Ficha
Nº de Disposición:
BOE:
74/2001
Fecha Disposición:
06/03/2001
Órgano Emisor:
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2001, de da Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción, en el Registro y publicación de la revisión, salarial del Convenio Colectivo de Mataderos de Aves y Conejos.
Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo de Mataderos de Aves y Conejos (código de Convenio número 9903395), que fue suscritos con fecha 1 de febrero de 2001, de una parte, por ANPP y AMACO, en representación de las empresas del sector, y de otra, por USO, CC. 00. y UGT, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo. Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado,
Madrid, 6 de marzo de 2001.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
ANEXO 1
Días año a efectos de cobro: 425 salario base. Meses año a efectos de cobro: 14 salario base. Días año a efectos de cobro: 225 plus Convenio. Horas anuales: Mil setecientas noventa y dos. Días año normal: Trescientas sesenta y cinco. Días de trabajo efectivo: Doscientos veinticinco.
VER TABLAS SALARIALES
Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo de Mataderos de Aves y Conejos (código de Convenio número 9903395), que fue suscritos con fecha 1 de febrero de 2001, de una parte, por ANPP y AMACO, en representación de las empresas del sector, y de otra, por USO, CC. 00. y UGT, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo. Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado,
Madrid, 6 de marzo de 2001.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
ANEXO 1
Días año a efectos de cobro: 425 salario base. Meses año a efectos de cobro: 14 salario base. Días año a efectos de cobro: 225 plus Convenio. Horas anuales: Mil setecientas noventa y dos. Días año normal: Trescientas sesenta y cinco. Días de trabajo efectivo: Doscientos veinticinco.
VER TABLAS SALARIALES

