Ficha
Nº de Disposición:
BOP-CORUNA:
112
Fecha Disposición:
16/05/2008
Órgano Emisor:
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
Categorias:
Tipo/Identificador: 10 15007449213 Régimen:0111
Número expediente: 15 02 07 00085804
Nombre/razón social: CARPINTERIA PAZ BANA ,S.L.
Número documento: 15 02 502 08 002730603
El Jefe de la unidad de Recaudación Ejecutiva número 02, de A CORUÑA .
En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor CARPINTERIA PAZ BANA ,S.L. , por deudas a la seguridad social, y cuyo último domicilio conocido fue en LG BRAñAS 6 , se procedió con fecha 08 /04 /2.008 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña COPIA adjunta al presente Edicto.
A CORUÑA , a 8 de ABRIL de 2.008
EL/LA RECAUDADOR/A EJECUTIVO/A,
José Solano Araujo
Tipo/Identificador: 10 15007449213 Régimen: 0111
Número expediente: 15 02 07 00085804
Deuda pendiente: 34.316,52
Nombre/razón social: CARPINTERIA PAZ BANA ,S.L.
Domicilio: LG BRAñAS 6
Localidad: 15189 - CULLEREDO
DNI/CIF/NIF: 0B15235427
Número documento: 15 02 501 08 002730502
DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA-501)
DILIGENCIA : En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 0B15235427 , por deudas a la Seguridad Social , una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos , cuyo importe a continuación se indica:
No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el articulo 103 del Reglamento General de Recaudación de la seguridad social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio , (B.O.E. del día 25) , DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACION adjunta.
Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente , que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.
Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración , que será la definitivamente aplicable , habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente , y servirá para fijar el tipo de subasta , de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.
Asimismo , se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente , para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado , a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca , y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión , en su momento , de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.
Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.
A CORUÑA , a 8 de ABRIL de 2.008
EL/LA RECAUDADOR/A EJECUTIVO/A,
José Solano Araujo
DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS
DEUDOR: CARPINTERIA PAZ BANA ,S.L.FINCA NUMERO: 01
DATOS FINCA URBANA
DESCRIPCION FINCA: LOCAL COMERCIAL
TIPO VIA: LG NOMBRE VIA: FONTECULLER Nº VIA: 6
BIS-Nº VIA: ESCALERA: PISO: PUERTA: COD-POST: 15189 COD-MUNI: 15031
DATOS REGISTRO
Nº REG: 03 Nº TOMO: 2423 N° LIBRO: 254 Nº FOLIO: 170 Nº FINCA: 19442
DESCRIPCION AMPLIADA
URBANA.NUMERO 52-LOCAL COMERCIAL EN LA PLANTA BAJA, A LA DERECHA DE LA MISMA, VISTA DESDE EL FRENTE 0 VIENTO NORTE, DEL BLOQUE NUMERO SEIS, FORMANDO PARTE DE UN CONJUNTO DE EDIFICIOS SEÑALADOS CON LSO NUMEROS CUATRO,CINCO Y SEIS, EN EL LUGAR DE FONTECULLER, PARROQUIA DE SANTA MARIA DE RUTIS, AYUNTAMIENTO DE CU LLEREDO.TIENE LA SUPERFICIE UTIL DE UNOS 56 METROS 12 DECIMETROS, SIN DISTRIBUIR.LINDA, FRENTE, RESTO DE TERRENO SIN EDIFICAR,CUBIERTA DEL SOTANO, DERECHA ENTRANDO,RESTO DE TERRENO SIN EDIFICAR,IZDA, PORTAL DE ENTRADA AL BLOQUE, Y ES PALDA, CON EL LOCAL COMERCIAL DE ESTA PLANTA A LA PARTE POSTERIOR DEL BLOQUE, CUOTA UN ENTERO POR CIENTO
REFERENCIA CATASTRAL: 017590INH5907N0004SS
A CORUÑA , a 8 de ABRIL de 2.008
EL/LA RECAUDADOR/A EJECUTIVO/A,
Número expediente: 15 02 07 00085804
Nombre/razón social: CARPINTERIA PAZ BANA ,S.L.
Número documento: 15 02 502 08 002730603
El Jefe de la unidad de Recaudación Ejecutiva número 02, de A CORUÑA .
