Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas solares fotovoltaicas Rey I Solar PV de 120 MWp, Rey II Solar PV de 120 MWp, Rey III Solar PV de 120 MWp, Rey IV Solar PV de 120 MWp y su infraestructura de evacuación, en Carmona (Sevilla)".

Nº de Disposición: BOE-A-2023-3088|Boletín Oficial: 31|Fecha Disposición: 2023-01-20|Fecha Publicación: 2023-02-06|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Antecedentes de hecho

Con fecha 1 de febrero de 2022, tuvo entrada en esta Dirección General, solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Plantas Solares Fotovoltaicas Rey I Solar PV de 120 MWp, Rey II Solar PV de 120 MWp, Rey III Solar PV de 120 MWp, Rey IV Solar PV de 120 MWp y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Carmona, en la provincia de Sevilla», remitida por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico como órgano sustantivo, a solicitud de Villablanca Solar 1, SL, como promotor del proyecto.

Alcance de la evaluación

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación obrante en el expediente para el proyecto y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo, analizados por el promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto. Se incluye asimismo en la evaluación el proceso de participación pública y consultas.

No forman parte de esta evaluación ni la Subestación Carmona Promotores 220 kV, ni la línea de evacuación 220 kV procedente de la Subestación Carmona Promotores 220 kV hasta la Subestación Carmona 220 kV, perteneciente a REE. Estas infraestructuras de uso común con otros promotores siguen un procedimiento de tramitación ambiental a nivel autonómico. Por lo tanto, esta resolución queda condicionada a la aprobación de aquella que incluya las infraestructuras de uso común previamente indicadas.

Esta evaluación no incluye los aspectos de seguridad de las instalaciones y dispositivos eléctricos, de seguridad y salud en el trabajo, de seguridad aérea, carreteras u otros que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos y están fuera del alcance de la evaluación ambiental.

1. Descripción y localización del proyecto

El proyecto engloba 4 plantas solares fotovoltaicas (en adelante PSFs), con una potencia total nominal de 326,88 MW y una potencia pico de 480 MWp, con un total de 1.044.000 módulos fotovoltaicos. La superficie total vallada es de 886,96 ha. Además, las instalaciones del proyecto incluyen 2 Subestaciones Eléctricas Transformadoras (SET en adelante) y 2 líneas de alta tensión que suman un total de 3,87 km en trazado aéreo. En concreto, el proyecto comprende las siguientes instalaciones:

– PSF Rey I Solar PV de 120 MWp y 261.000 módulos fotovoltaicos. Superficie vallada de 232,15 ha. La longitud total del cerramiento perimetral será de 10.449 m.

– PSF Rey II Solar PV de 120 MWp y 261.000 módulos fotovoltaicos. Superficie vallada de 286,41 ha. La longitud total del cerramiento perimetral será de 22.873 m.

– PSF Rey III Solar PV de 120 MWp y 261.000 módulos fotovoltaicos. Superficie vallada de 185,12 ha. La longitud total del cerramiento perimetral será de 16.271 m.

– PSF Rey IV Solar PV de 120 MWp y 261.000 módulos fotovoltaicos. Superficie vallada de 183,28 ha. La longitud total del cerramiento perimetral será de 8.114,85 m.

– Cada PSF cuenta con Centros de transformación que se conectarían mediante tendido eléctrico de 30 kV soterrado en zanja a sus correspondientes SETs elevadoras.

– Subestación elevadora-colectora 30/220 kV Rey I-II (en adelante SET Rey I-II).

– Subestación elevadora 30/220 kV Rey III-IV (en adelante SET Rey III-IV).

– Línea aérea de evacuación 220kV de la SET Rey III-IV a la SET Rey I-II, de 1,44 km y 5 apoyos con los conductores al tresbolillo. Presentará un tramo final de 80m soterrados hasta la SET Rey I-II.

– Línea aérea de evacuación 220kV SET Rey I-II a la Subestación colectora Carmona promotores (en adelante SET Carmona Promotores), de 2,43 km y 10 apoyos con los conductores al tresbolillo.

