viernes, 16 de mayo de 2008

Edicto

Nº de Disposición:
 
BOP-BURGOS:
87 
Fecha Disposición:
08/05/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO DOS DE BURGOS 
Categorias:
 

Número autos: Demanda 540/2007.

Número ejecución: 23/2008- M.

Materia: Cantidad.

Demandante: Don Jairo Fuentes Redondo

. Demandados: Telecomputer, S. L. y Fondo de Garantía Salarial.

Cédula de notificación

Doña Antonia María GarcíaMorato MorenoManzanaro, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número dos de Burgos.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución 23/2008 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de don Jairo Fuentes Redondo contra la empresa Telecomputer, S. L., sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente:

Auto de la Ilma. Sra. Magistrada Juez doña M.ª Jesús Martín Alvarez.

En Burgos, a 16 de abril de 2008. Hechos.

Primero. En el presente procedimiento seguido entre las partes, una como demandante D. Jairo Fuentes Redondo y otra como demandadas Telecomputer, S. L. y Fondo de Garantía Salarial.

Parte dispositiva.  

Primero. Despachar la ejecución solicitada por don Jairo Fuentes Redondo contra Telecomputer, S. L. y Fondo de Garantía Salarial por un importe de 1.426,31 euros de principal, más 285,26 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

Segundo. Trabar embargo de los bienes de las demandadas en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a la averiguación de los mismos y a tal fin, practíquense las diligencias que establece el artículo 248 de la L. P. L. respecto a la averiguación patrimonial.

Tercero. Dese traslado de esta resolución y del escrito interesando la ejecución al Fondo de Garantía Salarial a fin de que pueda ejercitar las acciones para las que esté legitimado y en el plazo de quince días inste lo que a su derecho convenga y designe bienes del deudor susceptibles de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes. Contra esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por el ejecutado en el plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 L. E. C. en relación con los arts. 556 y 559 del mismo texto legal). Sin perjuicio de su ejecutividad.

Así por este auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrado, doña María Jesús Martín Alvarez. Doy fe.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Telecomputer, S. L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el «Boletín Oficial» de la provincia.

En Burgos, a 17 de abril de 2008. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. La Secretario Judicial, Antonia María GarcíaMorato MorenoManzanaro.