Ficha
Nº de Disposición:
BOP-ALMERIA:
88
Fecha Disposición:
09/05/2008
Órgano Emisor:
AYUNTAMIENTO DE NIJAR
Categorias:
Don Antonio Jesús Rodríguez Segura, AlcaldePresidente del Ayuntamiento de Níjar(Almería). HACE SABER: Que a efectos de lo establecido en el art.43 de la Ley del Parlamento de Andalucía 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se publica el texto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, de fecha 14 de marzo de 2008, por el que se aprueba el proyecto de actuación que se indica:
EDIFICACIONES EN SUELO RURAL.
Dada cuenta a los reunidos de determinados expedientes tramitados acerca de la declaración de utilidad pública e interés social y/o acerca de la autorización de determinados proyectos de construcciones e instalaciones a emplazar en suelo no urbanizable, de este Término Municipal, según relación de expedientes que más adelante se dirá.
Resultando que los referidos expedientes han sido aprobados provisionalmente por esta Junta de Gobierno Local, sometidos a información pública en plazo reglamentario e informados favorablemente por la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía;
Resultando que, contra el citado expediente, no se ha presentado durante el plazo de información pública alegación alguna;
Los reunidos, visto lo establecido en los artículos 42, 43 y 52.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y considerando que las construcciones e instalaciones proyectadas redundan en beneficio de la población afectada, que supone el atender un prioritario interés de la misma, y/o que no existe peligro de formación de núcleo de población, así como que no concurren en dichas construcciones o instalaciones las prohibiciones a que se refiere el artículo 13 de la Ley 8/2007, de Suelo, y considerando la competencia de esta Junta de Gobierno, por delegación del Pleno de la Corporación (acuerdo plenario de 28 de junio de 2007), para la aprobación definitiva de los presentes expedientes, y vistos los informes obrantes en los mismos, por unanimidad, adoptaron el siguiente acuerdo:
Primero.- Declarar estimada, definitivamente, la utilidad pública y el interés social, y/o autorizar las edificaciones e instalaciones en suelo rural de este municipio, de las que a continuación se relacionan, y a los efectos previstos en la legislación vigente, con desestimación de las alegaciones presentadas a dichos expedientes en base a lo que, a continuación, se indica:
- Expte. n° 3336/2007, instado por SAT NATUR CHOICE, para implantación de finca agrícola, en Pje. El Cautivo, EL VISO.
Segundo.- Notificar el presente acuerdo a los interesados, procediendo a su publicación en el B. O. P. Tercero.- Tramitar, a solicitud de los interesados, los oportunos expedientes autorizatoriosde las licencias municipales de obras y, en su caso, de apertura de actividades, solicitud que deberá formularse en plazo máximo de un ano desde la adopción del presente acuerdo.
Lo que se hace público para general conocimiento, haciéndose constar que contra el mencionado acto o acuerdo, que pone fin a la vía administrativa o, en su caso, resulta ser de trámite cualificado, cabe interponer recurso potestativo de reposición, en plazo de un mes contado desde el siguiente a su notificación o publicación, ante el órgano que ha dictado el acto o acuerdo, o, directamente, recurso contenciosoadministrativo, en plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Almería, si se tratara de la competencia del mismo establecida en el artículo 8 de la Ley Jurisdiccional que más adelante se cita, o ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, si de la competencia de la misma, establecida en el artículo 10 de la citada Ley, se tratara, o ejercitar cualquier otra acción administrativa revisora que convenga, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 10 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de 13 de julio de 1998, artículos 107 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y artículo 52.1 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, en la redacción dada al mismo por la Ley 11/1999, de 21 de abril.
En Níjar, a 3 de abril de 2008. EL ALCALDEPRESIDENTE, Antonio Jesús Rodríguez Segura.
3842/08
EDIFICACIONES EN SUELO RURAL.
Dada cuenta a los reunidos de determinados expedientes tramitados acerca de la declaración de utilidad pública e interés social y/o acerca de la autorización de determinados proyectos de construcciones e instalaciones a emplazar en suelo no urbanizable, de este Término Municipal, según relación de expedientes que más adelante se dirá.
Resultando que los referidos expedientes han sido aprobados provisionalmente por esta Junta de Gobierno Local, sometidos a información pública en plazo reglamentario e informados favorablemente por la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía;
Resultando que, contra el citado expediente, no se ha presentado durante el plazo de información pública alegación alguna;
Los reunidos, visto lo establecido en los artículos 42, 43 y 52.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y considerando que las construcciones e instalaciones proyectadas redundan en beneficio de la población afectada, que supone el atender un prioritario interés de la misma, y/o que no existe peligro de formación de núcleo de población, así como que no concurren en dichas construcciones o instalaciones las prohibiciones a que se refiere el artículo 13 de la Ley 8/2007, de Suelo, y considerando la competencia de esta Junta de Gobierno, por delegación del Pleno de la Corporación (acuerdo plenario de 28 de junio de 2007), para la aprobación definitiva de los presentes expedientes, y vistos los informes obrantes en los mismos, por unanimidad, adoptaron el siguiente acuerdo:
Primero.- Declarar estimada, definitivamente, la utilidad pública y el interés social, y/o autorizar las edificaciones e instalaciones en suelo rural de este municipio, de las que a continuación se relacionan, y a los efectos previstos en la legislación vigente, con desestimación de las alegaciones presentadas a dichos expedientes en base a lo que, a continuación, se indica:
- Expte. n° 3336/2007, instado por SAT NATUR CHOICE, para implantación de finca agrícola, en Pje. El Cautivo, EL VISO.
Segundo.- Notificar el presente acuerdo a los interesados, procediendo a su publicación en el B. O. P. Tercero.- Tramitar, a solicitud de los interesados, los oportunos expedientes autorizatoriosde las licencias municipales de obras y, en su caso, de apertura de actividades, solicitud que deberá formularse en plazo máximo de un ano desde la adopción del presente acuerdo.
Lo que se hace público para general conocimiento, haciéndose constar que contra el mencionado acto o acuerdo, que pone fin a la vía administrativa o, en su caso, resulta ser de trámite cualificado, cabe interponer recurso potestativo de reposición, en plazo de un mes contado desde el siguiente a su notificación o publicación, ante el órgano que ha dictado el acto o acuerdo, o, directamente, recurso contenciosoadministrativo, en plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Almería, si se tratara de la competencia del mismo establecida en el artículo 8 de la Ley Jurisdiccional que más adelante se cita, o ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, si de la competencia de la misma, establecida en el artículo 10 de la citada Ley, se tratara, o ejercitar cualquier otra acción administrativa revisora que convenga, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 10 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de 13 de julio de 1998, artículos 107 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y artículo 52.1 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, en la redacción dada al mismo por la Ley 11/1999, de 21 de abril.
En Níjar, a 3 de abril de 2008. EL ALCALDEPRESIDENTE, Antonio Jesús Rodríguez Segura.
3842/08

