La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 16 de abril de 2026, a la vista del Informe de fiscalización del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, ejercicio 2021, acuerda:
1. Asumir el contenido, conclusiones y recomendaciones comprendidas en el Informe de fiscalización del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, ejercicio 2021, sin perjuicio y a salvo de las objeciones parciales que se formulan a continuación.
2. Mostrar el acuerdo con el Informe de fiscalización del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, ejercicio 2021, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y afectan a su representatividad.
3. Instar al Gobierno a:
– Que el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sola realice un plan de viabilidad con el objetivo de dejar de presentar pérdidas acumuladas y el aumento de la dependencia del presupuesto pública.
– Que el Museo complete la valoración de los Bienes de Patrimonio Histórico y aplique las normas de reconocimiento y valoración previstas en el Plan General de Contabilidad Pública para que sirva como soporte de los registros contables de dichos bienes, informando en la memoria de las cuentas anuales sobre todos los aspectos relevantes vinculados con las obras de arte.
4. Instar al Ministerio de Cultura a:
– Exigir al Museo Nacional de Arte Reina Sofía a presentar informes con carácter mensual y hasta que se tenga el control absoluto del inventario de obras de arte, de un listado de control de obras en el museo, en depósito fuera del mismo, así como de las depositadas en el mismo, de terceros.
– Exigir al Museo que formalice y presente al Ministerio con urgencia, los contratos de protección contra incendios y de seguridad que sean necesarios para asegurar todas las obras de arte del museo.
– Cesar al director del Museo en el caso de que a 31 de diciembre de 2026 no se hayan cumplido las premisas de actualización del inventario y actualización de la valoración de los Bienes del Patrimonio Histórico, pues no pueden seguir en peligro las obras de arte existentes en el museo, así como las que son propiedad del museo y no están debidamente localizadas.
5. Instar al Ministerio de Cultura y a los órganos rectores del Museo a:
– Abordar de forma prioritaria las medidas necesarias para corregir las deficiencias que impiden al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía aprobar y rendir sus cuentas anuales en los plazos legalmente previstos, valorando la posibilidad de afectar la financiación futura al estricto cumplimiento de los plazos de rendición.
6. Instar al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofia a:
– Culminar, a la mayor brevedad posible, la revisión del nuevo sistema y su implementación en las distintas unidades del museo, con el fin de reforzar la eficacia de su gestión interna.
– Elaborar y aprobar formalmente manuales internos de procedimiento precisos para efectuar la contratación, los registros contables, la gestión de los ingresos que obtiene y el registro de obras de arte.
– Corregir de manera urgente las deficiencias que impiden al museo aprobar y rendir sus cuentas anuales en plazo.
– Impulsar activamente las previsiones contenidas en la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y el estatuto sobre su régimen de personal, dotando al museo de una estructura de recursos humanos adaptada a sus necesidades.
– Actualizar un inventario de todos los fondos bibliográficos en el Sistema Integrado de Gestión Bibliotecaria y conciliado con la contabilidad.
– Actualizar la valoración de los Bienes Patrimonio Histórico y aplicar las normas de reconocimiento y valoración previstas en el Plan General de Contabilidad Pública.
– Controlar todos los procedimientos de contratación, los registros contables, la gestión de los ingresos que obtiene y el registro de las obras de arte.
– Controlar de forma total y absoluta todas las obras de arte, las existentes en el museo, propiedad y en depósito de terceros, así como las que están cedidas fuera del museo.
– Localizar las obras de arte que se encuentren en situaciones anómalas.
– Evaluar los sistemas de seguridad y autoprotección, pues hablamos de un centro nacional de arte.
7. Instar al Tribunal de Cuentas a considerar la materialidad como criterio básico, tanto en la realización de los trabajos de auditoría, como en las conclusiones que dan lugar a la emisión de la opinión de auditoría.
Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2026.–El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.