viernes, 16 de mayo de 2008

Bases de la convocatoria de concurso ordinario para la provisión de un puesto de trabajo de Jefe de Sección de Formación.

Nº de Disposición:
 
BOP-CIUDADREAL:
56 
Fecha Disposición:
09/05/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
DIPUTACION PROVINCIAL 
Categorias:
 

Por acuerdo de la Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial, de fecha 29 de abril de 2008 (particular número 18), ha sido aprobada la convocatoria de concurso ordinario para la provisión de un puesto de trabajo de Jefe de Sección de Formación de la plantilla funcionarial, cuyas bases son del siguiente tenor literal:

Primera.- Denominación, nivel y localización del puesto: Puesto de trabajo número 4.19.084, Jefe de Sección de Formación de la plantilla funcionarial, grupo A1, nivel 26, adscrito al Servicio de Personal (subservicio 1, Gabinete de Recursos Humanos).

Descripción: Bajo la dependencia directa del Diputado Delegado de Personal:

Responsabilizarse ante el Diputado y, siguiendo las directrices que este le marque, ejercer funciones de estudio, asesoramiento y propuesta de carácter superior, así como la directa realización de actividades para las que le capacite específicamente su título superior. De conformidad con lo anterior le corresponde:

- Coordinar los planes de formación de personal aprobados por la Corporación o previstos en la legislación o normas pactadas con la representación de los trabajadores.

- Diseño de metodologías de perfeccionamiento del personal.

- Diseño de metodologías para detectar necesidades.

- Análisis de procesos con el objetivo de definir perfiles profesionales.

- Planificar la formación.

- Gestión, coordinación y análisis técnicos de programas.

- Metodologías de protocolo en el funcionamiento formativo.

- Evaluación de resultados formativos.

- Gestión de todas las competencias, convenios y acuerdos de la Corporación en materia formativa con otras administraciones o entidades privadas. Valoración: Tiene asignado un complemento específico de 15.770,28 euros anuales, resultado de la valoración de los siguientes conceptos: Especial dificultad técnica, dedicación, penosidad, responsabilidad en grado 16 e incompatibilidad.

Segunda.

- Condiciones de los aspirantes: Será requisito indispensable para poder participar en el presente concurso el ser funcionario de carrera perteneciente al grupo A1, escala de Administración General, subescala Técnica, titular de una plaza de Técnico de Administración General de la plantilla funcionarial de esta Excma. Diputación Provincial, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme, que no podrán participar mientras dure la suspensión, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la convocatoria.

Los aspirantes tendrán que llevar un mínimo de dos años en el puesto de trabajo con destino definitivo para poder participar en este concurso.

Tercera.- Instancias: Las instancias solicitando tomar parte en el concurso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones señaladas en la base segunda, se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, acompañadas de los documentos acreditativos de los méritos alegados o con indicación expresa de que los mismos obran en poder de esta Excma. Diputación Provincial.

El plazo de presentación de instancias será de quince días hábiles en horario de 9,00 a 14,00 horas, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Las solicitudes también podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta.- Méritos y baremo: Los méritos a tener en cuenta en el presente concurso serán los siguientes, con la puntuación que se indica:

A) Grado personal consolidado, en relación con el nivel de los puestos de trabajo ofrecidos.

- Superior en más de tres niveles: 1,00 punto.

- Superior en dos o tres niveles: 0,90 puntos.

- Superior en un nivel: 0,80 puntos.

- Igual nivel: 0,70 puntos.

- Inferior en un nivel: 0,60 puntos.

- Inferior en dos o tres niveles: 0,50 puntos.

- Inferior en más de tres niveles: 0,40 puntos

B) Trabajo desarrollado. La valoración del trabajo desarrollado debe hacerse atendiendo a la similitud entre el contenido técnico y especialización de los puestos ocupados por los posibles concursantes con el ofrecido. Con la siguiente valoración:

a) Por cada mes completo en puesto de trabajo en el servicio al que corresponde el puesto que sale a concurso, 0,055 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.

b) Por cada mes completo en puesto de trabajo con funciones análogas a las que corresponden al puesto que sale a concurso, 0,03 hasta un máximo de 2 puntos.

(Ambas posibilidades de valoración se considerarán compatibles).

C) Méritos de perfeccionamiento.

* Cursos: Por los superados en el Instituto Nacional de Administración Pública y demás Centros Oficiales, así como en la Diputación, Corporaciones Locales y otros organismos, directamente relacionados con las funciones propias de los puestos de trabajo:

- Los de menos de 15 horas: 0,025 puntos

- Los de 15 a 24 horas: 0,075 puntos.

- Los de 25 a 39 horas: 0,125 puntos.

- Los de 40 a 89 horas: 0,250 puntos.

- Los de 90 a 199 horas: 0,400 puntos.

- Los de 200 en adelante: 0,500 puntos.

* Otras titulaciones académicas: (No podrán ser valoradas las inferiores que sirvan para la obtención de la titulación que habilita para el ingreso en el grupo a que figuren adscritos los puestos de trabajo, ni otras inferiores al grupo de titulación al que figuren adscritos los puestos de trabajo).

- Titulación superior afín a las funciones del puesto: 1,000 punto.

- Titulación superior no afín a las funciones del puesto: 0,250 puntos.

- Titulación media afín a las funciones del puesto: 0,750 puntos.

- Titulación media no afín a las funciones del puesto: 0,135 puntos.

- Bachiller Superior, F. P. 2 o equivalente, afín a las funciones del puesto: 0,375 puntos.

- Bachiller Superior, F. P. 2 o equivalente, no afín a las funciones del puesto: 0,125 puntos.

La puntuación máxima dentro de este apartado de méritos de perfeccionamiento (cursos y titulaciones académicas) será de 2 puntos.

D) Antigüedad. - Por cada mes de servicios en la Diputación Provincial de Ciudad Real, computándose los reconocidos que se hubieren prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario de carrera, 0,033 puntos por mes, hasta un máximo de 3 puntos.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación, incorporándose al expediente, mediante certificación de la Secretaría General, aquellos que obren en el expediente del interesado.

Quinta.- Puntuación mínima: La puntuación mínima para poder acceder al puesto será de 2,5 puntos.

Sexta.- Comisión de Selección: Estará integrada de la siguiente forma:

* Presidente: Un funcionario de carrera designado por el Presidente de la Corporación.

Titular: Suplente:

* Secretario: Un funcionario de carrera designado por el Presidente de la Corporación.

Titular: Suplente:

* Vocales: - Un funcionario de carrera designado por el Presidente de la Corporación.

Titular: Suplente: - Un funcionario de carrera designado por el Presidente de la Corporación, a propuesta de la Junta de Personal.

Titular: Suplente: El Secretario actuará con voz pero sin voto. Séptima.- Resolución del concurso: Previa propuesta del Presidente de la Comisión de Selección, la Presidencia de la Corporación Provincial resolverá definitivamente el expediente.

Los sucesivos anuncios, así como las posibles reclamaciones, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Ciudad Real, 30 de abril de 2008.- El Presidente, Nemesio de Lara Guerrero.- El Secretario General, LuisJesús de Juan Casero.

Número 2.831