Ficha
Nº de Disposición:
BOP-ALBACETE:
53
Fecha Disposición:
09/05/2008
Órgano Emisor:
AYUNTAMIENTO DE ALMANSA
Categorias:
El Alcalde- Presidente del ExcmoAyuntamiento de esta ciudad, Hace saber: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de febrero, se pone en conocimiento de los interesados que a continuación se relacionan que al intentar practicar las notificaciones de denuncias por infracciones de tráfico, y no siendo posible dar cumplimiento a las mismas por los causas que se enumeran en los expedientes correspondientes se practican por medio del presente edicto, haciéndoles saber que se ha formulado contra ellos la denuncia cuyos datos se detallan, por cuyo motivo se ha iniciado el procedimiento contemplado en el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por R. D. 320/1994, de 25 de febrero. De conformidad con los artículos 10 y 12 del mismo, se les notifica la incoación del procedimiento, siendo el instructor del mismo el Intendente Jefe de
Policía Local y el órgano competente para su resolución el Concejal Delegado de Tráfico, según Decreto de Alcaldía número 208/2008, de 31 de enero. Asimismo, se les informa de que disponen de un plazo de quince días, contados desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia para presentar las alegaciones, documentos o informaciones que consideren oportunas contra su contenido, y proponer las pruebas que entiendan convenientes para su defensa, dirigidas al Excmo. Ayuntamiento de Almansa. De no efectuar alegaciones, ni hacerse efectivo el importe de la sanción propuesta antes de la fecha límite la presente iniciación del procedimiento sancionador será considerada propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por R. D. 1.398/1993, de 4 de agosto, tal y como dispone el artículo 13.2 del citado Reglamento.
Importante: En el caso de que la titularidad del vehículo corresponda a una persona jurídica o en el caso de no ser Vd. el conductor del vehículo denunciado en el momento de la comisión de la infracción se le comunica que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 72 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos de Motor y Seguridad Vial, aprobada por R. D. 339/ 1990, de 2 de marzo, se le concede un plazo de diez días para identificar y comunicar el nombre y apellidos, domicilio y N. I. F. del conductor del vehículo. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la apertura de expediente sancionador por infracción de la mencionada disposición, con el resultado previsto en el apartado 3.ºdel artículo citado.
De la responsabilidad de los hechos cometidos por un menor de 18 años, responderán solidariamente con él, sus padres, tutores, acogedores, y guardadores legales o de hecho (artículo 72.1 R. D. L. 339/1990 modificado por Ley 19/2001).
Asimismo, se hace saber a los interesados que el abono de las correspondientes propuestas de sanción podrá realizarse en cualquier sucursal de Caja Castilla- La Mancha, designada como colaboradora de la recaudación, retirando previamente la carta de pago en la Oficina de Gestión de Multas, sita en la calle Valle Inclán, 2 Bj. (Almansa). Si se hace efectivo el importe de la multa antes de que hayan transcurrido 30 días naturales desde la notificación de la denuncia, se obtendrá una reducción del 30 por 100 de la cuantía del mismo.
La presente publicación en edicto se realiza a los efectos señalados en el artículo 56 de la citada Ley 30/92, como consecuencia del intento fallido de notificación.
5520657_1.pdf (Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)
En Almansa a 15 de abril de 2008.El Alcalde, Fermín J. CerdánGosálvez. 11.191
Policía Local y el órgano competente para su resolución el Concejal Delegado de Tráfico, según Decreto de Alcaldía número 208/2008, de 31 de enero. Asimismo, se les informa de que disponen de un plazo de quince días, contados desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia para presentar las alegaciones, documentos o informaciones que consideren oportunas contra su contenido, y proponer las pruebas que entiendan convenientes para su defensa, dirigidas al Excmo. Ayuntamiento de Almansa. De no efectuar alegaciones, ni hacerse efectivo el importe de la sanción propuesta antes de la fecha límite la presente iniciación del procedimiento sancionador será considerada propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por R. D. 1.398/1993, de 4 de agosto, tal y como dispone el artículo 13.2 del citado Reglamento.
Importante: En el caso de que la titularidad del vehículo corresponda a una persona jurídica o en el caso de no ser Vd. el conductor del vehículo denunciado en el momento de la comisión de la infracción se le comunica que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 72 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos de Motor y Seguridad Vial, aprobada por R. D. 339/ 1990, de 2 de marzo, se le concede un plazo de diez días para identificar y comunicar el nombre y apellidos, domicilio y N. I. F. del conductor del vehículo. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la apertura de expediente sancionador por infracción de la mencionada disposición, con el resultado previsto en el apartado 3.ºdel artículo citado.
De la responsabilidad de los hechos cometidos por un menor de 18 años, responderán solidariamente con él, sus padres, tutores, acogedores, y guardadores legales o de hecho (artículo 72.1 R. D. L. 339/1990 modificado por Ley 19/2001).
Asimismo, se hace saber a los interesados que el abono de las correspondientes propuestas de sanción podrá realizarse en cualquier sucursal de Caja Castilla- La Mancha, designada como colaboradora de la recaudación, retirando previamente la carta de pago en la Oficina de Gestión de Multas, sita en la calle Valle Inclán, 2 Bj. (Almansa). Si se hace efectivo el importe de la multa antes de que hayan transcurrido 30 días naturales desde la notificación de la denuncia, se obtendrá una reducción del 30 por 100 de la cuantía del mismo.
La presente publicación en edicto se realiza a los efectos señalados en el artículo 56 de la citada Ley 30/92, como consecuencia del intento fallido de notificación.
5520657_1.pdf (Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)
En Almansa a 15 de abril de 2008.El Alcalde, Fermín J. CerdánGosálvez. 11.191

