Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4952-2017, en relación con el apartado b) de la disposición adicional segunda de la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.

Nº de Disposición: BOE-A-2017-13357|Boletín Oficial: 283|Fecha Disposición: 2017-11-14|Fecha Publicación: 2017-11-21|Órgano Emisor: Tribunal Constitucional

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia 14 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4952-2017, planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con sede en Zaragoza, en el procedimiento ordinario núm. 219-2014, en relación con el apartado b) de la disposición adicional segunda de la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento ordinario núm. 219-2014, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de noviembre de 2017.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.