viernes, 16 de mayo de 2008

Notificación

Nº de Disposición:
 
BOP-GRANADA:
87 
Fecha Disposición:
09/05/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
AYUNTAMIENTO DE GRANADA 
Categorias:
 

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B. O. E. 2825, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, que obran en la Sección de Infracciones de Tráfico del Ayuntamiento de Granada, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.

El Excmo. Sr. AlcaldePresidente (Por delegación de competencias, el concejal Delegado del Area de Movilidad y Comercio, efectuada por decreto del Excmo. Sr. Alcalde de fecha 01/10/2007 y publicado en B. O. P. el 06/11/2007), ha tenido a bien dictar el siguiente DECRETO:

"Examinado el expediente que se indica y vistas las actuaciones practicadas en los expedientes de su razón, resulta que, requeridos los titulares de los vehículos que se dicen, de conformidad con lo establecido en el artículo 72.3 del R. D. L. 339/1990, se ha identificado a la persona que se indica como presunto responsable de la infracción denunciada por Agente de la Policía Local.

Es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 75, en relación con los artículos 7 y 68 del R. D. L. 339/1990, DISPONGO:

PRIMERO: Incoar procedimiento sancionador contra el conductor del vehículo, que figura en el expediente, por el hecho denunciado que se indica. SEGUNDO: Nombro instructor del expediente al Jefe de la Sección de Infracciones (artículo 12 R. D. 320/1994), contra el que se podrá formular recusación de acuerdo con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, siendo la autoridad competente para sancionar el Excmo. Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Granada (artículo 68.2 del R. D. L. 339/1990).

TERCERO: Conceder al expedientado el plazo de quince días hábiles para la presentación de alegaciones, con aportación o proposición de las pruebas que considere oportunas (artículo 10 del R. D. 320/1994). Si no presenta alegaciones dentro del plazo indicado, el contenido de la presente notificación tendrá carácter de propuesta de resolución (artículo 13.2 R. D. 1398/1993 de 4 de agosto). B. O. E. 9/08/93).

CUARTO: Si abona la multa en el plazo de treinta días naturales desde el recibí de la presente, tiene una reducción del 30% sobre el importe de la misma. El abono de la multa implicará la renuncia a presentar alegaciones y la terminación del procedimiento, salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso o de la licencia de conducir (artículo 67.2 R. D. L. 339/1990 - en redacción dada por Ley 17/2005-).

QUINTO: Este expediente caducará al año desde su iniciación sin que hubiere recaido resolución sancionadora expresa, salvo que concurran causas de suspensión (artículo 81.2 R. D. L. 339/1990 - en redacción dada por Ley 17/2005-)."

Granada, 21 de abril de 2008.- El Alcalde, P. D* El Concejal Delegado del Area de Movilidad y Comercio, fdo.: José Manuel GarcíaNieto Garnica. *Delegación de competencias efectuada por Decreto del Excmo. Sr. Alcalde de fecha 18 de junio de 2007 y publicado en BOP el 29 de junio de 2007.

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