Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Restauración e implantación de Sistemas Naturales de Laminación en las Cuencas de la Cañada de Morcillo y la Cañada de Mendoza, en el término municipal de Molina de Segura (Murcia)".

Nº de Disposición: BOE-A-2021-15668|Boletín Oficial: 231|Fecha Disposición: 2021-09-17|Fecha Publicación: 2021-09-27|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Antecedentes de hecho

Con fecha 8 de marzo de 2021, tiene entrada en esta Dirección General escrito procedente de la Confederación Hidrográfica del Segura, en el que solicita el inicio de un procedimiento de evaluación ambiental simplificada del proyecto «Restauración e Implantación de Sistemas Naturales de Laminación en las cuencas de la Cañada de Morcillo y Cañada de Mendoza, en el término municipal de Molina de Segura (Murcia)», promovido por la Confederación Hidrográfica del Segura del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Dicho proyecto está incluido en el anexo II, grupo 8. Proyectos de Ingeniería Hidráulica y Gestión del Agua, apartado g). Presas y otras instalaciones destinadas a retener el agua o almacenarla, siempre que se den uno de los supuestos contemplados de la Ley de Evaluación Ambiental. En este caso, concurre el segundo de los supuestos, instalaciones destinadas a retener el agua, no incluidas en el apartado anterior, con capacidad de almacenamiento, nuevo o adicional, superior a 200.000 m3. En virtud de ello, este proyecto debe someterse a procedimiento de evaluación ambiental simplificada, previsto en la sección 2.ª del capítulo II del título II de la citada Ley.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

El objeto del proyecto es la ejecución de una obra de corrección hidrológica destinada a retener caudales durante los periodos de riada y liberarlos progresivamente para evitar inundaciones, y la restauración ecológica de los cauces en los que se ubican las obras.

El proyecto se ubica en el término municipal de Molina de Segura (Murcia), concretamente sobre las cuencas de las ramblas de Cañada de Morcillo y Cañada de Mendoza.

El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Confederación Hidrográfica del Segura, perteneciente al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

El Plan de Gestión del Riesgo de Inundación (PGRI) de la Demarcación Hidrográfica del Segura (BOE n.º 19, de 22 de enero de 2016) proyecta el desarrollo de actuaciones encaminadas a la reducción del riesgo y peligrosidad de inundación, así como la mejora de las condiciones hidromorfológicas de las masas de agua, especialmente en zonas declaradas Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI). La cuenca y sub-cuencas de la Rambla o Cañada de Morcillo, en el término municipal de Molina de Segura, forma parte del ARPSI ES070_APSFR_0006 por presentar alta vulnerabilidad al riesgo de inundación fluvial.

En los últimos años se han producido en estas cuencas daños significativos debido a avenidas e inundaciones, destacando, especialmente, los producidos por la Depresión Atmosférica en Niveles Altos (DANA) de septiembre 2019, cuando las lluvias concentradas y persistentes provocaron el desbordamiento del río a su paso por la localidad de Molina de Segura.

Por ello, el promotor propone el desarrollo de naturales de retención de agua (SNRA) tipo lagunas, en áreas potenciales de la Cañada de Morcillo y la Cañada de Mendoza, con el fin de aumentar la infiltración y atenuar los caudales totales y punta, entre otros aspectos. Concretamente, se proponen ocho SNRAs, seis en la Cañada de Morcillo y dos en la Cañada de Mendoza.

Se trata de dos proyectos diferentes, uno para cada rambla. Sin embargo, dada la proximidad de estas y que se encuentran en la misma cuenca hidrográfica, han sido tratados como un único proyecto, a efectos de la evaluación de impacto ambiental, considerándose los efectos sinérgicos y acumulativos debido a la construcción de SNRAs con una capacidad mínima de almacenamiento superior a los 200.000 m3.

Con los trabajos propuestos, se pretende reducir los daños ocasionados por las inundaciones, la frecuencia de estos eventos y la restauración de los cauces de las ramblas de la Cañada de Morcillo y de la Cañada de Mendoza. Así mismo, se pretende dar cumplimiento al Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica del Segura, aprobado mediante Real Decreto 18/2016, de 15 de enero de 2016, y publicado en el BOE n.º 19, de 22 de enero de 2016, en aplicación de la Directiva 2007/60/CE, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, y del Real Decreto 903/2010, que transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva de Inundaciones.

Analizado el documento ambiental remitido, el 31 de marzo de 2021, se solicita al promotor la subsanación del mismo, la cual es atendida el 21 de abril de 2021.

Con fecha 28 de abril de 2021, la Subdirección General de Evaluación Ambiental inicia la fase de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas en relación con el proyecto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Evaluación Ambiental.

Debido a la carencia del informe preceptivo de determinados organismos, el 1 de junio de 2021 se remite el requerimiento a los órganos jerárquicamente superiores de la Dirección General de Medio Ambiente, la Dirección General de Patrimonio Cultural y la Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Región de Murcia.

En la tabla adjunta, se recogen los organismos y entidades consultados durante esta fase, y si han remitido su informe en relación con el documento ambiental:

Relación de consultados Respuestas recibidas
Oficina Española de Cambio Climático. Secretaria de Estado de Medio Ambiente. Ministerio para la Transición Ecológica y El Reto Demográfico. No
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. No
Confederación Hidrográfica del Segura. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. No
Dirección General de Territorio y Arquitectura. Consejería de Fomento e Infraestructuras. Región de Murcia. No
Dirección General de Movilidad y Litoral. Consejería de Fomento e Infraestructuras. Región de Murcia.
Dirección General del Agua. Consejería del Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente. Región de Murcia.
Dirección General de Medio Ambiente. Consejería del Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente. Región de Murcia.
Dirección General de Medio Natural. Consejería del Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente. Región de Murcia.
Dirección General de Política Agraria Común. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente. Región de Murcia. No
Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias. Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública. Región de Murcia.
Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Educación y Cultura. Región de Murcia.
Dirección General de Salud Pública y Adicciones. Consejería de Salud. Región de Murcia.
Delegación del Gobierno en Murcia. No
Mancomunidad de los Canales del Taibilla. No
Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA). No
Fundación ANSE (Asociación Naturalista del Sureste). No
Ayuntamiento de Molina de Segura (Murcia).
Ecologistas en Acción de la Región Murciana. No
WWF/ADENA. No
SEO/BIRDLIFE. No

