Advertido error en el Real Decreto 999/2025, de 5 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1012/2015, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, y por el que se modifica el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 267, de 6 de noviembre de 2025, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En la página 145470, apartado III, segundo párrafo, en la séptima línea, donde dice: «… los requerimientos de capital que posteriormente se evite la dispersión en aras de la simplificación. utilizarán en los procedimientos de…», debe decir: «… los requerimientos de capital que posteriormente se utilizarán en los procedimientos de…».