Cuestión de inconstitucionalidad n.º 5907-2017, en relación con el artículo 9.a de la Ley 9/2008, de 4 de diciembre, de Castilla-La Mancha, de medidas en materia de tributos cedidos, por posible vulneración de los artículos 14 y 31.1 de la CE.

Nº de Disposición: BOE-A-2018-552|Boletín Oficial: 15|Fecha Disposición: 2018-01-10|Fecha Publicación: 2018-01-17|Órgano Emisor: Tribunal Constitucional

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 10 de enero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5907-2017 planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el procedimiento ordinario núm. 347-2016, en relación con el artículo 9.a de la Ley 9/2008, de 4 de diciembre, de Castilla-La Mancha, de medidas en materia de tributos cedidos, por posible vulneración de los artículos 14 y 31.1 de la C.E., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento ordinario núm. 347-2016, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de enero de 2018.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.