Se tramita en este Organismo modificación de características del aprovechamiento de aguas subterráneas n.º 8134 inscrito en el Registro de Aguas (Sección A, Tomo 9, Hoja 1705). Dicho aprovechamiento cuenta actualmente con un volumen reconocido de 473.093 m³/año para regadío de 119,54 ha a extraer de dos sondeos.
La petición solicitada consiste en dar de baja la parcela 30 del polígono 217, la parcela 101 del polígono 218 y la parcela 256 del polígono 219, del t.m. de Jumilla, con un total de 3,6681 ha, y dar de alta la parcela 18 del polígono 218 del t.m. de Jumilla, con un total de 3,6681 ha. El resto de características del aprovechamiento no serían modificadas.
Las características propuestas son las siguientes:
Titular: Finca Omblancas, S.A.
Corriente o acuífero: 136-Cingla-Cuchillo
Lugar de la toma: Omblancas-Portichuelo
Término municipal: Jumilla (Murcia)
Volumen máximo anual: 473.093 m³/año.
Superficie: 119,54 ha.
Dotación: 3.958 m³/ha/año.
Caudal instantáneo: 110 l/s.
Caudal medio equivalente: 15,002 l/s.
Plazo concesional: 50 años a partir del 1 de enero de 1986
Características de los sondeos:
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Denominación |
Profundidad (m) |
Diámetro (mm) |
Potencia instalada (CV) |
UTM (ETRS-89) |
Caudal (l/s) |
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Sondeo 1 |
129 |
400 |
22 |
644012; 4262558 |
60 |
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Sondeo 2 |
290 |
500 |
254 |
643045; 4263331 |
50 |
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 109 y 144.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de UN MES contado a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y en el portal de internet de este Organismo, puedan presentar alegaciones los que tengan la condición de interesados. La documentación técnica del expediente podrá ser consultada en el siguiente enlace:
https://www.chsegura.es/es/ciudadano/informacion-publica/general/
Las alegaciones, citando la referencia APM-0032/2024 y dirigidas a la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., podrán presentarse en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Debe tenerse en cuenta que los sujetos enumerados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.
Murcia, 10 de noviembre de 2025.- La Comisaria de Aguas, Ana María Arenas López.