Ficha
Nº de Disposición:
2.007
BOP-CORDOBA:
85
Fecha Disposición:
09/05/2008
Órgano Emisor:
PUENTE GENIL
Categorias:
En cumplimiento del acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2.007, se proce- de a la publicación del documento de modificación del Convenio suscrito entre este Ayuntamiento y la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación núm. 7 del PGOU de Puente Genil.
DOCUMENTO DE MODIFICACION DEL CONVENIO DE MONETARIZACION SUSCRITO ENTRE EL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL Y LA JUNTA DE COMPENSACION DE LA UNIDAD DE ACTUACION NUMERO 7 DEL P. G. O. U. DE PUENTE GENIL, DE FECHA 9 DE MARZO DE 2.007. Que como consecuencia de la aprobación de rectificación del error material existente en la ficha de planeamiento correspondiente a la UNIDAD DE ACTUACION Nº 7 DEL PGOU DE PUENTE GENIL, procede modificación de algunos de los puntos del convenio de monetarizaciónsuscrito, concretamente:
1.- EXPONENDO V:
Donde dice «En éste se adjudica al Ayuntamiento de PUENTE GENIL la parcela nº 9 con una superficie de 1.688,30 M 2 con un techo teórico de 3.038,94 M 2 ».
Debe decir: «En éste se adjudica al Ayuntamiento de PUENTE GENlLla parcela nº 9 con una superficie de 1.502,18 M 2 con un techo teórico de 2.703,92 M 2 ».
2.- EXPONENDO VI:
- Donde dice: «El techo total de la UA 7 resulta ser 33.636,75 M 2 ,Y el 10% es 3.363,67 M 2 . Por tanto la parcela no llega a la cantidad total de techo teórico, faltando tan solo 324,73 M 2 ».
- Debe decir: «El techo total de la UA 7 resulta ser 33.108,16 M 2 ,Y el 10% es 3.310,81 M 2 . Por tanto la parcela no llega a la cantidad total de techo teórico, faltando tan solo 606,89 M 2 ».
3.- EXPONENDO VII PARRAFO 2:
- Donde dice: «el aprovechamiento de techo que le corresponde es 84,765 M 2 ». - Debe decir: «el aprovechamiento de techo que le corresponde es 82,926 M 2 ».
4.- ESTIPULACION
PRIMERA: - Donde dice: «con una superficie de 1.688,30 M 2 con un techo teórico de 3.038,94 M 2 ».
- Debe decir: «con una superficie de 1.502,18 M 2 con un techo teórico de 2.703,92 M 2 ».
5.- ESTIPULACION SEGUNDA:
- Donde dice: «El defecto de adjudicación es de 324,73 M 2 los cuales serán monetarizadospor un total de los cuales también serán monetarizadospor un total 66.061,46 (sesenta y seis mil sesenta y uno euros con cuarenta y seis céntimos)».
- Debe decir: «El defecto de adjudicación es de 606,89 M 2 los cuales serán monetarizadospor un total de los cuales también serán monetarizadospor un total 123.462,70 (ciento veintitrés mil cuatrocientos sesenta y dos euros con setenta céntimos)».
6.- ESTIPULACION TERCERA:
- Donde dice: «El defecto de adjudicación por los terrenos del antiguo arroyo y camino de la Pitilla es de 84,76 M 2 techo, serán monetarizados por un importe de 14.381,27 ( catorcemil trescientos ochenta y un euros con veintisiete céntimos) conforme a la valoración realizada por la arquitecta municipal doña Raquel Velasco Sanz, de los que 17.243,15 corresponden al valor del terreno en sí, y 2.861,88 a las cargas de urbanización».
- Deber decir: «El defecto de adjudicación por los terrenos del antiguo arroyo y camino de la Pitilla es de 82,926 M 2 techo, serán monetarizados por un importe de 13.988,12 ( trecemil novecientos ochenta y ocho euros con doce céntimos) conforme a la valoración realizada por la arquitecta municipal doña Raquel Velasco Sanz, de los que 16.870,05 corresponden al valor del terreno en sí, y 2.881,93 a las cargas de urbanización». Puente Genil, 18 de enero de 2008. El Alcalde Presidente, Fdo. Manuel Baena Cobos. El representante de la Junta de Compensación, Fdo. Fernando AndrunsGuillén.
