Extracto de la Resolución de 4 de junio, de la Secretaría de Estado de Agricultura y Alimentación, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones destinadas a la organización del programa Cultiva, relativo a estancias formativas de jóvenes agricultores.

Nº de Disposición: BOE-B-2026-19387|Boletín Oficial: 140|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2026-06-09|Órgano Emisor: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

BDNS(Identif.):910227

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/910227)

Primero. Beneficiarios:

Las entidades representativas y vinculadas con los sectores agrícola y ganadero previstas en el artículo 2 de las bases reguladoras de estas subvenciones, que cumplan los requisitos previstos en sus artículos 4, 5 y 6 y los criterios de valoración previstos en su artículo 11.

Segundo. Finalidad:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2026, destinadas a la organización del programa CULTIVA relativo a estancias formativas de jóvenes profesionales de la agricultura y la ganadería en explotaciones modelo.

Tercero. Bases reguladoras:

El Real Decreto 425/2021, de 15 de junio, modificado por el Real Decreto 607/2023, de 11 de julio, el Real Decreto 921/2024, de 17 de septiembre, el Real Decreto 1039/2025, de 19 de noviembre, y por el Real Decreto 393/2026, de 13 de mayo, establece las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la organización del Programa CULTIVA, relativo a estancias formativas de jóvenes agricultores y agricultoras en explotaciones modelo.

Cuarto. Cuantía:

El importe máximo total en la presente convocatoria es de 1.200.000,00 euros, que podrá ser ampliable condicionado a la existencia de crédito adicional y al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 58 del Reglamento general de subvenciones".

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de junio de 2026.- La Secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación. P.D. Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre (BOE de 2 de enero de 2025), la Directora General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, Isabel Bombal Díaz.