Como consecuencia del resultado de las consultas y del análisis realizado, en base a la respuesta del promotor al Ayuntamiento de Molina de Segura y a la Dirección General de Medio Natural, así como de las indicaciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia, se ha sugerido al promotor que tuviera en consideración una propuesta de medidas ambientales, las cuales ha aceptado expresa e íntegramente, según queda acreditado en el documento ambiental y la documentación adicional recibida el 5 de julio de 2021, que pasan a integrar la versión final del proyecto, respecto del que versa este procedimiento de evaluación.

Una vez analizada la documentación obrante en el expediente y considerando las respuestas recibidas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II del título II, según criterios del Anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

a) Características del proyecto

El proyecto propone el desarrollo de sistemas naturales de retención de agua (SNRA) tipo lagunas, en las cuencas de la Cañada de Morcillo y la Cañada de Mendoza, en el Término Municipal de Molina de Segura, en Murcia, con el fin de aumentar la infiltración y atenuar los caudales totales punta, así como la restauración de los cauces. Se pretende de esta manera disminuir los caudales de avenida y la frecuencia de los eventos, reduciendo los daños ocasionados por inundaciones.

Como solución técnica, se opta por la generación de sistemas naturales integrados en el medio, empleando fundamentalmente tierra y vegetación natural para proteger las motas de las infraestructuras generadas.

El promotor ha realizado un trabajo de campo para localizar lugares idóneos donde se ubicarán cada uno de los 8 SNRAs teniendo en cuenta las características fisiográficas del terreno, los materiales para la construcción de los sistemas y la capacidad de almacenamiento de estos. Así, se han seleccionado las ubicaciones geográficas que permiten un mejor anclaje de las motas para retener el agua de escorrentía, minimizando de esta forma el requerimiento de materiales y el esfuerzo de ejecución. En coherencia con la filosofía de los SNRAs, los materiales naturales como la tierra deben ser básicos para la configuración de esta solución adaptativa. De forma auxiliar, se puede emplear piedra (material natural), hormigones o mampostería de protección, pero empleando la tierra para la integración paisajística. En cuanto al tamaño o capacidad de laminación de los sistemas naturales, se ha optado por tamaños medios, que permiten alcanzar los objetivos, integrando fácilmente estas soluciones en la matriz socioeconómica del municipio.

La fase de ejecución del proyecto comprende las siguientes actuaciones:

Actuaciones previas: Demoliciones, levantados y residuos.

Antes de comenzar la construcción de los SNRAs, se procederá a la limpieza de los residuos e infraestructuras antiguas presentes a lo largo de las dos cañadas de actuación.

Control de la vegetación invasora o exótica: La superficie de actuación se encuentra cubierta por especies de cañaveral (Arundo Donax), carrizo, arbustos, herbáceas y matorrales, así como por antiguos cultivos. En general, los trabajos de eliminación de vegetación invasora, exótica o en mal estado se realizarán con desbrozadora, acoplada sobre tractor de cadenas o retroexcavadora. En el caso de la vegetación aérea será necesario el trabajo de motoserrista especializado, astillado y traslado de residuos, así como destoconado de sistemas radiculares.

Tratamiento de vegetación existente: Se incluyen trabajos de podas de formación sobre tarays y otros ejemplares de arbolado. Se llevarán a cabo clareos y claras de pinos en mal estado sanitario para conseguir una densidad inferior a 1.200 pies/ha; corta de arbolado y podas de pies restantes; desramado, descopado y tronzado de residuos gruesos, recogida y apilado de restos, eliminación de residuos generados con las actuaciones anteriores mediante astillado y saca de madera gruesa a vertedero.

Movimiento de tierras y construcción de motas: Para la creación de las lagunas diseñadas, se realizarán las siguientes excavaciones:

1. Cañada de Morcillo: Unos 238.395 m3 de tierra, de los cuales en torno a 186.429 m3 serán empleados en creación de motas y el resto, será llevado a vertedero.

2. Cañada de Mendoza: Unos 68.000 m3 de tierra, de los cuales en torno a 53.000 m3 serán empleados en creación de motas y el resto, será llevado a vertedero.

Se retirará la tierra vegetal, la cual se acopiará, con el fin de utilizarla como recubrimiento de taludes y áreas a restaurar posteriormente. Las pendientes máximas de los taludes, no serán en ningún caso mayores de 2:1 (H:V), y el ancho de coronación de las motas será variable, no siendo en ningún caso inferior a 2 m. A continuación, se recoge una tabla resumen de la superficie de actuación y de la superficie y volumen de calado de cada SNRA.

Código SNRA Superficie total actuación (ha) Superficie calado (ha) Volumen estimado calado (m3)
SNRA‐1 2,76 1,88 28,228
SNRA‐2 2,22 1,44 22,83
SNRA‐3 10,37 5,94 89,118
SNRA‐4 5,04 3,03 57,859
SNRA‐5 5,48 3,13 41,098
SNRA‐6 13,59 4,68 23,41
SNRA‐7 6,04 2,66 39,026
SNRA‐8a 2,92 1,38 9,193
SNRA‐8b 3,93 2,28 23,149
 Total. 52,35 26,42 333.910,31

Construcción de aliviaderos: Se realizará una impermeabilización a base de una capa de hormigón de 30 cm, sobre la que se colocará una protección de escollera (50 cm de espesor) tanto a la entrada del flujo al aliviadero, como a la coronación del aliviadero. La zona del disipador de energía se construirá solamente de escollera. Estos aliviaderos llevarán, además, una tubería, caño o prefabricado para garantizar el desagüe de fondo de diámetro 80 cm, pudiendo reducirse a 60 cm como mínimos en aquellos casos en los que la diferencia de cota entre el fondo de la laguna y el aliviadero es pequeña. Para evitar la invasión de carrizos y otro tipo de vegetación en la entrada de agua a la tubería, se realizará un revestimiento en la entrada de agua a la tubería de 16 m2 a base de hormigón en masa, sujeto con mallazo electrosoldado. Este revestimiento tendrá un espesor de 20 cm. Finalmente, se procederá a la integración paisajística mediante aporte de tierra.

