Resolución de 18 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se deja sin efecto la de 28 de agosto de 2020, por la que se acuerda el restablecimiento de medidas en caso de rebrotes de COVID-19 en el Registro de Telde.

Nº de Disposición: BOE-A-2020-11568|Boletín Oficial: 260|Fecha Disposición: 2020-09-18|Fecha Publicación: 2020-10-01|Órgano Emisor: Ministerio de Justicia

Mediante Resolución de 28 de agosto de 2020 la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública acordó el restablecimiento de medidas por rebrotes de COVID-19 en el Registro de Telde relativas a la prórroga en 15 días más del plazo ordinario de calificación y despacho durante la vigencia del asiento presentación, y la ampliación del plazo de expedición de publicidad formal.

Una vez producida la normalización en el funcionamiento del Registro, y de acuerdo con las competencias atribuidas por el Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/3003 de 25 de julio, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública acuerda dejar sin efecto las medidas adoptadas por rebrotes de COVID-19 en el Registro de Telde y la vuelta a su régimen ordinario, de acuerdo con su solicitud.

Madrid, 18 de septiembre de 2020.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.