Resolución de 10 de octubre de 2017, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid y el Instituto de Salud Carlos III, para la organización del encuentro "Nuevas formas de difusión de la investigación en salud: más allá de las publicaciones científicas clásicas".

Nº de Disposición: BOE-A-2017-12020|Boletín Oficial: 253|Fecha Disposición: 2017-10-10|Fecha Publicación: 2017-10-20|Órgano Emisor: Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales

El Director de la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid y el Director del Instituto de Salud Carlos III, han suscrito, con fecha 21 de junio de 2017, un Convenio de colaboración para la organización del encuentro «Nuevas formas de difusión de la investigación en salud: más allá de las publicaciones científicas clásicas (RRI)».

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del referido Convenio, como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 10 de octubre de 2017.–El Subsecretario de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, José María Jover Gómez-Ferrer.

ANEXO

Convenio de colaboración entre la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid y el Instituto de Salud Carlos III, para la organización del Encuentro «Nuevas formas de difusión de la investigación en salud: más allá de las publicaciones científicas clásicas (RRI)»

En Madrid, a 21 de junio de 2017

REUNIDOS

De una parte, don Ricardo García Herrera, como Director de la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, con domicilio en la calle Doctor Severo Ochoa, 7, Ciudad Universitaria, 28040 Madrid, y con CIF G79485082, en virtud de escritura de poder otorgada ante notario de Madrid, don Javier de Lucas y Cadenas, el 14 de diciembre de 2015, con número de protocolo 4.467.

Y de otra don Jesús Fernández Crespo, como Director del Instituto de Salud Carlos III, NIF: Q-2827015-E, organismo público de investigación adscrito al Ministerio de Economía y Competitividad a través de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, nombrado por Real Decreto 169/2015, de 6 de marzo (BOE n.º 57, de 7/3/2015), actuando en nombre y representación del mencionado Instituto de Salud Carlos III, con domicilio en la calle Sinesio Delgado, número 6, de Madrid y en ejercicio de las competencias atribuidas por el art. 11 del Real Decreto 375/2001 por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III, modificado mediante los Reales Decretos 590/2005, de 20 de mayo; 246/2009, de 27 de febrero; 1672/2009, de 6 de noviembre; 200/2012 de 23 de enero y 622/2014, de 18 de julio.

Ambas partes se reconocen con capacidad legal suficiente para firmar el presente convenio de colaboración y

EXPONEN

1. Que la misión del Instituto de Salud Carlos III (en adelante ISCIII), según su Estatuto es desarrollar y ofrecer servicios científicos-técnicos e investigación de la más alta calidad, dirigidos al Sistema Nacional de Salud y al conjunto de la sociedad.

2. El ISCIII, como organismo proveedor y asesor en materia de formación y educación sanitaria ofrecerá la formación perfeccionamiento y especialización del personal en el campo de la salud, de la administración y gestión sanitaria, así como el desarrollo de disciplinas metodológicas, ciencias sociales y económicas aplicadas a la salud.

3. Que la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, (en adelante FGUCM) tiene la misión fundamental de cooperar al cumplimiento de los fines de la Universidad Complutense, contribuyendo para ello al mejoramiento de sus prestaciones de transmisión de saberes, investigación y de formación humana integral. Dentro del espíritu de lo establecido anteriormente promoverá la celebración de jornadas, cursos, conferencias o reuniones para el tratamiento de temas determinados

En su virtud, ambas partes, desean celebrar el presente convenio en nombre de las respectivas entidades y a tal efecto, acuerdan:

ESTIPULACIONES

1. Objeto

El objeto del presente convenio es establecer el cauce de colaboración entre la FGUCM y el ISCIII para la organización y desarrollo, durante la vigésimo octava edición, de los Cursos de Verano de El Escorial de la Universidad Complutense de Madrid, de un Encuentro sobre «Nuevas formas de difusión de la investigación en salud: más allá de las publicaciones científicas clásicas (RRI)», a celebrar dentro del marco de los Cursos de Verano de El Escorial, los días 13 y 14 de julio de 2017.

2. Obligaciones de las partes

1. El ISCIII se obliga a:

– Diseñar y elaborar el programa del Encuentro.

– Realizar el diseño académico del Encuentro.

– Designar al director del Encuentro.

– Designar a los profesores participantes en el mismo.

– Participar en la financiación del referido curso, según el presupuesto que se adjunta, con un máximo de 17.120,00 € (diez y siete mil ciento veinte euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 27.107.465A.456.

– El ISCIII podrá, si lo estima oportuno, realizar publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del curso, previa comunicación a la Universidad. En dichas ediciones deberá constar el nombre y el escudo de la Universidad Complutense de Madrid, así como el logotipo de Banco Santander, como patrocinador oficial de Los Cursos de Verano.

