Resolución de 11 de octubre de 2018, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 2/2018, de 28 de junio, de Puertos y Transporte Marítimo del País Vasco.

Nº de Disposición: BOE-A-2018-14460|Boletín Oficial: 255|Fecha Disposición: 2018-10-11|Fecha Publicación: 2018-10-22|Órgano Emisor: Ministerio de Política Territorial y Función Pública

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,

Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 11 de octubre de 2018.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, María de los Llanos Castellanos Garijo.

ANEXO

Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 2/2018, de 28 de junio, de Puertos y Transporte Marítimo del País Vasco

Ley 2/2018, de 28 de junio, de Puertos y Transporte Marítimo del País Vasco (BOPV núm. 129, de 5 de julio de 2018), con respecto a la cual y a iniciativa del Ministerio para la Transición Ecológica se han planteado determinadas discrepancias en relación con los artículos 7, 8, 11, 12, 13, 34, 35 y la disposición transitoria tercera de dicha ley.

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias suscitadas en relación con los artículos 7, 8, 11, 12, 13, 34, 35 y la disposición transitoria tercera de la Ley 2/2018, de 28 de junio, de Puertos y Transporte Marítimo del País Vasco.

2.º Designar un Grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.

3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial del País Vasco».