Ficha
Nº de Disposición:
BOPA:
106
Fecha Disposición:
16/04/2008
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E IGUALDAD
Habiéndose suscrito con fecha 12 de marzo de 2008 el Convenio de Colaboración entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, y el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras para la ejecución del proyecto Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los Convenios de Colaboración en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias,
Resuelvo
Publicar el mencionado Convenio como anexo a esta Resolución.
Lo que hace público para general conocimiento.
En Oviedo, a 16 de abril de 2008.La Consejera de Presidencia, Justicia e Igualdad.7.177.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ESPECÍFICO ENTRE EL INSTITUTO PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE LA MINERÍA DEL CARBÓN Y DESARROLLO ALTERNATIVO DE LAS COMARCAS MINERAS Y LA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y PORTAVOZ DEL GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO PARQUE MULTIAVENTURA RÍO CASTELLO, EN CANGAS DEL NARCEA
En la ciudad de Madrid, a 12 de marzo de 2008.
De una parte, el Sr. D. Ignasi Nieto Magaldi, Secretario General de Energía, nombrado por Real Decreto 1046/2006, de 15 de septiembre, en su calidad de Presidente del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, en el ejercicio de las competencias atribuidas en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999 de 13 de enero.
De otra, la Ilma. Sra. D.ª Ana Rosa Migoya Diego, Consejera de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno del Principado de Asturias, nombrada por Decreto del Presidente del Principado 15/2007, de 12 de julio.
Las partes se reconocen, en la representación que ostentan, capacidad para formalizar el presente Convenio de Colaboración específico para la ejecución del proyecto de Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea, en desarrollo del protocolo de colaboración suscrito el día 6 de mayo de 2006 entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Principado de Asturias, en adelante el protocolo de colaboración, y en virtud de las competencias que las partes se reconocen en el mismo, y a tal efecto,
Exponen
Que el proyecto Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea se encuentra recogido entre los que se han de ejecutar en el acta de la Comisión de Cooperación de fecha 11 de diciembre de 2006.
Que el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras dispone de los detalles del proyecto incluyendo la determinación del precio y la duración, y ha comprobado que la actuación dispone de todas las autorizaciones necesarias, y que, en consecuencia, es posible pasar a la fase de ejecución material.
Que la redacción del proyecto y otras asistencias técnicas no fueron abonadas por el Instituto, por lo que sí procede ahora su inclusión en el precio.
Que el proyecto consiste en la construcción de un edificio para albergar el centro de recepción de visitantes, así como el acondicionamiento de caminos interiores, vallado de los mismos y suministro de instalaciones básicas y saneamiento.
Que la actuación Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea, tiene el carácter de infraestructura como substrato del desarrollo socioeconómico alternativo a la minería del carbón.
Que la cláusula quinta del protocolo de colaboración prevé que en los Convenios de Colaboración específicos de ejecución material de las actuaciones, se determinarán las siguientes cuestiones:
El plazo de ejecución, el coste y la justificación de las acciones precisas para la realización de los proyectos.
El modo en que las aportaciones económicas serán satisfechas al órgano competente, teniendo en cuenta que el último párrafo del apartado 2 de la cláusula cuarta del protocolo de colaboración prevé que la secuencia de pagos establecida con carácter general, podrá ser modificada para adaptarse a los casos particulares que se presenten, pudiendo adaptarse, también los documentos requeridos para la justificación.
Cualquier otra cuestión que se estime conveniente para el mejor desarrollo del Convenio de Colaboración específico para la ejecución de Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea.
Que consideran conveniente proceder al desarrollo del protocolo de colaboración, y en concreto a la ejecución de Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea y, que para ello, establecen las siguientes
Cláusulas
Primera.Las partes se obligan a desarrollar las actuaciones necesaria para Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea, cuyo coste global asciende a dos millones trescientos ochenta y cuatro mil doscientos dieciocho euros con ochenta y dos céntimos (2.384.218,82 ).