Ambas Instituciones cooperarán en la elección de los asistentes.

2. La FGUCM se obliga a:

– Gestionar el Pago de honorarios del director, conferenciantes y participantes de las mesas redondas del curso.

– Gestionar el alojamiento y manutención de los participantes que deban desplazarse para impartir el curso.

– Gestionar los gastos de viaje de los participantes que deban desplazarse para impartir el curso.

– Difundir en los medios de comunicación social la celebración del curso, haciéndose constar convenientemente la colaboración del ISCIII.

– Gestionar la relación con los corresponsales informativos que los medios de comunicación destaquen para el seguimiento de las actividades.

– Editar y distribuir el programa del curso.

– Gestionar las matrículas de los alumnos participantes, y seleccionar a los mismos conjuntamente con el ISCIII.

– El ISCIII dispondrá hasta un máximo de 10 plazas de invitados, sin alojamiento, para asistir al curso objeto de este Convenio. Estas plazas podrán ser disfrutadas por las personas que el ISCIII designe y comunique formalmente a la FGUCM.

– Organizar, en su caso, los actos de inauguración y clausura.

– Recopilar y reproduccir la documentación del curso.

– Aportar los medios técnicos e infraestructura necesarios para la realización del curso.

– Realizar cuantas otras actividades sean necesarias o convenientes para la celebración del curso.

– Facilitar al ISCIII, el resultado del cuestionario de evaluación, antes de la finalización del convenio.

– Las aportaciones de la FGUCM están valoradas en 12.400,00 €.

3. Comisión de seguimiento

Para el control del desarrollo e interpretación del presente convenio se constituirá una comisión de seguimiento, paritaria, compuesta por dos representantes del ISCIII, nombrados por su Director, uno de los cuales actuará como Presidente y dos representantes de la FGUCM.

La Comisión dispondrá además de un Secretario, designado por el Director del ISCIII de entre su personal funcionario, que actuará con voz pero sin voto.

Las decisiones de la Comisión se tomarán por consenso y, cuando éste no sea posible, por mayoría absoluta, disponiendo el Presidente de voto de calidad. Los acuerdos adoptados por la Comisión en el marco de sus funciones se reflejarán en actas suscritas por todos los miembros.

4. Forma de justificación y pago

El ISCIII, transferirá la cantidad señalada en la estipulación 2.ª 1 a la FGUCM a la cuenta n.º ES38-0049-2196-02-2914438611, de Banco Santander, en dos plazos:

El 50% una vez editados los programas y seleccionados los participantes y los asistentes al curso, una vez justificados los gastos y previo certificado de conformidad de la persona responsable de la Subdirección General de Redes y Centros de Investigación Cooperativa del ISCIII.

El 50% restante, se abonará una vez concluido el curso, una vez justificados los gastos y previo certificado de conformidad de la persona responsable de la Subdirección General de Redes y Centros de Investigación Cooperativa del ISCIII.

5. Vigencia

El presente convenio extenderá su vigencia desde el día de su firma hasta el 30 de noviembre de 2017.

6. Jurisdicción

El presente convenio se regulará por mutuo acuerdo entre las partes. Las dudas y controversias que surjan con motivo de su interpretación y aplicación que no puedan ser resueltas de forma amigable por la comisión de seguimiento mencionada en la estipulación tercera, se resolverán de conformidad con las normas reconocidas por el Derecho y ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

7. Naturaleza jurídica

El presente convenio queda sujeto al Capítulo VI del Título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

8. Causas de extinción

El presente convenio se extinguirá por cumplimiento del mismo o por resolución.

Serán motivo de resolución:

– El mutuo acuerdo.

– La imposibilidad sobrevenida de cumplimiento.

– La denuncia del convenio, mediante comunicación escrita a la contraparte con al menos 2 meses de antelación a la fecha en que se desee la terminación, con el compromiso de las partes de finalizar el desarrollo de las acciones ya iniciadas en el momento de la notificación de la denuncia.

– El incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones del convenio. el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contenidas en el mismo por alguna de una de las partes. El eventual incumplimiento dará lugar al reintegro total o parcial de las cantidades correspondientes a las actividades pendientes de realizar.

En caso de desistimiento unilateral, las partes se obligarán a finalizar las actividades que estuvieren en curso.

Las partes se comprometen a cumplir y seguir este convenio según el espíritu que lo ha hecho posible y, en prueba de conformidad y a su solo efecto se firma en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Director de la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, Ricardo García Herrera.–El Director del Instituto de Salud Carlos III, Jesús Fernández Crespo.