Reposición de los servicios afectados: Se repondrán todos los servicios afectados, tuberías de abastecimiento privada, líneas de telefonía y eléctricas, colectores por gravedad para saneamiento del ayuntamiento de Molina de Segura, líneas de fibra óptica, tuberías de riego, etc.

Restauración vegetal: Se crearán zonas verdes utilizando especies autóctonas arbóreas y arbustivas, ocupando áreas actualmente desprovistas de vegetación, aumentando así la biodiversidad y protegiendo el suelo de la erosión.

El promotor indica que se han establecido seis modelos de restauración en función de los hábitats de interés presentes en la zona, y se han zonificado las zonas de actuación, asignando a cada área el modelo de restauración óptimo en función de su topografía y proximidad a zonas inundables, entre otros aspectos. También indica que la restauración vegetal propuesta tendrá densidades variables en función del modelo de restauración, estando comprendidas entre los 2.000 y los 4.000 pies/ha sobre una superficie total de 24,22 ha. Las especies a utilizar en la repoblación son principalmente especies de hábitats formados por matorrales halófilos mediterráneos, termomediterráneos y termoatlánticos y matorrales halo‐nitrófilos, destacando algunas como Salsola genistoides, Lygeum spartum y Limonium sp.

Las actuaciones que se llevarán a cabo durante la fase de funcionamiento del proyecto, tal como se indica en el plan de vigilancia ambiental, son las siguientes:

Acciones de seguimiento y vigilancia: Dirigidas a analizar el grado de consecución de los objetivos y la eficiencia de este tipo de instalaciones, así como actuaciones de vigilancia para detectar posibles desperfectos o disfuncionalidades.

Ejecución de actuaciones de mantenimiento de los SNRAs: Estos trabajos incluyen, el dragado de materiales sedimentados procedentes de erosión en la cuenca, eliminación de materiales sólidos y enseres arrastrados por las avenidas, desbroce de matorral y eliminación de elementos vegetales del cauce, reparación de diferentes elementos de los aliviaderos, reposición de vegetación autóctona en motas y márgenes y control biológico de los sistemas naturales.

Todos los residuos generados serán tratados por gestor autorizado. Principalmente, los tipos de residuos a generar son basuras, residuos de construcción y demolición, restos vegetales, tierras excavadas, y vertidos. No se prevé la producción de residuos de forma líquida, tampoco la instalación de aseos y, en su caso se utilizarán casetas móviles modulares con depósito estanco de residuos. No se prevén infraestructuras auxiliares, las labores de reparación y mantenimiento de maquinaria y vehículos se llevarán a cabo en talleres especializados. En caso de generarse algún residuo peligroso, serán recogidos y almacenados conforme a la normativa vigente y retirados por gestor autorizado. En cuanto a las emisiones de agentes contaminantes y polvo, se llevarán a cabo medidas para su minimización.

b) Ubicación del proyecto

El proyecto se localiza en el término municipal de Molina de Segura (Murcia). Concretamente, la zona de actuación se encuentra dentro de las Hojas n.º 912‐II «Archena» y n.º 912‐IV «Molina de Segura» del Mapa Topográfico Nacional MTN 1:25.000.

El municipio de Molina de Segura se encuentra geológicamente enclavado en las cuencas neógenas de la Región de Murcia. En los fondos de valle de la zona de actuación predominan coluviones y aluviones indiferenciados, que suelen encontrarse delimitados por materiales impermeables (margas y arcillas) fácilmente erosionables en episodios de lluvias torrenciales.

En lo que se refiere al relieve, en la zona concreta de actuación, ubicada en el centro‐sur del municipio, el relieve es eminentemente llano, con cotas desde 85 a 110 m.s.n.m. y con pendientes de entre 0 y 5 %, llegando esporádicamente al 10%.

El proyecto se sitúa en la subcuenca «Judío» y en la zona hidraúlica VII «Vega Alta» según los planes de la Confederación Hidrográfica del Segura (Plan Hidrológico de la Cuenca del Segura 2015‐2021). Los cauces sobre los que se localizan las actuaciones son La Cañada de Morcillo y La Cañada de Mendoza.

El área de estudio no se encuentra sobre ningún acuífero, salvo una parte de la zona de actuación del SNRA‐1 que está ya sobre el de Vega Alta (masa de agua subterránea 070.041 Vega Alta del Segura). Contiguo a este acuífero se encuentra el de Espuña‐Mula.

Las clases de suelo predominantes en la zona de actuación son los fluvisoles calcáricos y los regosoles calcáricos, siendo los usos del suelo principalmente agrícolas, de pasto arbustivo, de tierras arables y frutales en menor medida, incluido olivar (SIGPAC, 2019).

El clima es típicamente mediterráneo, con sequía que comprenden periodos de al menos tres meses, pudiendo sobrepasar los cinco o seis meses e incluso extenderse a la mayor parte del año. La precipitación media anual alcanza los 280,3 mm. Las precipitaciones son más abundantes durante el otoño, especialmente en el mes de octubre. En primavera se observa otro pico, durante los meses de abril y mayo, reduciéndose drásticamente durante el periodo estival.

En la zona de actuación, no existe ningún Espacio Natural Protegido. El más cercano es el Paisaje Protegido Humedal del Ajauque y Rambla Salada (ENP000006), a unos 7 km al noreste del proyecto en línea recta en su punto más desfavorable. Otros espacios se sitúan a distancias mayores de 15 km.

