Ficha
Nº de Disposición:
BOP-BARCELONA:
118
Fecha Disposición:
16/05/2008
Órgano Emisor:
MINISTERI DE TREBALL I AFERS SOCIALS
Categorias:
Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social
Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès
notificación de providencia de subasta de bienes muebles
El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Valles,
Hace saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva relativo al deudor a la Seguridad Social S.I. Cu.Ma.Ga., S.C.P., se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Barcelona, resolución cuyo texto literal se transcribe:
«Providencia. Una vez autorizada con fecha 9 Abril 2008, la subasta de bienes muebles propiedad del deudor S.I. Cu.Ma.Ga., S.C.P., que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 27 Mayo 2008, a las 10,00 horas, en la C/Aragón 273 de Barcelona, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de Junio (Boletín Oficial del Estado del día 25).
Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en la relación adjunta.
Notifíquese esta providencia al deudor y, en su caso, al depositario de los bienes embargados, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.»
En cumplimiento de dicha Providencia, se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:
1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta, son los indicados en la relación adjunta, distribuidos en lotes.
2. Los bienes se encuentran en poder del depositario Jorge Madrid García y podrán ser examinados por aquellos a quienes interesen en Cr Ullastrell s/n P.e Urb. Castellnou, de la población de Rubí, hasta el día 26 Mayo 2008.
3. Cuando se trate de bienes inscribibles en Registros Públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado en el expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos por el Art. 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.
4. Las cargas preferentes si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.
5. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme el modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas hasta las 14 horas del día 12 de Mayo 2008. Los licitadores presentarán sus posturas en sobre cerrado e independientemente para cada bien o lote de bienes, indicándose en su exterior el número de dicho bien o lote, e incluyendo en su interior copia del Documento Nacional de Identidad, o, si se trata de extranjeros, de su Documento de Identificación y de la acreditación de la representación con que, en su caso, se actúe, así como el importe de las posturas con la firma del interesado.
Simultáneamente a la presentación de la oferta, el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento de tipo de subasta.
6. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de la celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.
7. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta.
8. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiere incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.
9. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito.
10. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del Art. 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.
11. Mediante el presente Anuncio se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.
12. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento de Recaudación citado.
Lo que se notifica por medio del presente Anuncio, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a S.I. Cu.Ma.Ga. S.C.P., en su condición de deudor, al hallarse en paradero desconocido y haber resultado negativos los intentos de notificación de la providencia precedente, efectuados mediante correo certificado con acuse de recibo y/o personación domiciliaria de Agentes Ejecutivos de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el Art. 34 del texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de Junio (Boletín Oficial del Estado del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el Art. 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de los establecido en el Art. 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, (Boletín Oficial del Estado del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Advertencias: La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, podrá ejercitar derecho de tanteo en todas las subastas, de conformidad con las prescripciones del Art. 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.
Relación adjunta de bienes que se subastan
Nº lote: 1
- Carretilla elevadora Yale nº 294799. Núm. Obj.: 1.
- Carretilla elevadora Desta nº 05061 serie 31. Núm. Obj.:1.
- Traspale manual. Núm. Obj.: 1.
Valor lote 20.270,00 EUR.
Cerdanyola del Vallès, 12 de mayo de 2008.
El Recaudador ejecutivo, José Miguel González Ganuza.
062008002337
5542616.pdf
Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès
notificación de providencia de subasta de bienes muebles
El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Valles,
Hace saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva relativo al deudor a la Seguridad Social S.I. Cu.Ma.Ga., S.C.P., se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Barcelona, resolución cuyo texto literal se transcribe:
«Providencia. Una vez autorizada con fecha 9 Abril 2008, la subasta de bienes muebles propiedad del deudor S.I. Cu.Ma.Ga., S.C.P., que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 27 Mayo 2008, a las 10,00 horas, en la C/Aragón 273 de Barcelona, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de Junio (Boletín Oficial del Estado del día 25).
Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en la relación adjunta.
Notifíquese esta providencia al deudor y, en su caso, al depositario de los bienes embargados, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.»
En cumplimiento de dicha Providencia, se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:
1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta, son los indicados en la relación adjunta, distribuidos en lotes.
2. Los bienes se encuentran en poder del depositario Jorge Madrid García y podrán ser examinados por aquellos a quienes interesen en Cr Ullastrell s/n P.e Urb. Castellnou, de la población de Rubí, hasta el día 26 Mayo 2008.
3. Cuando se trate de bienes inscribibles en Registros Públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado en el expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos por el Art. 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.
4. Las cargas preferentes si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.
5. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme el modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas hasta las 14 horas del día 12 de Mayo 2008. Los licitadores presentarán sus posturas en sobre cerrado e independientemente para cada bien o lote de bienes, indicándose en su exterior el número de dicho bien o lote, e incluyendo en su interior copia del Documento Nacional de Identidad, o, si se trata de extranjeros, de su Documento de Identificación y de la acreditación de la representación con que, en su caso, se actúe, así como el importe de las posturas con la firma del interesado.
Simultáneamente a la presentación de la oferta, el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento de tipo de subasta.
6. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de la celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.
7. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta.
8. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiere incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.
9. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito.
10. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del Art. 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.
11. Mediante el presente Anuncio se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.
12. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento de Recaudación citado.
Lo que se notifica por medio del presente Anuncio, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a S.I. Cu.Ma.Ga. S.C.P., en su condición de deudor, al hallarse en paradero desconocido y haber resultado negativos los intentos de notificación de la providencia precedente, efectuados mediante correo certificado con acuse de recibo y/o personación domiciliaria de Agentes Ejecutivos de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el Art. 34 del texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de Junio (Boletín Oficial del Estado del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el Art. 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de los establecido en el Art. 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, (Boletín Oficial del Estado del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Advertencias: La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, podrá ejercitar derecho de tanteo en todas las subastas, de conformidad con las prescripciones del Art. 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.
Relación adjunta de bienes que se subastan
Nº lote: 1
- Carretilla elevadora Yale nº 294799. Núm. Obj.: 1.
- Carretilla elevadora Desta nº 05061 serie 31. Núm. Obj.:1.
- Traspale manual. Núm. Obj.: 1.
Valor lote 20.270,00 EUR.
Cerdanyola del Vallès, 12 de mayo de 2008.
El Recaudador ejecutivo, José Miguel González Ganuza.
062008002337
5542616.pdf
