Notificación edictal de costas a favor de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears de fecha 31 de octubre de 2003, dictado en el recurso, procedimiento ordinario, número 567/2001)

 

Notificación edictal de costas a favor de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears de fecha 31 de octubre de 2003, dictado en el recurso, procedimiento ordinario, número 567/2001)

Nº de Disposición:
567/2001 
BOIB:
65 
Fecha Disposición:
13/05/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
CONSELLERIA D ECONOMIA 
Categorias:
 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, y habiendo resultado infructuosa la notificación personal previa, se procede a la publicación de la diligencia de notificación dictada por la Secretaría General de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, en fecha 20 de febrero de 2008, del tenor literal siguiente:

« CLUB CICLISTA COMERCIAL VALLORI La Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, número 859, de fecha 31 de octubre de 2003 (que deriva del recurso, procedimiento ordinario, número 567/2001)impuso las costas del recurso a CLUB CICLISTA COMERCIAL VALLORI.

El Tribunal Superior de Justicia, por Providencia de fecha 30 de junio de 2005, siendo firme el Auto de aprobación de la tasación de costas de fecha 14 de mayo de 2004, ordenó la expedición de los oportunos testimonios para que la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como acreedora, siga el procedimiento para la exacción de las costas a los condenados al pago, de conformidad con lo prevenido en el artículo 139.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

Por todo ello se le notifica que, de acuerdo con lo establecido en el mencionado artículo 139.4 de la Ley 29/1998, en relación con el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley de Finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio, y con el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 27 de diciembre, General Tributaria, debe proceder al pago de las citadas costas a favor de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por un importe de 1.750,00 euros, dentro de los plazos de pago en período voluntario de recaudación que a continuación se detallan:

Si recibe la presente notificación entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de recepción de la misma hasta el día 20 del mes posterior, o si ese día no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Si recibe la presente notificación entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de recepción de la misma hasta el día 5 del segundo mes posterior, o si ese día no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

En caso de impago de la deuda en los períodos citados la Administración acreedora utilizará el procedimiento de apremio.

Asimismo se notifica que el ingreso se ha de efectuar en la Caja de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (c/de Can Troncoso, 1, Palma)o bien a través de cualquier Banco o Caja autorizado según se establece en el documento de ingreso adjunto»

El Secretario General

Fernando Toll-Messía Gil

Palma, 28 de abril de 2008