Segunda.De acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera del protocolo de colaboración, el Instituto financiará en un 100,00% las actuaciones previstas en este Convenio de Colaboración específico con una aportación económica que no superará los dos millones trescientos ochenta y cuatro mil doscientos dieciocho euros con ochenta y dos céntimos (2.384.218,82 ).
La Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno del Principado de Asturias dedicará los fondos transferidos a financiar Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea, en la cuantía total de dos millones trescientos ochenta y cuatro mil doscientos dieciocho euros con ochenta y dos céntimos (2.384.218,82 ).
Los gastos derivados de la redacción del proyecto de detalle y otras asistencias técnicas, podrán incluirse. También son financiables los gastos derivados de las expropiaciones que resulten necesarias.
Los contratos para la ejecución de las actuaciones que tengan que realizarse se formalizarán conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas, o, en su caso, de conformidad con la legislación aplicable al órgano de contratación.
Las infraestructuras resultantes de las actuaciones establecidas en la cláusula primera serán de titularidad pública y se inscribirán en el correspondiente libro patrimonio de la comunidad autónoma o de la entidad local en cuyo territorio están situadas.
El Instituto se reserva la facultad de no financiar aquellas actuaciones de proyecto de desarrollo que considere no adecuadas a los fines del Convenio de Colaboración específico o cuya posterior ejecución no sea conforme al proyecto.
Si por razones de urgencia o necesidad Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea ya hubiera sido iniciada o incluso completada, en una fecha anterior en menos de dos años a la de firma del presente Convenio de Colaboración específico, las actuaciones ya desarrolladas tendrán plena validez a los efectos de este Convenio de Colaboración específico.
Tercera.
1. Las aportaciones se realizarán con cargo a los presupuestos del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras para el año 2008, aplicación presupuestaria 20.101.457M.751 o en su caso, a los de la anualidad correspondiente, con sujeción a la existencia de crédito y habilitación legal para ello.
2. El Instituto transferirá los fondos a la Consejería de Economía y Asuntos Europeos del modo siguiente:
2.1. El 25,00% del importe de Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea, en el año 2009, cuando se haya recibido la documentación correspondiente a la adjudicación de la obra objeto de la inversión.
2.2. El 50,00% del importe del citado proyecto en el año 2010, cuando se haya ejecutado la mitad o más de la obra, habiéndose recibido los documentos justificativos que lo acrediten o, en su caso, mediante certificación del órgano competente del empleo dado a los fondos.
2.3. El 25,00% restante en el año 2010, cuando se haya ejecutado la totalidad de la obra, habiéndose recibido los documentos justificativos que lo acrediten o, en su caso, mediante certificación del órgano competente del empleo dado a los fondos.
Junto con lo anterior, será preciso presentar una memoria de ejecución en la que se recoja el grado de cumplimiento alcanzado en relación con los objetivos que se persiguen para la promoción del desarrollo alternativo de las zonas mineras del carbón y un informe sucinto sobre el proyecto y su coste económico, empresa que lo ha realizado y el procedimiento empleado en su contratación, documentos a los que hace referencia la cláusula quinta del protocolo de colaboración.
Si la Comunidad Autónoma acredita la necesidad de realizar actuaciones evaluables económicamente con carácter previo a la adjudicación de la obra, se podrá anticipar su coste hasta un máximo del 10% de la financiación de este proyecto antes de la citada adjudicación. En este caso, se abonará el porcentaje restante hasta el 25% a la adjudicación de la obra.
3. Las modificaciones que superen la aportación económica fijada en la cláusula segunda de este Convenio de Colaboración específico para financiar las actuaciones previstas en ejecución del mismo se formalizarán, en su caso, mediante addenda, cumpliendo los trámites legalmente exigidos y previo informe de la Comisión de Cooperación prevista en el protocolo de colaboración.
Cuarta.De acuerdo con lo previsto en la cláusula sexta del protocolo de colaboración, en un lugar visible de la obra se instalará un cartel que contenga la leyenda Financiado por el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, el escudo de España, el escudo del Principado de Asturias, la leyenda Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la leyenda Gobierno del Principado de Asturias, la leyenda Plan Nacional de Reserva Estratégica de Carbón 2006-2012 y Nuevo Modelo de Desarrollo Integral y Sostenible de las Comarcas Mineras, firmado por los sindicatos FIA UGT y FMM CCOO y la Administración General del Estado, la identificación del objeto del proyecto y de su importe, tal como figura en el anexo, siendo posible su adaptación en tamaño y orientación, al caso concreto.
