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Notificación Resolución Devolución

Nº de Disposición:
 
BOP-BARCELONA:
118 
Fecha Disposición:
16/05/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
MINISTERI DE TREBALL I AFERS SOCIALS 
Categorias:
 

Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social

Administración número 16, de Igualada

EDICTO DE NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE DEVOLUCIÓN

Sirva de notificación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre (Boletín Oficial del Estado del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la siguiente resolución de fecha 30 de Enero de 2007, recaída en el expediente de devolución número 08-16-2007-0-00048790 y relativo a la empresa Joan Lamotte, S.A., con código de cuenta de cotización a la Seguridad Social 08041611002.

En relación con su escrito de fecha 10 de Enero de 2007, por el que solicita devolución de ingresos de cuotas, por el período Julio 2006 a Septiembre 2006, considerándolos indebidamente ingresados y de acuerdo con los siguientes:

Hechos

Teniendo en cuenta los datos obrantes en esta entidad, así como la documentación aportada al expediente, resulta acreditado el ingreso indebido de las cuotas correspondientes al período arriba señalado, si bien por el período de julio la devolución por la bonificación procede desde el día dieciséis, fecha en que se cumplen los cinco años de antigüedad en la empresa.

Fundamentos de derecho

Artículo 23 de la Ley General de la seguridad Social, aprobada por Real Decreto-Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre. Artículos 44 y 45 del Reglamento General de Recaudación de los recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 25).

Instrucción quinta de la Resolución de 4 de julio de 2005, de la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre determinación de funciones (Boletín Oficial del Estado del 20 de julio).

De conformidad con los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Administración de la Seguridad Social.

Resuelve: Estimar en parte la procedencia de la devolución de ingresos indebidos por importe de 460,84 EUR, más 9,21 EUR, correspondientes a intereses.

Frente a la presenta Resolución, podrá interponerse recurso de alzada, ante la Directora Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con el artículo 46 del real Decreto 1415/2004 anteriormente mencionado y los artículos 114 y 115 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado del día 27).

Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, antes citada.

Igualada, 12 de mayo de 2008.

El Director de la Administración, Juan Julián Romero García.

062008002335

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