Ficha
Nº de Disposición:
260020080002447(01052
BOR:
65
Fecha Disposición:
15/05/2008
Órgano Emisor:
DELEGACION DEL GOBIERNO EN LA RIOJA
Categorias:
De conformidad con lo dispuesto por el Art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14), y para que sirva de notificación a Yans Carla Sarmiento, N.I.E. X09547123F, en paradero desconocido, se hace público que esta Delegación del Gobierno ha dictado resolución, en fecha 28/03/2008, por la que se sanciona con multa de 301 euros, por la comisión de una infracción prevista en el articulo 53.a) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero (B.O.E. nº 10, del día 12), sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Para el abono de la sanción impuesta, una vez que la presente resolución sea firme en vía administrativa, recibirá una notificación de la Delegación de Economía y Hacienda informándole de dónde y en qué plazo debe efectuar el pago de la misma.
Contra la mencionada resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño o ante aquel en cuya circunscripción tenga el/la interesado/a su domicilio, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación, o potestativamente recurso de reposición ante esta Delegación del Gobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, en cuyo caso no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.
Advertencia: En aplicación de lo dispuesto por el Art. 28.3 c), inciso final, de la Ley Orgánica 4/2000, antes citada, y por el Art. 158.1, inciso primero, de su Reglamento de Ejecución, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre (BOE nº 6, de 7/01/2005), se informa al interesado de su obligación legal de abandonar el territorio español en el plazo de 15 días a partir del siguiente al de la notificación de la presente resolución, al carecer de autorización para permanecer en España, advirtiéndole que el incumplimiento de dicha obligación podría ser causa de infracción a la expresada Ley Orgánica, conforme a lo establecido por el Art. 53 a) de la misma, y, por lo tanto, dar lugar a la tramitación del correspondiente procedimiento, en el que podría acordarse la sanción de expulsión del territorio español con la consiguiente prohibición de entrada durante un periodo de tres a diez años.
Por otra parte, se encuentra a su disposición el expediente referido, a fin de que pueda conocer su contenido íntegro, en la sede de este Centro, sito en C/Pérez Galdós, nº 29, de esta Capital (Art. 61 Ley 30/1992, citada).
Logroño, 28 de abril de 2008.- El Delegado del Gobierno, José Antonio Ulecia Rodríguez.
Para el abono de la sanción impuesta, una vez que la presente resolución sea firme en vía administrativa, recibirá una notificación de la Delegación de Economía y Hacienda informándole de dónde y en qué plazo debe efectuar el pago de la misma.
Contra la mencionada resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño o ante aquel en cuya circunscripción tenga el/la interesado/a su domicilio, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación, o potestativamente recurso de reposición ante esta Delegación del Gobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, en cuyo caso no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.
Advertencia: En aplicación de lo dispuesto por el Art. 28.3 c), inciso final, de la Ley Orgánica 4/2000, antes citada, y por el Art. 158.1, inciso primero, de su Reglamento de Ejecución, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre (BOE nº 6, de 7/01/2005), se informa al interesado de su obligación legal de abandonar el territorio español en el plazo de 15 días a partir del siguiente al de la notificación de la presente resolución, al carecer de autorización para permanecer en España, advirtiéndole que el incumplimiento de dicha obligación podría ser causa de infracción a la expresada Ley Orgánica, conforme a lo establecido por el Art. 53 a) de la misma, y, por lo tanto, dar lugar a la tramitación del correspondiente procedimiento, en el que podría acordarse la sanción de expulsión del territorio español con la consiguiente prohibición de entrada durante un periodo de tres a diez años.
Por otra parte, se encuentra a su disposición el expediente referido, a fin de que pueda conocer su contenido íntegro, en la sede de este Centro, sito en C/Pérez Galdós, nº 29, de esta Capital (Art. 61 Ley 30/1992, citada).
Logroño, 28 de abril de 2008.- El Delegado del Gobierno, José Antonio Ulecia Rodríguez.