Asimismo, en cualquier otra publicidad que de Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea, se realice, tanto por la administración ejecutante del Convenio como por el adjudicatario del mismo, deberá incluirse los escudos y leyendas en la misma forma antes expuesta.
La Comunidad Autónoma deberá comunicar a la Presidencia del Instituto, la fecha en que serán inauguradas las obras o actuaciones que comprende el proyecto de Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea.
Quinta.El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo, el establecido en el título I de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En materia de interpretación, modificación y resolución en general de las cuestiones no contempladas en el citado protocolo de colaboración, se aplicarán las normas de Derecho Administrativo, cuando así sea necesario.
Sexta.La justificación de las actuaciones que se recogen en la cláusula primera deberá tener lugar antes del 31 diciembre del año 2010. No obstante, dicho plazo podrá ser ampliado por las entidades firmantes, previa petición de la Comisión de Cooperación prevista en el protocolo de colaboración, cuando alguna circunstancia sobrevenida así lo aconseje y formalizándose a tal efecto. En caso de que dicha ampliación de plazo supusiera modificación de la distribución del gasto en anualidades, será sometida a los preceptivos actos de fiscalización y aprobación.
Y en prueba de conformidad, firman los intervinientes en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento,
El Presidente del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, Ignasi Nieto Magaldi.
La Consejera de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, Ana Rosa Migoya Diego.
Anexo
Plan Nacional de Reserva Estratégica de Carbón 2006- 2012 y Nuevo Modelo de Desarrollo Integral y Sostenible de las Comarcas Mineras, firmado por los sindicatos FIA UGT y FMM CCOO y la Administración General del Estado
Proyecto: Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea.
Proyecto financiado por el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.
Importe: Dos millones trescientos ochenta y cuatro mil doscientos dieciocho euros con ochenta y dos céntimos (2.384.218,82 ).
Resuelvo
Publicar el mencionado Convenio como anexo a esta Resolución.
Lo que hace público para general conocimiento.
En Oviedo, a 16 de abril de 2008.La Consejera de Presidencia, Justicia e Igualdad.7.177.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ESPECÍFICO ENTRE EL INSTITUTO PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE LA MINERÍA DEL CARBÓN Y DESARROLLO ALTERNATIVO DE LAS COMARCAS MINERAS Y LA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y PORTAVOZ DEL GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO PARQUE MULTIAVENTURA RÍO CASTELLO, EN CANGAS DEL NARCEA
En la ciudad de Madrid, a 12 de marzo de 2008.
De una parte, el Sr. D. Ignasi Nieto Magaldi, Secretario General de Energía, nombrado por Real Decreto 1046/2006, de 15 de septiembre, en su calidad de Presidente del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, en el ejercicio de las competencias atribuidas en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999 de 13 de enero.
De otra, la Ilma. Sra. D.ª Ana Rosa Migoya Diego, Consejera de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno del Principado de Asturias, nombrada por Decreto del Presidente del Principado 15/2007, de 12 de julio.
Las partes se reconocen, en la representación que ostentan, capacidad para formalizar el presente Convenio de Colaboración específico para la ejecución del proyecto de Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea, en desarrollo del protocolo de colaboración suscrito el día 6 de mayo de 2006 entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Principado de Asturias, en adelante el protocolo de colaboración, y en virtud de las competencias que las partes se reconocen en el mismo, y a tal efecto,
Exponen
Que el proyecto Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea se encuentra recogido entre los que se han de ejecutar en el acta de la Comisión de Cooperación de fecha 11 de diciembre de 2006.
Que el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras dispone de los detalles del proyecto incluyendo la determinación del precio y la duración, y ha comprobado que la actuación dispone de todas las autorizaciones necesarias, y que, en consecuencia, es posible pasar a la fase de ejecución material.