La zona de actuación no se encuentra bajo la protección de figuras Red Natura 2000. El lugar más cercano, la ZEPA «Lagunas de Campotéjar» (ES0000537), se localiza a unos 800 m de distancia en línea recta en su punto más desfavorable. Las lagunas no tienen relación hidrológica con las ramblas, por lo que tampoco se espera un impacto indirecto.

Tampoco se localizan en la zona, ni microrreserva de acuerdo con el listado de los «Lugares de Interés Botánico de la Región de Murcia», ni corredores ecológicos.

En lo que se refiere al medio biótico, el proyecto prácticamente no afecta a hábitats de interés comunitario, únicamente el SNRA‐ 6 afecta a una pequeña zona con la potencial presencia de los siguientes: 1520* «Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia)», 5330 «Matorrales termomediterráneos y pre‐estépicos», 1430 «Matorrales halo‐nitrófilos», 6220* «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales de Thero‐Brachypodietea».

Según recoge la documentación aportada, en agosto de 2020 se llevó a cabo un inventario florístico por personal especializado durante una visita de campo en la que se detectaron cuatro especies de flora protegida recogidas en el Catálogo Regional de Flora Silvestre Protegida de la Región de Murcia, tres de ellas catalogadas como «De interés especial» (Limonium cossonianum, Lycium intricatum y Tamarix canariensis), y una catalogada como «Vulnerable» (Tamarix boveana). También se identificaron dos especies recogidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, Arundo donax y Nicotiana glauca.

Según la cartografía disponible de flora protegida en cuadrículas 1 x 1 km, el SNRA‐3 se enmarca en una cuadrícula en la que se han detectado las especies protegidas Cullen americanum y Teucrium campanulatum. Sin embargo, estas especies no han sido observadas en la zona concreta de actuación durante la visita por personal especializado.

El promotor destaca las siguientes especies de aves nidificantes protegidas que pueden verse afectadas por las obras, y que crían en las zonas de matorral y carrizo: Alcaudón real (Lanius meridionalis), curruca cabecinegra (Sylvia melanocephala) y ruiseñor bastardo (Cettia cetti).

En cuanto a las aves rapaces en el área de estudio se han citado, al menos, cinco especies de rapaces (cuatro diurnas y una nocturna), aunque no se puede descartar la presencia de otras especies de rapaces en los alrededores. No se han detectado nidos en la zona de actuación. Los nidos más próximos, de acuerdo a la cartografía de referencia consultada, se encuentran una distancia de más de 8 km, y son de búho real, cernícalo vulgar, aguilucho lagunero occidental, aguilucho cenizo, águila perdicera y halcón peregrino.

En lo que se refiere a reptiles y anfibios, se ha encontrado la presencia de culebra bastarda, culebra de escalera, culebra de herradura, culebra viperina, lagartija colilarga, lagartija colirroja, lagarto bético, salamanquesa común, salamanquesa rosada, todos ellos con Régimen de Protección Especial, menos la culebra bastarda. En cuanto a anfibios rana común, sin protección, y sapo corredor, con Régimen de Protección Especial.

Por último, el documento ambiental indica que se ha detectado los siguientes mamíferos: Conejo, erizo europeo, ratón casero y rata parda.

No se prevén afecciones ni al patrimonio arqueológico ni paleontológico, ni a los lugares de interés geológico, tal como indica el documento ambiental.

c) Características del potencial impacto

El documento ambiental incluye un análisis de los impactos potenciales del proyecto sobre el medio ambiente, y propone medidas preventivas y correctoras para minimizar dichos impactos.

A continuación, se analiza la información incluida en el documento ambiental, las consideraciones realizadas por los organismos consultados y la respuesta dada por el promotor a dichas consideraciones.

Contaminación atmosférica: El documento ambiental indica que durante las actuaciones previas y la fase de construcción se generará polvo y partículas en suspensión y, en menor medida durante la fase de funcionamiento, cuando se lleven a cabo actividades de mantenimiento de los SNRAs. Así mismo, la maquinaria y tráfico de vehículos pesados utilizados en todas las fases del proyecto generará emisiones a la atmósfera de gases de combustión (CO2, NOx, SOx).

Este tipo de emisiones de polvo y gases, pueden causar enfermedades respiratorias en los trabajadores, una reducción de la visibilidad de la zona y, el cierre de las estomas de la vegetación del entorno. No obstante, el promotor propone una serie de medidas preventivas que se aplicarán para reducir estas emisiones, entre otras, el empleo de maquinaria de baja emisión de gases y ruidos, el adecuado mantenimiento e ITV, el compromiso de conducción eficiente, y el riego periódico de accesos y zonas de trabajo previo a la realización de los movimientos de tierras.

La Dirección General de Salud Pública y Adicciones, perteneciente a la Consejería de Salud de la Región de Murcia recuerda que las instalaciones que utilicen agua en su funcionamiento, produzcan aerosoles y puedan convertirse en focos para la propagación de la legionelosis, deben cumplir tanto en la fase de diseño como en su funcionamiento y mantenimiento con el Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.

Ruido y vibraciones: El promotor señala que, durante las actuaciones previas, se producirán ruidos durante la retirada de residuos, el desbroce de vegetación y las actividades silvícolas. Además, durante la fase de construcción en las operaciones de excavación y movimiento de tierras, construcción de motas y aliviaderos se podrá generar ruido y vibraciones que podrían afectar negativamente al entorno. Igualmente, en la fase de restauración y mantenimiento se generará ruido, fundamentalmente debido al uso de maquinaria.

En general, este ruido se producirá de forma diurna y, dados los posibles efectos nocivos sobre la salud de los trabajadores, se tomarán las medidas oportunas para corregirlos, cumpliendo siempre con la legislación vigente en materia de salud laboral.