El proyecto se ubica en el término municipal de Carmona, en la provincia de Sevilla (Comunidad Autónoma de Andalucía).

2. Tramitación del procedimiento

Con carácter previo, este órgano ambiental emitió, con fecha de 19 de octubre de 2021, documento de alcance del estudio de impacto ambiental y remitió al promotor las contestaciones recibidas en el trámite de consultas realizado.

Con fecha 17 de diciembre de 2020 la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) dicta acuerdo de acumulación para la tramitación relativa a los expedientes de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la PSF Rey I Solar PV de 120 MWp, PSF Rey II Solar PV de 120 MWp, PSF Rey III Solar PV de 120 MWp y PSF Rey IV Solar PV de 120 MWp, así como declaración, en concreto, de utilidad pública de las infraestructuras de evacuación asociadas.

El 25 de mayo y el 30 de junio de 2021, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la provincia de Sevilla», respectivamente, el anuncio por el que somete a información pública, la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción, declaración de impacto ambiental y declaración, en concreto, de utilidad pública. Asimismo, con fecha de 2 de julio de 2021 se publicó en el BOE una corrección de errores del anuncio de fecha 25 de mayo. Dicho anuncio fue publicado, además, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Carmona. Durante el trámite se recibieron cuatro alegaciones, dos de particulares, una por parte de la explotación agropecuaria Casilla de San Miguel, SL, y otra de EDP Renovables España SLU.

Igualmente, conforme a lo establecido en el artículo 37 de la Ley 21/2013, el órgano sustantivo trasladó consulta a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas recogidas en el Anexo I con fecha 19 de julio de 2021. Los informes y alegaciones recibidos fueron remitidos por el órgano sustantivo al promotor para su consideración.

Con fecha 1 de febrero de 2022, tiene entrada en el órgano ambiental, proveniente del órgano sustantivo, la solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto.

Con fecha 24 de marzo de 2022 tiene entrada, proveniente del órgano sustantivo, oficio de remisión de los informes de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y respuesta del promotor a dicho informe (en la que se incluye un estudio hidrológico), así como el informe de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Sevilla.

En virtud del artículo 40.1 de la citada Ley se requirió, con fecha 31 de marzo de 2022 al órgano sustantivo que subsanara determinadas carencias formales del expediente, entre ellas aclaración de las infraestructuras de evacuación tramitadas en el mismo, especialmente sobre la SET Carmona Promotores 220 kV y la LAAT SET Carmona promotores–SET Carmona 220 kV REE, recibiéndose la respuesta con fecha 31 de mayo de 2022. En ella, se incluye documento del órgano sustantivo en el que se refleja que «(…) Por parte de la SGEE se ha instado al promotor a que aclare este punto». En este sentido, el promotor, con fecha 25 de abril de 2022, remite al órgano ambiental escrito en el que recoge lo siguiente: «Estas infraestructuras de uso común siguen un procedimiento ambiental a nivel Autonómico. (…) Tanto la SET Promotores como la línea de evacuación desde esta subestación y demás infraestructuras a partir de dicho punto llevan un procedimiento distinto, con el número de expediente 286520 de la Delegación de Sevilla».

Con fecha 29 de agosto de 2022 y en virtud del artículo 40.2 de la citada Ley se requirió, al órgano sustantivo que la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía y la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Sevilla informaran sobre las posibles afecciones a la biodiversidad (fauna y flora). Se recibió la respuesta con fecha 20 de octubre de 2022, en la que se incluye respuesta de la Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía (antigua Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Sevilla de la Junta de Andalucía).

Con la información hasta aquí recabada se elabora la declaración de impacto ambiental.

3. Análisis técnico del expediente

a. Análisis de alternativas.

En el EsIA se valoran alternativas de emplazamiento para las plantas, las SET y la línea de evacuación de 220 kV, incluida la alternativa 0.