En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor CARPINTERIA PAZ BANA ,S.L. , por deudas a la seguridad social, y cuyo último domicilio conocido fue en LG BRAñAS 6 , se procedió con fecha 08 /04 /2.008 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña COPIA adjunta al presente Edicto.
A CORUÑA , a 8 de ABRIL de 2.008
EL/LA RECAUDADOR/A EJECUTIVO/A,
José Solano Araujo
Tipo/Identificador: 10 15007449213 Régimen: 0111
Número expediente: 15 02 07 00085804
Deuda pendiente: 34.316,52
Nombre/razón social: CARPINTERIA PAZ BANA ,S.L.
Domicilio: LG BRAñAS 6
Localidad: 15189 - CULLEREDO
DNI/CIF/NIF: 0B15235427
Número documento: 15 02 501 08 002730502
DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA-501)
DILIGENCIA : En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 0B15235427 , por deudas a la Seguridad Social , una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos , cuyo importe a continuación se indica:
|
NUM.PROVIDENCIA APREMIO |
PERIODO |
REGIMEN |
|
15 06 020474672 |
07 2006 /07 2006 |
0111 |
|
15 06 020474773 |
07 2006 /07 2006 |
0111 |
|
15 07 015823200 |
04 2007 /04 2007 |
0111 |
|
15 07 024096791 |
05 2007 /05 2007 |
0111 |
|
15 06 021685556 |
09 2006 /09 2006 |
0111 |
|
15 07 010084234 |
10 2006 /10 2006 |
0111 |
|
15 07 010084335 |
10 2006 /11 2006 |
0111 |
|
15 07 026410041 |
06 2007 /06 2007 |
0111 |
|
IMPORTE DEUDA: |
Principal |
Recargo |
Intereses |
Costas devengadas |
Costas e intereses presupuestados |
TOTAL |
|
25.930,17 |
6.418,66 |
1.957,23 |
10,46 |
200,00 |
34.516,52 |
Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente , que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.
Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración , que será la definitivamente aplicable , habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente , y servirá para fijar el tipo de subasta , de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.
Asimismo , se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente , para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado , a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca , y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión , en su momento , de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.
Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.
A CORUÑA , a 8 de ABRIL de 2.008
EL/LA RECAUDADOR/A EJECUTIVO/A,
José Solano Araujo
DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS
DEUDOR: CARPINTERIA PAZ BANA ,S.L.FINCA NUMERO: 01
DATOS FINCA URBANA
DESCRIPCION FINCA: LOCAL COMERCIAL
TIPO VIA: LG NOMBRE VIA: FONTECULLER Nº VIA: 6
BIS-Nº VIA: ESCALERA: PISO: PUERTA: COD-POST: 15189 COD-MUNI: 15031
DATOS REGISTRO
Nº REG: 03 Nº TOMO: 2423 N° LIBRO: 254 Nº FOLIO: 170 Nº FINCA: 19442
DESCRIPCION AMPLIADA
URBANA.NUMERO 52-LOCAL COMERCIAL EN LA PLANTA BAJA, A LA DERECHA DE LA MISMA, VISTA DESDE EL FRENTE 0 VIENTO NORTE, DEL BLOQUE NUMERO SEIS, FORMANDO PARTE DE UN CONJUNTO DE EDIFICIOS SEÑALADOS CON LSO NUMEROS CUATRO,CINCO Y SEIS, EN EL LUGAR DE FONTECULLER, PARROQUIA DE SANTA MARIA DE RUTIS, AYUNTAMIENTO DE CU LLEREDO.TIENE LA SUPERFICIE UTIL DE UNOS 56 METROS 12 DECIMETROS, SIN DISTRIBUIR.LINDA, FRENTE, RESTO DE TERRENO SIN EDIFICAR,CUBIERTA DEL SOTANO, DERECHA ENTRANDO,RESTO DE TERRENO SIN EDIFICAR,IZDA, PORTAL DE ENTRADA AL BLOQUE, Y ES PALDA, CON EL LOCAL COMERCIAL DE ESTA PLANTA A LA PARTE POSTERIOR DEL BLOQUE, CUOTA UN ENTERO POR CIENTO
REFERENCIA CATASTRAL: 017590INH5907N0004SS
A CORUÑA , a 8 de ABRIL de 2.008
EL/LA RECAUDADOR/A EJECUTIVO/A,