Residuos: Durante las actuaciones previas, se llevará a cabo la retirada de residuos y restos de infraestructuras en desuso que actualmente existen en el entorno. El promotor señala que todos los residuos retirados durante las actuaciones previas, así como durante el desbroce de vegetación y los tratamientos silvícolas se gestionarán conforme a normativa aplicable. Por tanto, las actuaciones previas tendrán un impacto positivo, en tanto que se retirarán de la zona residuos existentes.

Las tierras extraídas para la excavación del cauce se utilizarán para la construcción de motas y el remodelado del terreno, mientras que aquellas sobrantes serán gestionadas adecuadamente mediante su depósito en vertedero autorizado. De esta manera, futuros demandantes de tierras vegetales podrán acudir a puntos autorizados, evitando la extracción de otros lugares y fomentando también la economía circular.

El Ayuntamiento de Molina de Segura considera necesario proceder a la retirada de residuos a todo lo largo del cauce de la Cañada de Morcillo entre los SNRA-1 al SNRA-6, y entre SNRA-7 y SNRA-8 de la Cañada de Mendoza, para evitar que arrastres en la distancia que los separan puedan dañar los sistemas de retención construidos, para evitar taponamientos y para favorecer la conservación de la biodiversidad y restauración natural entre las distintas zonas de los SNRA. El promotor señala que se ha realizado un minucioso inventario de acopios de residuos en el ámbito del proyecto, inventariando la totalidad de los mismos en las áreas donde se van a ejecutar los SNRA y, en todos los casos, se incluye presupuesto para la eliminación de residuos de origen antrópico, estando esta actuación recogida en el proyecto técnico.

En cuanto a la «preparación de la madera» para su transporte a vertedero, el Ayuntamiento de Molina de Segura indica la necesidad de la gestión de los restos vegetales para que puedan ser aprovechados como biomasa, en base a los criterios de la economía circular. El promotor responde que un planteamiento como el aprovechamiento de la biomasa implicaría un ingreso para la empresa beneficiaria, lo que obligaría a contemplar un pago en especie o una licitación complementaria para dicho aprovechamiento. No obstante, propone como alternativa ambientalmente equivalente, llevar los restos vegetales a un vertedero autorizado en el que ya se tengan implementadas tareas de separación y uso de los restos vegetales mediante el compostaje o tratamiento térmico, según los casos.

En lo relativo a los excedentes de materiales de excavación, el Ayuntamiento de Molina de Segura indica que sería necesario considerar la reutilización como subproducto de la tierra sobrante en la excavación, que pueda ser empleada en la restauración de antiguas canteras o para rellenos o cierres de zonas próximas urbanizadas con riesgo de inundación, en lugar de llevarla a vertedero. Para materializar esta propuesta, el promotor manifiesta que el sobrante de tierras será depositado en vertedero autorizado. De esta manera, futuros demandantes de tierras vegetales o tierras seleccionadas pueden acudir a estos puntos autorizados, evitando la extracción en otros lugares y facilitando también una economía circular.

La Dirección General de Medio Ambiente de la Región de Murcia, en aplicación de la normativa existente, expone una serie de medidas de carácter general, de protección del confort sonoro, protección de la calidad del aire, generación de residuos y de protección de los suelos, que deben ser tenidas en cuenta en las distintas fases del proyecto. El promotor responde que, si bien muchas de ellas ya se encontraban recogidas en la documentación, tendrá en cuenta todos y cada uno de los condicionantes establecidos por dicha Dirección, y para garantizar su cumplimiento se han incorporado al documento ambiental en los epígrafes correspondientes.

Hidrología: Las actuaciones se sitúan sobre las Cañadas de Mendoza y de Morcillo y en menor medida sobre la Rambla de Salinas, por lo que evidentemente existe un impacto directo sobre la hidrología de estos sistemas.

Tal y como indica el documento ambiental, debido a las particularidades de las actuaciones, éstas no constituyen un simple encauzamiento ni tampoco son sólo un sistema de embalsamiento de agua, sino que cumplen ambas funciones, pues favorecen el drenaje progresivo aguas abajo durante los periodos de crecidas a la vez que favorecen la retención de humedad en el entorno. Estas características, unidas a las actuaciones de restauración mediante los modelos de hábitats, hacen que el impacto se considere globalmente positivo respecto a la hidrología. Esta mejora será percibida también aguas abajo, en áreas que habitualmente sufren inundaciones a causa de los caudales procedentes de estas ramblas.

Respecto a la calidad de las aguas que discurran por el sistema durante las crecidas, el documento recibido indica que podría darse un aumento de turbidez debido a la eliminación de vegetación de algunas zonas del lecho, tanto durante la fase de actuaciones previas como durante la fase de mantenimiento. Sin embargo, tras las actuaciones de revegetación y la recolonización del cauce por parte de la vegetación, se espera una mejora en la calidad de las aguas, ya que la vegetación actuará como filtro de partículas y contaminantes, y la descarga lenta de caudales favorecerá la deposición de partículas en el fondo.

La Dirección General del Agua, perteneciente a la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la Región de Murcia señala que, a la vista de la documentación aportada y con las medidas preventivas, correctivas y/o compensatorias de los impactos previsibles y potenciales contempladas en el documento ambiental, no es previsible que dentro del ámbito de sus competencias el proyecto pueda causar impactos ambientales significativos.

Suelo: Durante el desbroce del terreno, la excavación y movimiento de tierras, se producirá una afección al suelo y los cauces quedarán expuestos a una mayor incidencia de la erosión. Sin embargo, los proyectos se conciben de manera que se minimice dicha erosión, ya que los sistemas funcionarán liberando lenta y gradualmente los caudales recibidos durante las lluvias torrenciales. El documento ambiental contempla además la protección de las zonas de saltos de agua entre subsistemas mediante escollera natural, lo que también evitará la erosión de zonas más expuestas a la corriente.

