestarias y en las cuantías que se señalan, determinadas estas últimas en aplicación de los criterios previstos en el apartado noveno de la Orden y en la Resolución mencionadas. Esta resolución será efectiva cumplidos los requisitos señalados en el artículo 34 de la citada Ley General de Subvenciones.

Segundo.-Desestimar el resto de las solicitudes presentadas. La documentación presentada junto a estas solicitudes permanecerá a disposición de los interesados en la Subdirección General de Música y Danza por un plazo de dos meses, a contar desde la publicación de la presente resolución.

Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9 c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante este Instituto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 2 de agosto de 2007.-El Director General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Juan Carlos Marset Fernández.

ANEXO I