Para la selección de la ubicación de las plantas, se toma como centro de estudio la SET Carmona, estableciéndose en un radio de unos 20 km cuatro zonas como alternativas de ubicación posibles, excluyéndose terrenos que no cumpliesen una serie de requerimientos (técnicos, sociales y ambientales). Para estas 4 alternativas de ubicación se realiza una valoración cualitativa (aspectos positivos y negativos) y una valoración cuantitativa simple, concluyendo que desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo se opta por la alternativa 4, entre otros motivos por la escasa o nula presencia de vegetación arbórea o de monte bajo, la ausencia de terrenos de regadíos y la escasa orografía del terreno, así como por la buena accesibilidad.

Posteriormente dentro de la zona seleccionada, se hace un estudio de las distintas afecciones puntuales que van a condicionar el emplazamiento elegido (vías pecuarias, cauces fluviales, líneas eléctricas, carreteras, yacimientos arqueológicos, topografía, áreas de afección del Plan de Ordenación Territorial de la Aglomeración Urbana de Sevilla (POTAUS), proyectos futuros de infraestructuras y barreras naturales y artificiales para la evacuación de la energía), analizándose 2 posibles emplazamientos, optándose por la alternativa de emplazamiento 1, entre otros motivos por no existir barreras físicas importantes para su evacuación, pudiéndose compartir infraestructuras con otras plantas solares próximas. Resaltar que la alternativa 2 se localiza fuera del ámbito del Plan de Conservación y recuperación del águila imperial, sin embargo queda descartada por la necesidad de cruzar la Cornisa de los Acores que además de tratarse de un espacio protegido por el POTAUS, supone una importante afección orográfica con presencia además de bastantes asentamientos urbanos. Asimismo, según el promotor el diseño de las plantas viene condicionado por distintas afecciones ya que se pretende mantener corredores en los cauces y líneas eléctricas de forma que se posibilite el trasiego de la fauna del lugar, así como preservar los yacimientos arqueológicos.

Respecto a las SET se establecen dos alternativas, la alternativa 1 que agrupa la evacuación de las plantas que se establecen a uno y otro lado del río Corbones en dos SET, dentro del vallado de las PSF sin ocupar otros terrenos y la alternativa 2 que consiste en una subestación elevadora única para las 4 plantas. Se señala que la alternativa 2 supone un elevado coste y la creación de una infraestructura de cruce sobre el río más compleja y en consecuencia un impacto ambiental sobre el mismo previsiblemente más significativo, seleccionándose por tanto la alternativa 1.

En el caso de la línea de evacuación que conecta ambas subestaciones, se han estudiado dos alternativas, exponiéndose ventajas e inconvenientes de ambas, optándose por la alternativa 2, al ser el trazado más corto y evitar un segundo cruce con el rio Corbones.

Con respecto al trazado de la línea aérea de evacuación que conecta con la SET Carmona Promotores, el promotor señala que, dado que cualquier alternativa dentro del ámbito estudiado supone las mismas afecciones, es decir cruce con vía pecuaria Cordel de la Copa o del Campo, varios cauces menores innominados, y discurren íntegramente por terreno de cultivos herbáceos de secano se opta por el trazado más corto al objeto de reducir el impacto del mismo en el entorno.

b. Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

b1. Suelo, subsuelo, geodiversidad.

En el EsIA se indica que durante la fase de obras el suelo se verá afectado por movimientos de tierra y trasiego de maquinaria, lo que producirá pérdida de suelo, compactación, erosión y posible contaminación por vertidos. Destaca que la pendiente de las PSF Rey I Solar y PSF Rey II Solar es bastante suave, por lo que no se realizarán movimientos de tierras como tal, llevándose a cabo un desbroce y limpieza del terreno, así como un acondicionamiento posterior del mismo. Respecto a las PSF Rey III Solar y PSF Rey IV Solar se llevarán a cabo movimientos de tierra de poca entidad, con objeto de nivelar la superficie.

Las estructuras de soporte de los módulos fotovoltaicos se anclarán mediante el hincado de perfiles metálicos al terreno, permitiendo una mayor capacidad de adaptación al mismo.

Respecto a los residuos, en la fase de obra, se generará una variada cantidad, entre los que destacarán, por su volumen, los residuos de construcción y demolición (RCD) y tierras sobrantes. La tierra vegetal originada en las labores de excavación y explanación serán adecuadamente reutilizadas, y no será necesario su transporte fuera del perímetro de ocupación.