El paso de maquinaria durante la ejecución de las obras provocará una compactación del terreno. Sin embargo, el documento ambiental indica que este impacto se corregirá durante la fase de restauración y posterior recolonización del terreno con vegetación, lo que favorecerá la estabilización del suelo, su descompactación y la creación de nuevo suelo. Además, la adopción de medidas y recomendaciones efectuadas durante la restauración del área afectada contribuirán a mejorar las características de la zona de actuación, dotándola de una mejor estructura física, lo que prevendrá la degradación, erosión y retención de suelos.

Flora y hábitats: Como medida preventiva, previo al inicio de los trabajos de desbroce y movimiento de tierras, se realizará una revisión de la cartografía existente de hábitats naturales, especies de interés y especies invasoras, evitando que la maquinaria pueda afectar a ejemplares que se encuentren en el área de actuación.

El documento ambiental contempla la conservación y silvicultura de algunas de las especies protegidas que se localizan dentro del perímetro concreto de actuación, como los ejemplares de Tamarix sp. Para ello, el promotor ha realizado un minucioso análisis de las especies de interés que se encuentran dentro del ámbito del proyecto.

El Ayuntamiento de Molina de Segura informa de la necesidad de acompañar el documento ambiental con cartografías de las zonas afectadas indicando la distribución de la vegetación, su cobertura y el establecimiento de las medidas correctoras para su conservación, así como la localización de los ejemplares de flora protegida y de los hábitats de interés comunitario presentes detectados en el trabajo de campo. En su respuesta, el promotor señala que como resultado del trabajo de campo se ha elaborado una cartografía recogida en el proyecto técnico, dónde se incluye la ubicación de todos los ejemplares de especies protegidas que se han encontrado (generalmente Tamarix boveana y Tamarix canariensis) y de aquellas áreas que disponen de tarayales en masa. Como resultado, muchos de los ejemplares protegidos se conservarán durante las actuaciones, eliminando sólo los imprescindibles para la construcción de los SNRAs. Además, se revegetará la zona con especies protegidas y se llevarán a cabo actuaciones de poda para la eliminación de ramas que puedan resultar afectadas por las obras. Todas estas actuaciones serán realizadas en coordinación con el organismo competente autonómico.

Por otra parte, el proyecto contempla la eliminación de aquellas especies invasoras que han sido detectadas. Para ello, la cartografía elaborada por el promotor también recoge las especies alóctonas o invasoras que pueden ser perjudiciales para la dinámica de los SNRAs.

En este sentido, el Ayuntamiento de Molina de Segura informa que es importante realizar un control del crecimiento del carrizo fuera de las zonas SNRAs, ya que puede competir con las especies que se planten, a lo que el promotor responde que el proyecto técnico de ambos cauces (Morcillo y Mendoza) contempla una fase de mantenimiento dedicada a la vigilancia de la competencia de las especies introducidas con el carrizo, la reposición de marras y otros aspectos que permitan garantizar el correcto desarrollo de las especies empleadas en la restauración vegetal.

El documento ambiental recoge una serie de medidas mitigadoras y una fase de restauración de la flora y hábitats existentes. Concretamente, se plantean actuaciones de revegetación para un modelo de seis hábitats y asociaciones vegetales teniendo en cuenta la flora protegida y no protegida de la zona.

El informe recibido procedente de la Dirección General de Medio Natural de la Región de Murcia concluye a efectos de afecciones a zonas forestales y vías pecuarias, que se estima que las actuaciones objeto de análisis no tendrán efectos significativos sobre los valores objeto de su competencia, siempre y cuando se ejecuten las medidas preventivas, correctoras y compensadoras planteadas para evitar esos efectos y que figuran en el documento ambiental presentado.

Fauna: Durante la fase de construcción, se desarrollarán actuaciones como el ruido producido por el uso maquinaria, que podrían molestar a la fauna. Sin embargo, otras acciones como la retirada de residuos y la eliminación de especies exóticas invasoras tendrán un efecto positivo sobre el entorno del cauce y, por tanto, también sobre la fauna. Así mismo, durante la fase de restauración, los impactos adquirirán un carácter positivo, ya que se prevé la creación de hábitats naturales con vegetación autóctona que supondrán un refugio y una fuente de alimento para la fauna.

El Ayuntamiento de Molina de Segura manifiesta que, aunque el carrizo es considerado una especie exótica invasora, se ha naturalizado en ríos y ramblas de la Región de Murcia, por lo que es utilizado por numerosas especies de aves para nidificar. Por ello, el citado Ayuntamiento solicita al promotor que se tengan en cuenta los periodos de cría de las aves y se explore previamente a las labores de eliminación de carrizo la zona, para detectar cualquier nidificación. A este respecto, el promotor indica que el documento ambiental final recoge una serie de medidas mitigadoras y un plan de vigilancia ambiental para compatibilizar el manejo de esta vegetación con la conservación de la fauna. Así, se tendrá en cuenta el inventario de especies de fauna presentes en la zona y se evitará realizar manejos de vegetación en épocas de nidificación, en aquellos casos en los que se detecte la utilización del hábitat por especies de fauna de interés.

El documento ambiental recoge un inventario de fauna que el Ayuntamiento de Molina de Segura considera insuficiente, pues echa en falta la existencia de aves acuáticas que visitan la zona, como la garza real, la garza imperial, garcetas.... Así mismo, aconseja el establecimiento de pasos de fauna y rampas de escape. El promotor manifiesta que, pese a haber dedicado numerosas jornadas a la identificación de fauna en el ámbito del proyecto, haber realizado consultas a especialistas de la zona y utilizar referencias bibliográficas, considerando la importancia de conocer la fauna presente en el área donde se van a desarrollar los SNRAs, se realizarán inventarios complementarios a los ya realizados dentro del plan de vigilancia ambiental y con carácter previo a las obras. Como consecuencia, se obtendrá un listado revisado de especies de fauna presentes en la zona, que servirá para establecer una planificación temporal de la ejecución de las obras y concretar la necesidad de medidas de protección y corrección tales como rampas de escape o en su caso pasos de fauna, evitando que las especies sean afectadas negativamente. Estos trabajos se pondrán en conocimiento y se coordinarán con el organismo competente autonómico.