Que la redacción del proyecto y otras asistencias técnicas no fueron abonadas por el Instituto, por lo que sí procede ahora su inclusión en el precio.
Que el proyecto consiste en la construcción de un edificio para albergar el centro de recepción de visitantes, así como el acondicionamiento de caminos interiores, vallado de los mismos y suministro de instalaciones básicas y saneamiento.
Que la actuación Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea, tiene el carácter de infraestructura como substrato del desarrollo socioeconómico alternativo a la minería del carbón.
Que la cláusula quinta del protocolo de colaboración prevé que en los Convenios de Colaboración específicos de ejecución material de las actuaciones, se determinarán las siguientes cuestiones:
El plazo de ejecución, el coste y la justificación de las acciones precisas para la realización de los proyectos.
El modo en que las aportaciones económicas serán satisfechas al órgano competente, teniendo en cuenta que el último párrafo del apartado 2 de la cláusula cuarta del protocolo de colaboración prevé que la secuencia de pagos establecida con carácter general, podrá ser modificada para adaptarse a los casos particulares que se presenten, pudiendo adaptarse, también los documentos requeridos para la justificación.
Cualquier otra cuestión que se estime conveniente para el mejor desarrollo del Convenio de Colaboración específico para la ejecución de Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea.
Que consideran conveniente proceder al desarrollo del protocolo de colaboración, y en concreto a la ejecución de Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea y, que para ello, establecen las siguientes
Cláusulas
Primera.Las partes se obligan a desarrollar las actuaciones necesaria para Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea, cuyo coste global asciende a dos millones trescientos ochenta y cuatro mil doscientos dieciocho euros con ochenta y dos céntimos (2.384.218,82 ).
Segunda.De acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera del protocolo de colaboración, el Instituto financiará en un 100,00% las actuaciones previstas en este Convenio de Colaboración específico con una aportación económica que no superará los dos millones trescientos ochenta y cuatro mil doscientos dieciocho euros con ochenta y dos céntimos (2.384.218,82 ).
La Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno del Principado de Asturias dedicará los fondos transferidos a financiar Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea, en la cuantía total de dos millones trescientos ochenta y cuatro mil doscientos dieciocho euros con ochenta y dos céntimos (2.384.218,82 ).
Los gastos derivados de la redacción del proyecto de detalle y otras asistencias técnicas, podrán incluirse. También son financiables los gastos derivados de las expropiaciones que resulten necesarias.
Los contratos para la ejecución de las actuaciones que tengan que realizarse se formalizarán conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas, o, en su caso, de conformidad con la legislación aplicable al órgano de contratación.
Las infraestructuras resultantes de las actuaciones establecidas en la cláusula primera serán de titularidad pública y se inscribirán en el correspondiente libro patrimonio de la comunidad autónoma o de la entidad local en cuyo territorio están situadas.
El Instituto se reserva la facultad de no financiar aquellas actuaciones de proyecto de desarrollo que considere no adecuadas a los fines del Convenio de Colaboración específico o cuya posterior ejecución no sea conforme al proyecto.
Si por razones de urgencia o necesidad Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea ya hubiera sido iniciada o incluso completada, en una fecha anterior en menos de dos años a la de firma del presente Convenio de Colaboración específico, las actuaciones ya desarrolladas tendrán plena validez a los efectos de este Convenio de Colaboración específico.
Tercera.
1. Las aportaciones se realizarán con cargo a los presupuestos del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras para el año 2008, aplicación presupuestaria 20.101.457M.751 o en su caso, a los de la anualidad correspondiente, con sujeción a la existencia de crédito y habilitación legal para ello.
2. El Instituto transferirá los fondos a la Consejería de Economía y Asuntos Europeos del modo siguiente:
2.1. El 25,00% del importe de Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea, en el año 2009, cuando se haya recibido la documentación correspondiente a la adjudicación de la obra objeto de la inversión.
2.2. El 50,00% del importe del citado proyecto en el año 2010, cuando se haya ejecutado la mitad o más de la obra, habiéndose recibido los documentos justificativos que lo acrediten o, en su caso, mediante certificación del órgano competente del empleo dado a los fondos.
