Extracto de Resolución de 5 de septiembre de 2018, del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Minera, O.A., por la que se convocan, para el ejercicio 2018, las ayudas destinadas específicamente a cubrir las pérdidas de la producción corriente de unidades de producción incluidas en el Plan de Cierre del Reino de España para la minería del carbón no competitiva.

Nº de Disposición: BOE-B-2018-45806|Boletín Oficial: 232|Fecha Disposición: 0000-00-00|Fecha Publicación: 2018-09-25|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica

BDNS(Identif.):415946

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Empresas mineras del carbón con unidades de producción por minería subterránea incluidas en el Plan de Cierre del Reino de España y recogidas en el anexo de la base reguladora, siempre que haya pérdidas de la producción corriente y se cumplan todas y cada una de las condiciones establecidas en el artículo 3 de la Decisión 2010/787/UE del Consejo, de 10 de diciembre, relativa a las ayudas estatales destinadas a facilitar el cierre de minas no competitivas. Las unidades de producción deberán haber estado en actividad a 31 de diciembre de 2009.

Segundo. Objeto.

Las ayudas estarán dirigidas a cubrir, total o parcialmente, las pérdidas de la producción corriente de empresas mineras para el ejercicio carbonero 2018, con unidades de producción por minería subterránea inscritas en el Plan de Cierre, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.1 de la citada Decisión.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden IET/2095/2013, de 12 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para los ejercicios 2013 a 2018 destinadas específicamente a cubrir las pérdidas de la producción corriente de unidades de producción incluidas en el Plan de Cierre del Reino de España para la minería de carbón no competitiva («Boletín Oficial del Estado» núm. 273 de 14 de noviembre), modificada parcialmente por la Orden IET/1662/2016, de 13 de octubre, («Boletín Oficial del Estado» núm. 250 de 15 de octubre).

Cuarto. Importe.

El importe máximo destinado a financiar esta convocatoria es de 626.285,00 euros para las empresas públicas (partida 20.101.423N.441) y de 5.089.745,00 euros para las privadas (partida 20.101.423N.471), por un total de 5.716.030,00 euros. Dado que la parte de la ayuda, correspondiente a los meses de noviembre y diciembre de 2018, no podrá ser abonada durante el ejercicio 2018 con el presupuesto de tal año, es preciso efectuar una distribución plurianual del presupuesto mencionado, de forma que el de las empresas públicas se reparte en 521.904,17 euros en 2018 y 104.380,83 euros en 2019, mientras que el de las privadas se desglosa en 4.241.454,17 euros en 2018 y 848.290,83 euros en 2019.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Quince días hábiles contados a partir desde el día siguiente a la fecha de la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexto. Otros datos.

La solicitud deberá presentarse junto a los requisitos enumerados en el artículo 7 de la base reguladora, así como la estimación del coste de producción previsible y del ingreso previsible para el actual ejercicio carbonero a efecto de lo previsto en el artículo 1.2 de la citada base reguladora.

Madrid, 5 de septiembre de 2018.- El Presidente del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas mineras, José Domínguez Abascal.