viernes, 16 de mayo de 2008

Notificación de embargo de bienes inmuebles a través de anuncio (tva502)

Nº de Disposición:
 
BOP-CACERES:
88 
Fecha Disposición:
09/05/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 
Categorias:
 

Tipo/Identificador: 07 100028246077 Régimen: 0521 Núm. expediente: 10 01 07 00170237 Nombre/razón social: HERMOSO MARTÍN, FELIPE Núm. Documento: 10 01 502 08 001685855

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 01, de CÁCERES.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor HERMOSO MARTÍN, FELIPE, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en Avda. Hernán Cortés, 42, 1.ºB, de Cáceres se procedió con fecha 15/04/2008 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña COPIA adjunta al presente Edicto.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el articulo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B. O. E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B. O. E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA 501)

Tipo/Identificador.: 07 100028246077 Régimen: 0521 Número expediente..:10 01 07 00170237 Deuda pendiente....: 626,91

Nombre/razón social: HERMOSO MARTÍN, FELIPE Domicilio : AV. HERNAND CORTÉS, 42, 1.º b Localidad 10004 CÁCERES DNI/CIF/NIF : 006937928R Número documento...: 10 01 501 08 001545207

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 006937928R ,por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos cuyo importe a continuación se indica:

 
NÚM. PROVIDENCIA APREMIO

 PERIODO

RÉGIMEN

10 07 010727589

12/2006

0521

10 07 011306660

01/2007

0521

IMPORTE DEUDA: Principal 482,40 Recargo 96,48 Intereses 41,06 Costas devengadas 6,97 Costas e intereses presup.57,88

Total 684,79 No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el articulo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B. O. E. del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de le Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS DEUDOR: HERMOSO MARTÍN, FELIPE FINCA NÚMERO: 01 DATOS FINCA VIVIENDA EN CÁCERES. 141,83 M2 ÚTILES AV. HERNÁN CORTÉS, 42 1 DRCH. CODPOSTAL 10004 CODMUNI: 10038

DATOS REGISTRO N.ºREG: 02 N.º TOMO: 2113 N.º LIBRO: 1058 N.º FOLIO: 0132 N.º FINCA: 018224

DESCRIPCIÓN AMPLIADA VIVIENDA EN CÁCERES DE 141,83 M2 EL DEUDOR ES DUEÑO DE ½ DEL PLENO DOMINIO.

Cáceres a 15/04/2008.- El Recaudador Ejecutivo, José A. Espinosa Álvarez.

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