Bases de convocatoria que regula la concesión de subvenciones a asociaciones sin fines de lucro en « proyectos que contribuyan al desarrollo de la acción social en la provincia de cáceres»

 

Bases de convocatoria que regula la concesión de subvenciones a asociaciones sin fines de lucro en « proyectos que contribuyan al desarrollo de la acción social en la provincia de cáceres»

Nº de Disposición:
 
BOP-CACERES:
93 
Fecha Disposición:
16/05/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
DIPUTACION PROVINCIAL 
Categorias:
Ayudas 

Base 1: Destinatarios y límites

a) Podrán acceder a estas subvenciones aquellas organizaciones sin finalidad de lucro y que tengan entre sus fines trabajar con personas con discapacidad, enfermedades raras, crónicas o degenerativas y cuyo ámbito de actuación sea provincial o regional. Asimismo podrán acceder aquellas que entre sus fines incluyan el trabajo con inmigrantes en el mismo ámbito territorial.

b) Estas subvenciones se concederán con cargo a la partida presupuestaria 8.4615.48975 Subvenciones, cuyo crédito retenido a esos fines es de 120.000,00 .

c) La subvención para el proyecto, programa o actuación, no excederá de 9.000,00 euros y su destino será exclusivamente para las actividades contenidas en el mismo

d) En ningún caso los importes subvencionados podrán ser de tal cuantía que, en concurrencia con subvenciones de otras Administraciones Públicas, entes públicos o privados, nacionales o internacionales, superen el coste del proyecto subvencionado.

e) Cada organización podrá presentar únicamente un proyecto para concurrir al proceso selectivo.

Dichas Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, de 17 de noviembre de 2003, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce dimientoAdministrativo Común, por el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y por lo dispuesto en el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por decreto de 17 de junio de 1955, en cuanto no se opongan a la citada Ley de Subvenciones. Además se estará a lo dispuesto en las Bases de Ejecución de Presupuesto y en su caso, a la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cáceres.

Base 2: Procedimiento

a) La concurrencia al proceso de concesión de subvención implicará la manifestación tácita de consentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad con lo que se prevé en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

b) Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP, y se formularán según el modelo normalizado (Anexo I), que se dirigirá el Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, sita en Plaza de Santa María, s/n, 10071- Cáceres, o en las oficinas a que se refiera el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acreditando la siguiente documentación:

· Documento acreditativo de que se dispone de Delegación permanente en la Provincia de Cáceres, para aquellas asociaciones cuyo ámbito de actuación territorial superen el provincial.

· Memoria valorada de las actividades a desarrollar en la que de manera clara y precisa se determine que acciones se van a llevar a cabo, la fundamentación, los objetivos, la metodología y los indicadores, lugar y colectivo a los que se dirige, coste de la misma desglosado por partidas, etc. Dicha Memoria comprenderá a demás presupuestos de gastos de funcionamiento y actividades para los que se solicita la ayuda con Declaración de ingresos previstos para financiar las actividades o programas, haciéndose constar las subvenciones que se hayan solicitado con el mismo fin a otras instituciones y organismos quedando obligado a comunicar tan pronto como tenga conocimiento de ello, y antes de la justificación, la aplicación dada a los fondos percibidos. (Anexo II).

· Acreditación del solicitante, mediante la presentación del D. N. I. (si es nombre propio) ó el Certificado de su representación (Anexo III).

· Declaración jurada del representante legal de no incurrir la entidad en ninguna causa de incompatibilidad y estar al corriente de las obligaciones tributarias y Seguridad Social (Anexo IV).

c) En los supuestos en que la solicitud o documentación presentada se considere incorrecta o incompleta, se requerirá a la asociación interesada para que en el plazo de diez días hábiles, proceda a la subsanación de las faltas o acompañe la documentación requerida, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición.

d) Admitida a trámite la solicitud, se someterá la misma al estudio y consideración de la comisión de valoración prevista en la Base siguiente, a fin de que por ésta se formule la correspondiente propuesta de resolución al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, que emitirá resolución en el plazo máximo de 3 meses a contar desde la fecha de presentación. Las resoluciones dictadas por la Presidencia de la Diputación otorgando las ayudas ponen fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra las mismas recurso contencioso administrativo en la forma y plazos previstos por la Ley Reguladora de dicha jurisdicción y, potestativamente, recurso de reposición conforme a lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

Base 3: Comisión de valoración

a) La comisión de valoración estará compuesta por los siguientes miembros:

- Presidente de la Corporación o persona en quien delegue.

- Diputada Delegada del Área de Servicios Sociales, Teleasistencia y Relaciones con las Asociaciones.

- Diputado del Grupo Popular. - El Interventor de Fondos Provinciales o funcionario en quien delegue.

- Un funcionario del Área de Servicios Sociales, Teleasistencia y Relaciones con las Asociaciones.

- El Secretario General o funcionario en quien delegue.

b) La comisión formulará al Ilmo. Sr. Presidente propuesta razonada, quien habrá de resolver en el plazo de quince días.