Figuras de protección: La ubicación de la actuación proyectada no coincide con ningún espacio protegido, por lo que no se producirán impactos directos. El espacio protegido más cercano es la Zona de Especial de Protección para las Aves (ZEPA) Lagunas de Campotéjar, ubicada a unos 800 m al noroeste. Sin embargo, la documentación ambiental recibida indica que, dadas las características del proyecto, no se esperan afecciones negativas sobre la misma.

Cambio climático: En el documento ambiental se estima que la zona de actuación acumula unas 4.047,7 t de carbono orgánico total. Se producirá una pérdida en dicha cantidad durante las tareas de desbroce y excavación del proyecto, sin embargo, la tierra será reutilizada en determinados trabajos y, la sobrante será gestionada adecuadamente en vertedero. Además, las acciones de revegetación compensarán la pérdida de carbono orgánico. Con respecto a las emisiones de CO2, se tomarán las medidas necesarias para minimizar las emisiones de la maquinaria empleada.

El documento ambiental destaca que las actuaciones desarrolladas en el proyecto tendrán un efecto positivo sobre los ecosistemas y sociosistemas y, pueden llegar a convertirse en proyectos cada vez más necesarios de adaptación a los nuevos regímenes pluviométricos y climáticos.

Con el objeto de mejorar la adaptación a los efectos del cambio climático, el Ayuntamiento de Molina de Segura sugiere que se amplíen las coberturas de las especies arbóreas (Pinus halepensis, Tamarix canariensis, Tamarix boveana, Olea europea var. silvestris, y se añadan otras como Phoenix dactilifera, Ceratonia siliqua, Ulmus minor, etc.) distribuidas desde el cauce hacia el exterior, en función de su adaptación a la inundabilidad del terreno. El promotor reconoce los beneficios ambientales de las especies arbóreas, que son complementarias a las especies arbustivas o herbáceas, y aportan efectos muy positivos en un escenario de cambio climático. No obstante, indica que para garantizar la permanencia a largo plazo en un escenario de cambio climático, es imprescindible recurrir a especies adaptadas al clima y al suelo, capaces de desarrollarse en ambientes salinos, margosos y sometidos a temperaturas extremas en ocasiones, esto impide el uso de especies arbóreas con carácter masivo o con una frecuencia mayor a la que se ha contemplado en el proyecto, pues la vegetación potencial corresponde con especies vegetales herbáceas y de matorral, con una escasa representación de las especies arbóreas, lo que a su vez minimiza los problemas sanitarios característicos de estas. En base a esto se considera que la propuesta del proyecto es correcta y que proporciona diversidad y cobertura adecuada a la potencialidad de cada una de las especies.

La Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático, perteneciente a la Dirección General de Medio Natural de la Región de Murcia, solicita que la aprobación del proyecto de obras sea condicionada a que se incluya en el mismo un anejo específico relacionado con la contribución del proyecto al cambio climático y su compensación, que se denomine «Cuantificación del alcance 1 de la huella de carbono de las obras proyectadas y su compensación en un mínimo del 26 % y en su caso del 37,7 % mediante las absorciones que producirán las actuaciones de restauración vegetal en el periodo desde el inicio de las citadas obras hasta el año 2030». Así, se solicita que en dicho anejo se realice el cálculo de las emisiones por la ejecución de las obras proyectadas, así como que se demuestre cuantitativamente que esas emisiones se podrán compensar en el periodo de diez años (año 2030) con la absorción que, de acuerdo con las tablas de absorción del Ministerio, generarían (en 10 años de crecimiento) las 97.541 plantas previstas. Para la cuantificación de la absorción prevista a lo largo de la vida útil de las repoblaciones forestales a introducir en las superficies de restauración, se contemplarán solo los factores de absorción oficiales que son avalados y utilizados por el Ministerio para los proyectos de absorción (es decir, las tablas finales del documento: «Guía para la estimación de absorciones de dióxido de carbono» 2019 versión 4.

https://www.miteco.gob.es/es/cambioclimatico/temas/mitigacion-politicas-y-medidas/guiapa_tcm30-479094.pdf).

Este anejo una vez realizado, será enviado para su conocimiento a la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Región de Murcia.

Paisaje: El promotor aduce que la zona de actuación es un área semiurbana de calidad paisajística media-baja. Actuaciones como la retirada de residuos, tendrán un impacto positivo sobre el paisaje. Sin embargo, durante la fase de desbroce y excavación, se producirá una afección puntual negativa, aunque la conservación de ejemplares arbóreos reducirá en parte esta apreciación del paisaje.

El documento ambiental indica que al finalizar la ejecución del proyecto y la reposición que se llevará a cabo durante la fase de mantenimiento, se recuperará e incluso mejorará la calidad paisajística de la zona.

Patrimonio y bienes materiales: El promotor no prevé afecciones sobre elementos del patrimonio cultural. Sin embargo, se tendrá en cuenta la ubicación de todos ellos a la hora de circular por la zona.

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia manifiesta que en la zona de ubicación del proyecto no existen documentados en el Servicio de Patrimonio Histórico bienes de interés arqueológico, etnográfico o histórico. No obstante, expone que no toda el área de actuación ha sido objeto de una prospección sistemática, por lo que es necesaria la redacción de un Estudio de Impacto sobre el Patrimonio Cultural, que incorpore los resultados de una prospección previa y exhaustiva del área del proyecto, que permita descartar la presencia de bienes de interés arqueológico, etnográfico o histórico y que evalúe, en su caso, la compatibilidad de las actividades a desarrollar en la zona con dichos elementos, y las vías de corrección y minoración de impactos. Por su parte, el Ayuntamiento de Molina de Segura señala que es necesario realizar una prospección geológica exhaustiva del área, que analice la existencia de bienes de interés paleontológico.

