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Anteproyecto de Ley de modificación del régimen legal de la competencia desleal

Autora: Lilian Issa. Abogada Derecho.com

El Consejo de Ministros aprobó el 29 de agosto de 2008, el Anteproyecto de Ley por el que se modifica el régimen legal de la competencia desleal. La finalidad por la que se ha propuesto la aprobación de una nueva normativa reguladora de la competencia desleal es la de incrementar la seguridad jurídica de los consumidores y usuarios ya establecida en la Directiva europea 2005/29 relativa a las prácticas comerciales desleales.

La propuesta del Anteproyecto de Ley de competencia desleal fue realizada por los Ministerios de Sanidad y Consumo, Justicia, Economía y Hacienda e Industria, Turismo y Comercio y supondría, de ser aprobada la norma finalmente, la introducción de modificaciones a la Ley de defensa de los consumidores y usuarios, la Ley reguladora de la competencia desleal, la Ley de publicidad y la de ordenación del comercio minorista.

El Anteproyecto de Ley pretende dar seguridad jurídica no sólo a los consumidores y usuarios de productos y servicios, sino también a empresas que deben competir frente a otras cuyas prácticas son contrarias a la buena fe.

El texto del Anteproyecto de Ley por el que se modifica el régimen legal de la competencia desleal identifica las siguientes prácticas engañosas, desleales y agresivas siguientes:

– Ocultar información a los consumidores y usuarios con la finalidad de que los mismos adopten un comportamiento económico favorable para aquellas empresas que realizan prácticas contrarias a la buena fe.

– Exigir a los consumidores que decidan inmediatamente sobre la posibilidad de contratación de un producto o servicio supeditando la oferta a un tiempo limitado que no sea cierto.

– Facilitar información ambigua que pueda inducir a error al consumidor o usuario de un producto o servicio.

– Informar sobre los derechos de los consumidores y usuarios como si dichos derechos fueran otorgados por el propio empresario dentro de la oferta del producto o servicio que éste comercialice.

A parte de estas prácticas que se considerarían engañosas o desleales según el Anteproyecto de Ley por el que se modificaría el régimen legal de la competencia desleal, podríamos encontrar otras prácticas engañosas cuya finalidad última sería la captación de clientes mediante prácticas agresivas consistentes en utilizar la información de la que disponen para inducir a error a los consumidores y usuarios de los productos o servicios.
En cualquier caso, el Anteproyecto de Ley también prevé una serie de acciones para combatir las prácticas desleales y engañosas entre las que se encontrarían las acciones de cesación del acto que da lugar a la práctica desleal y las de resarcimiento de daños, que podrían ser ejercitadas tanto por los propios afectados como por las autoridades competentes.

El Anteproyecto de Ley también prevé algunas obligaciones para las Administraciones Públicas que deberán promover lo que se denomina en el texto del Anteproyecto “códigos de conducta???. Estos códigos de conducta deberán promoverse conjuntamente entre las organizaciones empresariales y profesionales y las organizaciones de consumidores y usuarios con la finalidad de poder controlar en mayor medida las prácticas publicitarias engañosas para aumentar el nivel de protección de los consumidores y usuarios destinatarios de tal información.

Por tanto, nos encontramos ante un Anteproyecto de Ley que, de acabar con la aprobación de una nueva normativa en materia de competencia desleal, regularía de una manera más estricta las prácticas engañosas que actualmente están sufriendo los consumidores y usuarios y que repercuten de manera muy significativa sobre aquellas empresas que no realizan este tipo de prácticas. Asimismo, la aprobación definitiva de una Ley que modifique el régimen legal de la competencia desleal modificaría otras normas reguladoras de la publicidad y de los derechos de los consumidores y usuarios, entre otras.