Base 4: Criterios de adjudicación. Entre los criterios de adjudicación de la comisión figurarán:

a) Características e interés de las acciones previstas

b) Repercusión de las mismas en el contexto socioeconómico y cultural de la provincia.

c) Número de beneficiarios y beneficiarias de la acción diferenciados.

d) Adecuación del proyecto a las necesidades del ámbito particular, es decir al contexto donde va a desarrollarse la acción.

e) Claridad y coherencia entre los objetivos, la metodología y acciones para alcanzarlos.

f) Viabilidad del proyecto a medio y largo plazo, y en especial, una vez se retire la ayuda externa.

g) Existencia y cuantía de otras aportaciones económicas tanto en metálico como en especie, incluidas las realizadas por los solicitantes y los beneficiarios.

h) Que el origen y la iniciativa que da pie al proyecto procedan de los beneficiarios o de la organización contraparte de origen.

i) Servicios sociales básicos: salud, saneamiento y seguridad y autosuficiencia alimentarías.

Una vez comunicada a los interesados la resolución de la Presidencia, los beneficiarios del proceso selectivo deberán remitir en el plazo de 10 días hábiles la siguiente documentación:

· Las Entidades beneficiarias de convocatorias anteriores, deberán cumplimentar el anexo VIII, en caso contrario presentaran:

1. Fotocopia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal. 2. Copia de estatutos 3. Certificado de inscripción en el Registro Público correspondiente.

Base 5: Desarrollo de la actividad

a) Se deberá comunicar a esta Diputación cualquier incidencia en la realización de las actividades previstas, así como la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

Si el beneficiario dispusiera de otra u otras subvenciones y su importe sumado al de la subvención provincial, excediera el coste efectivo o justificado en la inversión, la subvención provincial quedará reducida en el exceso.

b) En la publicación o en la difusión de las actuaciones que se llevan a cabo deberá constar de forma expresa el patrocinio o colaboración de la Excma. Diputación de Cáceres.

c) El plazo de Ejecución del Proyecto o la Actividad subvencionada abarcará todo el ejercicio 2008.

Base 6: Control y justificación

a) La Diputación velará por el cumplimiento de la realización efectiva de las actividades subvencionadas, quedando facultada para el ejercicio de comprobación y fiscalización previstas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, R. D. 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones y Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cáceres.

b) La justificación del destino y aplicación de la subvención otorgada habrá de efectuarse en la forma y plazos previstos en la Ordenanza General de Subvenciones de 2006, consecuente con el espíritu de la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. El incumplimiento de la obligación de justificación o de las condiciones de otorgamiento surtirá los efectos previstos en la referida Ley, Reglamento y Ordenanza General. Asimismo, no se abonará la subvención concedida en el caso de que las Asociaciones tengan pendiente de justificación alguna otra subvención anterior concedida por esta Diputación de Cáceres, una vez rebasado el plazo dado a esos efectos.

c) La justificación del destino y aplicación de la subvención otorgada habrá de efectuarse en el plazo de 3 meses contados a partir de la finalización del plazo de ejecución.

d) Sólo podrán presentarse justificantes y/o facturas emitidas dentro del plazo de ejecución de la actividad subvencionada.

e) La acreditación de la realización de proyecto o actividad subvencionada se realizará mediante la presentación de la Cuenta Justificativa, con arreglo a lo siguiente:

-Los beneficiarios deberán remitir a la Diputación Provincial (se adjunta modelo indicativo de instancia de remisión Anexo VII), la siguiente documentación en concepto de justificaciones:

- Memoria de realización de actividades subvencionadas conforme Anexo V - Cuenta justificativa de los gastos y pagos efectuados con arreglo al modelo Anexo VI. - Facturas que cumplan los requerimientos del RD 1496/2003 de 28 de noviembre o documentos (nóminas, etc.) originales o fotocopias compulsadas de las mismas, justificativas de los gastos satisfechos por el importe, como mínimo, de la cantidad concedida por la Diputación, así como de los documentos acreditativos de los pagos efectuados, preferentemente adeudo bancario, o en su caso el «recibí» suscrito por el contratista, proveedor, suministrador, trabajador, etc.

- Certificados de estar al corriente de los pagos con las siguientes entidades:

- Seguridad Social - Hacienda. - Diputación de Cáceres. Los beneficiarios podrán sustituir las certificaciones por la presentación de declaración responsable del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 24.7 del Reglamento General de la Ley de Subvenciones, aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio.

f) Transcurrido el plazo de justificación sin haberse presentado la misma, se considerará la pérdida del derecho de la subvención, dando lugar al inicio del procedimiento sancionador y de responsabilidad administrativa previstos en los artículos 67 y siguientes de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 102 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por R. D. 887/2006 de veintiuno de julio, salvo que por la entidad o persona interesada, se solicite prórroga de los plazos. Tanto la solicitud de prórroga como la decisión sobre la ampliación, deberá producirse, en todo caso, antes del vencimiento de los plazos antes señalados.

g) El beneficiario deberá comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones que financien las actividades subvencionadas, en este supuesto deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.