Puente Genil, 24 de marzo de 2.008. El Alcalde Presidente, Fdo. Manuel Baena Cobos.
DOCUMENTO DE MODIFICACION DEL CONVENIO DE MONETARIZACION SUSCRITO ENTRE EL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL Y LA JUNTA DE COMPENSACION DE LA UNIDAD DE ACTUACION NUMERO 7 DEL P. G. O. U. DE PUENTE GENIL, DE FECHA 9 DE MARZO DE 2.007. Que como consecuencia de la aprobación de rectificación del error material existente en la ficha de planeamiento correspondiente a la UNIDAD DE ACTUACION Nº 7 DEL PGOU DE PUENTE GENIL, procede modificación de algunos de los puntos del convenio de monetarizaciónsuscrito, concretamente:
1.- EXPONENDO V:
Donde dice «En éste se adjudica al Ayuntamiento de PUENTE GENIL la parcela nº 9 con una superficie de 1.688,30 M 2 con un techo teórico de 3.038,94 M 2 ».
Debe decir: «En éste se adjudica al Ayuntamiento de PUENTE GENlLla parcela nº 9 con una superficie de 1.502,18 M 2 con un techo teórico de 2.703,92 M 2 ».
2.- EXPONENDO VI:
- Donde dice: «El techo total de la UA 7 resulta ser 33.636,75 M 2 ,Y el 10% es 3.363,67 M 2 . Por tanto la parcela no llega a la cantidad total de techo teórico, faltando tan solo 324,73 M 2 ».
- Debe decir: «El techo total de la UA 7 resulta ser 33.108,16 M 2 ,Y el 10% es 3.310,81 M 2 . Por tanto la parcela no llega a la cantidad total de techo teórico, faltando tan solo 606,89 M 2 ».
3.- EXPONENDO VII PARRAFO 2:
- Donde dice: «el aprovechamiento de techo que le corresponde es 84,765 M 2 ». - Debe decir: «el aprovechamiento de techo que le corresponde es 82,926 M 2 ».
4.- ESTIPULACION
PRIMERA: - Donde dice: «con una superficie de 1.688,30 M 2 con un techo teórico de 3.038,94 M 2 ».
- Debe decir: «con una superficie de 1.502,18 M 2 con un techo teórico de 2.703,92 M 2 ».
5.- ESTIPULACION SEGUNDA:
- Donde dice: «El defecto de adjudicación es de 324,73 M 2 los cuales serán monetarizadospor un total de los cuales también serán monetarizadospor un total 66.061,46 (sesenta y seis mil sesenta y uno euros con cuarenta y seis céntimos)».
- Debe decir: «El defecto de adjudicación es de 606,89 M 2 los cuales serán monetarizadospor un total de los cuales también serán monetarizadospor un total 123.462,70 (ciento veintitrés mil cuatrocientos sesenta y dos euros con setenta céntimos)».
6.- ESTIPULACION TERCERA:
- Donde dice: «El defecto de adjudicación por los terrenos del antiguo arroyo y camino de la Pitilla es de 84,76 M 2 techo, serán monetarizados por un importe de 14.381,27 ( catorcemil trescientos ochenta y un euros con veintisiete céntimos) conforme a la valoración realizada por la arquitecta municipal doña Raquel Velasco Sanz, de los que 17.243,15 corresponden al valor del terreno en sí, y 2.861,88 a las cargas de urbanización».
- Deber decir: «El defecto de adjudicación por los terrenos del antiguo arroyo y camino de la Pitilla es de 82,926 M 2 techo, serán monetarizados por un importe de 13.988,12 ( trecemil novecientos ochenta y ocho euros con doce céntimos) conforme a la valoración realizada por la arquitecta municipal doña Raquel Velasco Sanz, de los que 16.870,05 corresponden al valor del terreno en sí, y 2.881,93 a las cargas de urbanización». Puente Genil, 18 de enero de 2008. El Alcalde Presidente, Fdo. Manuel Baena Cobos. El representante de la Junta de Compensación, Fdo. Fernando AndrunsGuillén.
Puente Genil, 24 de marzo de 2.008. El Alcalde Presidente, Fdo. Manuel Baena Cobos.