El promotor manifiesta que, con carácter previo al desarrollo de las obras, se realizará un trabajo de prospección de bienes de interés arqueológico o paleontológico, en coordinación y previamente autorizado por la Dirección General de Patrimonio Cultural, como autoridad competente de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio cultural. Por tanto, se estará a lo dispuesto por dicha autoridad en cuanto a las tareas necesarias a realizar para garantizar la inexistencia o conservación de los recursos patrimoniales. Así mismo, durante la ejecución del proyecto se realizará un trabajo de seguimiento ambiental en el que se incluirán tareas de prospección de bienes de interés arqueológico o paleontológico y, en caso de producirse cualquier hallazgo se pondrá en conocimiento de la administración competente.

Población y salud humana: Durante la fase de ejecución, las obras podrán tener un efecto negativo sobre la salud humana debido a la generación de polvo y gases. Sin embargo, se tomarán las medidas mitigadoras para minimizar esta afección.

La Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias, perteneciente a la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública de la Región de Murcia señala que no tiene comentarios a aportar al documento ambiental.

La Dirección General de Salud Pública y Adicciones, perteneciente a la Consejería de Salud de la Región de Murcia, informa de que el SNRA-1 se encuentra afectado por una red de abastecimiento privada, que cruza el sistema desde la zona sureste hasta la zona noroeste, y que este servicio resultará inevitablemente afectado por las obras a realizar, teniendo prevista la reposición de esta en el presente proyecto. Asimismo, por la parte central del SNRA-4 transcurre una conducción de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla. También existe un trazado de agua potable de la citada Mancomunidad en el SNRA-6. Por otra parte, por el SNRA-7 cruza una tubería de abastecimiento de PVC que deberá ser repuesta por el proyecto. Además, aguas abajo del vial principal existe otra tubería de abastecimiento que cruza el sistema natural de forma perpendicular. En el subsistema SNRA-8b no se ha observado ninguna infraestructura o servicio en su interior, aunque se debe tener en cuenta que, por el vial de servicio existente en la zona este, que comunica con la Urbanización El Pino, existe una red municipal de abastecimiento. Por todo ello la mencionada Dirección General recuerda, que en caso de construcción de nueva captación, conducción, ETAP, red de abastecimiento o red de distribución (con una longitud superior a 500 metros), depósito de la red de distribución, o remodelaciones de lo ya existente, la autoridad sanitaria debe elaborar un informe sanitario preceptivo y vinculante del proyecto antes de dos meses tras la presentación de la documentación por parte del gestor, tal y como establece el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.

Socioeconomía: Durante la fase de ejecución, se crearán puestos de trabajo ligados a la obra. Además, aunque en la fase de funcionamiento tan sólo se precisarán trabajos de mantenimiento, se evitarán las enormes pérdidas económicas, materiales y sociales que se generan en cada episodio de inundaciones.

Ordenación del territorio: el Ayuntamiento de Molina de Segura manifiesta que se debe cumplir en todo momento con la normativa del Plan Municipal de Ordenación de Molina de Segura para la compatibilidad con la conservación del medio natural. El promotor informa que se ha mantenido un estrecho contacto con el Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Molina de Segura que ha proporcionado cartografía exhaustiva del planeamiento vigente. El promotor asegura que toda esta cartografía con la clasificación de usos ha sido incorporada en los proyectos técnicos, y se ha tenido en cuenta en su totalidad.

Vulnerabilidad del proyecto frente al riesgo de accidentes graves y catástrofes: El promotor indica que no se han identificado riesgos derivados de la vulnerabilidad de la infraestructura ante riesgos de incendios, seísmos, accidentes químicos, ni accidentes graves. Sin embargo, la zona se caracteriza por su alto riesgo de inundación, por lo que la ejecución del proyecto conllevará un impacto positivo al reducir el riesgo de inundación del núcleo poblacional de Molina de Segura, varios núcleos poblacionales más, la Autovía A-30 y urbanizaciones.

El documento ambiental señala que el proyecto se ubica dentro de un área afectada por el transporte de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril, pero dada la naturaleza de las acciones propuestas, se estima que no se producirá un incremento en dicho riesgo. Sin embargo, se prevé una afección positiva sobre el transporte de mercancías peligrosas por carretera, dado que el proyecto reduce el riesgo de inundación de la autovía A-30.

Fundamentos de Derecho

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, establece, en el apartado segundo del artículo 7, los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada, de conformidad con el procedimiento previsto en la sección 2.ª del capítulo II del título II de la Ley.

Este procedimiento se desarrolla en los artículos 45 y siguientes de la Ley de Evaluación Ambiental, y así, el artículo 47 dispone que, teniendo en cuenta el resultado de las consultas realizadas, el órgano ambiental determinará, mediante la emisión del informe de impacto ambiental, si el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente, o si por el contrario no es necesario dicho procedimiento en base a la ausencia de esos efectos, de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo III de la citada norma.

El proyecto «Restauración e Implantación de Sistemas Naturales de Laminación en las Cuencas de la Cañada de Morcillo y Cañada de Mendoza, en el TM de Molina de Segura (Murcia)» se encuentra encuadrado en el artículo 7.2, apartado a) «Los proyectos comprendidos en el anexo II», de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental,

Esta Dirección General resuelve:

De acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de Derecho alegados y como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, que no es necesario el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria del proyecto «Restauración e Implantación de Sistemas Naturales de Laminación en las Cuencas de la Cañada de Morcillo y Cañada de Mendoza, en el T. M. de Molina de Segura (Murcia)», ya que no se prevén efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre y cuando se cumplan las medidas y prescripciones establecidas en el documento ambiental y en la presente resolución.

Esta Resolución se hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es), sin perjuicio de la obligación del promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

De conformidad con el apartado 5, del artículo 47 de la Ley de Evaluación Ambiental, el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 17 de septiembre de 2021.–El Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, Ismael Aznar Cano.