Base 7: Pago de subvenciones El abono se efectuará mediante transferencia a los beneficiarios, una vez resuelta la convocatoria y con la entrega previa de la documentación exigida .Teniendo en cuenta que se trata de entidades sin fin de lucro que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social no será preciso la presentación de garantías.

Los gastos necesarios para la realización de la actividad subvencionada se justificarán al menos por importe de la cantidad otorgada. Si el importe de los justificantes presentados, aún habiéndose realizado el objeto de la subvención, fuera inferior al de la ayuda, la cantidad a abonar se reducirá proporcionalmente, siempre que se justifique debidamente la reducción de la actividad.

La rendición de la cuenta de justificación constituye un acto obligatorio del beneficiario, su incumplimiento o justificación insuficiente llevará consigo el reintegro en las condiciones reguladas por el artículo 37 de la Ley G. de Subvenciones.

Base 8: Incompatibilidades Las ayudas objeto de estas bases serán compatibles con las concedidas por otros organismos hasta el máximo de lo presupuestado.

La concurrencia al proceso de concesión de subvención implicará la manifestación tácita de consentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad con lo que se prevé en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Base 9: Interpretación Para todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes bases y la interpretación de las dudas que puedan surgir en la aplicación de las mismas es competente el Presidente.

En Cáceres mayo de 2008.- El Presidente, Juan Andrés Tovar Mena.

ANEXO I

MODELO DE SOLICITUD

D..............................................., con DNI............................ en nombre y representación de la Entidad..................., cuyo CIF, es.........................................................................

E X P O N E:

Primero.- Que ha tenido conocimiento de la publicación en el BOP de Cáceres de fecha....... de......... de 2008 de las Bases de la convocatoria que regula la concesión de subvenciones destinadas a Proyectos de fomento de la Acción Social en la Provincia.

Segundo.- Que la asociación que represento reúne los requisitos necesarios para ser beneficiaria de las subvenciones convocadas y a tal efecto declaro que:

1) La misma al día de la fecha no ha incumplido su obligación de justificación respecto de cualquier otra subvención otorgada por la propia Corporación Provincial.

2) Que no dispone de ninguna otra subvención o ingreso afectado, que sumado a la petición formulada a esta Diputación supere la cantidad total de la actividad o proyecto, para el que se solicita la subvención.

3) Que la Asociación que preside se compromete a comunicar la obtención de otras subvenciones a ayudas procedentes de otras administraciones o entes públicos y privados, para la misma finalidad.

4) Que solicita a los efectos de acreditación de cuanto antecede se incorporen al expediente las correspondientes certificaciones expedidas por el órgano de la Administración que corresponda.

Tercero.- Que teniendo interés la Asociación que presido en la participación de citada convocatoria, declaro su expreso sometimiento a las Bases que regula la misma, así como a lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, Reglamento de Subvenciones y Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cáceres.

Cuarto.- Que de conformidad con lo establecido en la Base 2 de la citada convocatoria, se acompaña a la presente instancia la siguiente documentación:

- Documento acreditativo de que se dispone de Delegación permanente en la provincia de Cáceres, para aquellas asociaciones cuyo ámbito de actuación territorial superen el provincial.

- Memoria valorada de las actividades a desarrollar en la que de manera clara y precisa se determinará que acciones se van a llevar a cabo, la fundamentación, los objetivos, la metodología y los indicadores, lugar y colectivo a los que se dirige, coste de la misma desglosado por partidas, etc., que comprende además los presupuestos de gastos de funcionamiento y actividades para los que se solicita la ayuda con Declaración de ingresos previstos para financiar las actividades o programas, haciéndose constar las subvenciones que se hayan solicitado con el mismo fin a otras institucionesy organismos quedando obligado a comunicar tan pronto como tenga conocimiento de ello, y antes de la justificación, la aplicación dada a los fondos percibidos. (Anexo II).

- Acreditación del solicitante, mediante la presentación del D. N. I. (si es en nombre propio) ó el Certificado de su representación (Anexo III).

- Declaración responsable del representante legal de no incurrir la entidad en ninguna causa de incompatibilidad y estar al corriente de las obligaciones tributarias y Seguridad Social (Anexo IV).

Quinto.- A los efectos de tener una mayor información del procedimiento de fiscalización, caso de resultar beneficiario, acompaño como cuenta de correo electrónico de contacto la que sigue..............................

SOLICITO:

En nombre y representación en que actúo, se tenga por presentada la presente instancia con la documentación que se adjunta y solicitada la subvención de esa Corporación para su aplicación a la finalidad antedicha.

En.................................... a........ de .......................... 2008

Fdo: ...............................................

ANEXO II

D............................................................................... como representante legal de . , a los efectos establecidos en las normas de la convocatoria de................................................................. formulala siguiente Memoria y Presupuesto:

1. MEMORIA DE REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES A SUBVENCIONAR POR LA DIPUTACIÓN DE CÁCERES

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