Ficha
Nº de Disposición:
DOCM:
58
Fecha Disposición:
15/05/2008
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE INDUSTRIA Y SOCIEDAD DE LA INFORMACION
Categorias:
Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de Industria y Sociedad de la Información para la autorización administrativa del proyecto de la siguiente instalación eléctrica en régimen especial:
Referencia: 2703/595 (ref. Delegación: 16210201560 16240204896 16240204897 a 16240204906 16270200416/01 a 16270200416/16).
Peticionario: D. Gabriel Cuartero Cejalvo en nombre y representación de Solaer, S. L., con domicilio a efectos de notificaciones en C/Sol, 6, 16200 Motilla del Palancar (Cuenca).
Ubicación: Polígono 30, Parcela 304 Villanueva de la Jara (Cuenca),
Características: La conexión se realizará entre los apoyos 8317 a 8320 de la LAMT 20 kV licenciado de la ST Olmedilla mediante línea subterránea de media tensión doble de 5 m desde el apoyo de entronque hasta centro de seccionamiento telemandado y transformación de 50 kVA para alimentación de los servicios auxiliares, de este centro partirá línea subterránea de media tensión que lo une con centro de protección, medida y reparto del huerto solar de una longitud de 145 m, de este centro partirá una red subterránea de medai tensión que lo une con los diez centros de transformación intemperie sobre apoyo de una potencia de 100 kVA cada uno mediante conductores HEPRZ1 3 x (1 x 95 mm2) Al y una longitud total de 145 m y siendo el propietario de estas instalaciones comunes de media tensión la empresa peticionaria, estas instalaciones se interconectarán con cuatro instalaciones solares fotovoltaicas de 100 kWn cada una y doce de 50 kWn constituyendo el conjunto de las instalaciones descritas un huerto solar de 1.000 kWn.
Finalidad: Producción de energía eléctrica por generación fotovoltaica en régimen especial, transformación a media tensión y evacuación a la red de distribución.
Antecedentes de hecho:
Primero: Con fecha 10/05/07 la empresa promotora, solicitó en la Delegación de Industria y Tecnología en Cuenca la autorización administrativa del proyecto de la instalación arriba indicada, aportando la documentación prevista en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Segundo: La solicitud fue sometida a información pública, insertándose el correspondiente anuncio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, de fecha 18/03/08. Durante el período de información pública no se han recibido alegaciones.
Tercero: La Delegación Provincial de Industria y Sociedad de la Información, cumplió con los trámites establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y elaboró informe favorable para su autorización administrativa con fecha 15 de abril de 2008.
A estos antecedentes de hecho son aplicables los siguientes Fundamentos de derecho: Primero: Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es el órgano competente para la autorización administrativa y aprobación de proyecto de instalaciones eléctricas de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en Decreto 80/2007, de 19 de junio.
Cumplidos los trámites reglamentarios y analizada la documentación presentada,
Vistos el Decreto 132/2007, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Industria y Sociedad de la Información; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y el Decreto 80/2007, de 19 de junio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de inspección y revisión; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 445/1985, de 23 de enero, modificado por el Real Decreto 378/1995, de 10 de marzo, por el que se establece el traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de industria y energía; la Ley 3/1984, de 25 de abril, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración; y demás legislación concordante de aplicación.
En su virtud Resuelvo: autorizar administrativamente las instalaciones eléctricas de referencia, con las características indicadas.
Se cumplirán con total rigor los condicionantes medioambientales establecidos por el Órgano Ambiental competente.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria y Sociedad de la Información, de acuerdo con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con el art. 115 de dicha norma legal.
Toledo, 24 de abril de 2008 El Director General de Industria, Energía y Minas
BENITO MONTIEL MORENO
Referencia: 2703/595 (ref. Delegación: 16210201560 16240204896 16240204897 a 16240204906 16270200416/01 a 16270200416/16).
Peticionario: D. Gabriel Cuartero Cejalvo en nombre y representación de Solaer, S. L., con domicilio a efectos de notificaciones en C/Sol, 6, 16200 Motilla del Palancar (Cuenca).
Ubicación: Polígono 30, Parcela 304 Villanueva de la Jara (Cuenca),
Características: La conexión se realizará entre los apoyos 8317 a 8320 de la LAMT 20 kV licenciado de la ST Olmedilla mediante línea subterránea de media tensión doble de 5 m desde el apoyo de entronque hasta centro de seccionamiento telemandado y transformación de 50 kVA para alimentación de los servicios auxiliares, de este centro partirá línea subterránea de media tensión que lo une con centro de protección, medida y reparto del huerto solar de una longitud de 145 m, de este centro partirá una red subterránea de medai tensión que lo une con los diez centros de transformación intemperie sobre apoyo de una potencia de 100 kVA cada uno mediante conductores HEPRZ1 3 x (1 x 95 mm2) Al y una longitud total de 145 m y siendo el propietario de estas instalaciones comunes de media tensión la empresa peticionaria, estas instalaciones se interconectarán con cuatro instalaciones solares fotovoltaicas de 100 kWn cada una y doce de 50 kWn constituyendo el conjunto de las instalaciones descritas un huerto solar de 1.000 kWn.
Finalidad: Producción de energía eléctrica por generación fotovoltaica en régimen especial, transformación a media tensión y evacuación a la red de distribución.
Antecedentes de hecho:
Primero: Con fecha 10/05/07 la empresa promotora, solicitó en la Delegación de Industria y Tecnología en Cuenca la autorización administrativa del proyecto de la instalación arriba indicada, aportando la documentación prevista en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Segundo: La solicitud fue sometida a información pública, insertándose el correspondiente anuncio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, de fecha 18/03/08. Durante el período de información pública no se han recibido alegaciones.
Tercero: La Delegación Provincial de Industria y Sociedad de la Información, cumplió con los trámites establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y elaboró informe favorable para su autorización administrativa con fecha 15 de abril de 2008.
A estos antecedentes de hecho son aplicables los siguientes Fundamentos de derecho: Primero: Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es el órgano competente para la autorización administrativa y aprobación de proyecto de instalaciones eléctricas de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en Decreto 80/2007, de 19 de junio.
Cumplidos los trámites reglamentarios y analizada la documentación presentada,
Vistos el Decreto 132/2007, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Industria y Sociedad de la Información; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y el Decreto 80/2007, de 19 de junio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de inspección y revisión; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 445/1985, de 23 de enero, modificado por el Real Decreto 378/1995, de 10 de marzo, por el que se establece el traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de industria y energía; la Ley 3/1984, de 25 de abril, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración; y demás legislación concordante de aplicación.
En su virtud Resuelvo: autorizar administrativamente las instalaciones eléctricas de referencia, con las características indicadas.
Se cumplirán con total rigor los condicionantes medioambientales establecidos por el Órgano Ambiental competente.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria y Sociedad de la Información, de acuerdo con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con el art. 115 de dicha norma legal.
Toledo, 24 de abril de 2008 El Director General de Industria, Energía y Minas
BENITO MONTIEL MORENO

