Ficha
Nº de Disposición:
BOP-ALMERIA:
93
Fecha Disposición:
16/05/2008
Órgano Emisor:
AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO
Categorias:
El Ayuntamiento Pleno en la sesión ordinaria celebrada el día 7 de Abril de 2.008, adoptó el siguiente ACUERDO:
Primero.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle promovido por la mercantil GODUCASA S. L. y que tiene por objeto establecer las condiciones de volumen de aplicación a la parcela 1 del AMPUR4/1- RCEN, según proyecto redactado por el Arquitecto D. Antonio Góngora Sebastián.
Segundo.- El presente acuerdo se publicará en el BOP, con notificación personal a los propietarios y demás interesados directamente afectados.
Tercero.- Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado Provincial de lo Contencioso Administrativo con sede en Almería en el plazo de dos meses a contar del siguiente a aquel en que reciba la presente notificación, y cuyo último día para interponerlo es aquel en el que cumpla dos meses el día de la notificación, teniendo en cuenta que durante el mes de Agosto no correrá el plazo para interponer el recurso contencioso administrativo. No obstante lo dispuesto anteriormente podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Órgano que ha dictado la presente resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al del recibo de la presente notificación, y cuyo último día para interponerlo es aquel en el que cumpla un mes el día de la notificación. Si interpone el recurso de reposición no podrá interponer el recurso contencioso administrativo en tanto no sea resuelto aquel, o sea desestimado por silencio administrativo, en su caso. Sin perjuicio de lo anterior, podrá interponer cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1.999 de 13 de Enero, y 8, 46 y 128 de la Ley 29/1.998 de 13 de Julio reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. Sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno (artículo 89.3 de la Ley 30/1.992).
Dado en El Ejido, a 18 de Abril de 2008. LA CONCEJALA DELEGADA DE URBANISMO Y PLANEAMIENTO, Adela Cantón Suárez.
3911/08
Primero.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle promovido por la mercantil GODUCASA S. L. y que tiene por objeto establecer las condiciones de volumen de aplicación a la parcela 1 del AMPUR4/1- RCEN, según proyecto redactado por el Arquitecto D. Antonio Góngora Sebastián.
Segundo.- El presente acuerdo se publicará en el BOP, con notificación personal a los propietarios y demás interesados directamente afectados.
Tercero.- Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado Provincial de lo Contencioso Administrativo con sede en Almería en el plazo de dos meses a contar del siguiente a aquel en que reciba la presente notificación, y cuyo último día para interponerlo es aquel en el que cumpla dos meses el día de la notificación, teniendo en cuenta que durante el mes de Agosto no correrá el plazo para interponer el recurso contencioso administrativo. No obstante lo dispuesto anteriormente podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Órgano que ha dictado la presente resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al del recibo de la presente notificación, y cuyo último día para interponerlo es aquel en el que cumpla un mes el día de la notificación. Si interpone el recurso de reposición no podrá interponer el recurso contencioso administrativo en tanto no sea resuelto aquel, o sea desestimado por silencio administrativo, en su caso. Sin perjuicio de lo anterior, podrá interponer cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1.999 de 13 de Enero, y 8, 46 y 128 de la Ley 29/1.998 de 13 de Julio reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. Sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno (artículo 89.3 de la Ley 30/1.992).
Dado en El Ejido, a 18 de Abril de 2008. LA CONCEJALA DELEGADA DE URBANISMO Y PLANEAMIENTO, Adela Cantón Suárez.
3911/08