2.3. El 25,00% restante en el año 2010, cuando se haya ejecutado la totalidad de la obra, habiéndose recibido los documentos justificativos que lo acrediten o, en su caso, mediante certificación del órgano competente del empleo dado a los fondos.
Junto con lo anterior, será preciso presentar una memoria de ejecución en la que se recoja el grado de cumplimiento alcanzado en relación con los objetivos que se persiguen para la promoción del desarrollo alternativo de las zonas mineras del carbón y un informe sucinto sobre el proyecto y su coste económico, empresa que lo ha realizado y el procedimiento empleado en su contratación, documentos a los que hace referencia la cláusula quinta del protocolo de colaboración.
Si la Comunidad Autónoma acredita la necesidad de realizar actuaciones evaluables económicamente con carácter previo a la adjudicación de la obra, se podrá anticipar su coste hasta un máximo del 10% de la financiación de este proyecto antes de la citada adjudicación. En este caso, se abonará el porcentaje restante hasta el 25% a la adjudicación de la obra.
3. Las modificaciones que superen la aportación económica fijada en la cláusula segunda de este Convenio de Colaboración específico para financiar las actuaciones previstas en ejecución del mismo se formalizarán, en su caso, mediante addenda, cumpliendo los trámites legalmente exigidos y previo informe de la Comisión de Cooperación prevista en el protocolo de colaboración.
Cuarta.De acuerdo con lo previsto en la cláusula sexta del protocolo de colaboración, en un lugar visible de la obra se instalará un cartel que contenga la leyenda Financiado por el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, el escudo de España, el escudo del Principado de Asturias, la leyenda Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la leyenda Gobierno del Principado de Asturias, la leyenda Plan Nacional de Reserva Estratégica de Carbón 2006-2012 y Nuevo Modelo de Desarrollo Integral y Sostenible de las Comarcas Mineras, firmado por los sindicatos FIA UGT y FMM CCOO y la Administración General del Estado, la identificación del objeto del proyecto y de su importe, tal como figura en el anexo, siendo posible su adaptación en tamaño y orientación, al caso concreto.
Asimismo, en cualquier otra publicidad que de Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea, se realice, tanto por la administración ejecutante del Convenio como por el adjudicatario del mismo, deberá incluirse los escudos y leyendas en la misma forma antes expuesta.
La Comunidad Autónoma deberá comunicar a la Presidencia del Instituto, la fecha en que serán inauguradas las obras o actuaciones que comprende el proyecto de Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea.
Quinta.El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo, el establecido en el título I de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En materia de interpretación, modificación y resolución en general de las cuestiones no contempladas en el citado protocolo de colaboración, se aplicarán las normas de Derecho Administrativo, cuando así sea necesario.
Sexta.La justificación de las actuaciones que se recogen en la cláusula primera deberá tener lugar antes del 31 diciembre del año 2010. No obstante, dicho plazo podrá ser ampliado por las entidades firmantes, previa petición de la Comisión de Cooperación prevista en el protocolo de colaboración, cuando alguna circunstancia sobrevenida así lo aconseje y formalizándose a tal efecto. En caso de que dicha ampliación de plazo supusiera modificación de la distribución del gasto en anualidades, será sometida a los preceptivos actos de fiscalización y aprobación.
Y en prueba de conformidad, firman los intervinientes en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento,
El Presidente del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, Ignasi Nieto Magaldi.
La Consejera de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, Ana Rosa Migoya Diego.
Anexo
Plan Nacional de Reserva Estratégica de Carbón 2006- 2012 y Nuevo Modelo de Desarrollo Integral y Sostenible de las Comarcas Mineras, firmado por los sindicatos FIA UGT y FMM CCOO y la Administración General del Estado
Proyecto: Parque Multiaventura Río Castello, en Cangas del Narcea.
Proyecto financiado por el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.
Importe: Dos millones trescientos ochenta y cuatro mil doscientos dieciocho euros con ochenta y dos céntimos (2.384.218,82 ).