Durante la fase de funcionamiento, la mayor afección será el cambio de uso tradicional del suelo, la pérdida de suelo agrícola y las consecuencias de estabilidad causadas por la falta de vegetación. Además, tal y como señala el EsIA el mayor efecto es la ocupación del suelo durante un periodo de 25 años hasta su desmantelamiento.

Para reducir estos efectos, el EsIA incluye medidas preventivas y correctoras como la descompactación y reparación de los terrenos alterados temporalmente. Además, los residuos serán gestionados por gestor autorizado, controlándose la recogida y transporte a centro de gestión de residuos, y los transformadores ubicados en las subestaciones eléctricas contarán un foso impermeabilizado de recogida de aceite, correctamente dimensionado para albergar todo el aceite, en caso de derrame del mismo.

La Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía señala una serie de medidas preventivas y correctoras relativas a la calidad del suelo y a los residuos que deberán adoptarse según se indica en el condicionado de la presente resolución.

b2. Agua e hidrología.

La zona de actuación se encuentra en la demarcación hidrográfica del Guadalquivir, dentro de la subcuenca del río Corbones, afluente del río Guadalquivir por su margen izquierda. Concretamente el río Corbones discurre por la zona de implantación de las PSF, dividiendo el conjunto de la instalación en dos sectores. Además, el promotor identifica en el estudio hidrológico dos afluentes por la margen izquierda, el arroyo Castellano al sur de los terrenos y el arroyo Angorilla algo más al norte. Respecto a las líneas de evacuación, la línea aérea de evacuación SET Rey III-IV a SET Rey I-II cruzará el rio Corbones así como al arroyo de la Angorrilla y la línea aérea de evacuación de la SET Rey I-II a SET Carmona Promotores cruzará varios cauces innominados.

Respecto a la red hidrológica subterránea, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir señala que la zona de las PSF se ubica sobre la masa de agua subterránea «Altiplanos de Écija Occidental», la cual se encuentra en mal estado cuantitativo y químico. Además, las líneas atraviesan terrenos sobre la masa de agua subterránea «Sevilla – Carmona» también en mal estado químico y cuantitativo.

En el EsIA se señala que se ha procedido a delimitar de forma pormenorizada el dominio público hidráulico (en adelante DPH) y lámina de inundación T=500, respecto a cada PSF, con objeto de retranquear las instalaciones de forma que se respete la máxima avenida extraordinaria. El vallado perimetral se colocará justo en el límite de dicha lámina de agua. Asimismo, el promotor señala que estos espacios se aprovecharán como corredores verdes para posibilitar la conectividad ecológica entre parcelas adyacentes y reducir el efecto barrera sobre la fauna.

Durante la fase de obra, la modificación de la red de drenaje motivada por la nivelación que se va a efectuar alterará los flujos de evacuación de las aguas. Sin embargo, al no existir grandes pendientes será de una forma poco significativa. No obstante, implica una afección a las zonas limítrofes y a los puntos de evacuación de los cauces fluviales. Por otra parte, los potenciales accidentes, derrames de aceites, hidrocarburos, limpieza de obras, hormigoneras, etc., que den lugar a contaminación de suelos conllevan un riesgo de contaminación de las aguas superficiales o subterráneas.

El abastecimiento de agua se realizará mediante cubas de una empresa suministradora. La necesidad de agua para la fase de obra se restringe a la fase de desbroce y acondicionamiento del terreno. Durante la fase de funcionamiento, para minimizar el uso de agua, el promotor señala que se harán limpiezas mixtas (seco-agua al 50%, una vez al año y con un máximo de 2 limpiezas, equivalente a una limpieza con agua al año). Además, se evitará el empleo de aditivos químicos en las aguas de limpieza de los paneles fotovoltaicos.

Tal y como señala el EsIA, se respetará la continuidad de ríos y arroyos, tanto en sendas márgenes como en su cauce. Las actuaciones en la zona de policía y en DPH deberán asegurar, como mínimo, la evacuación de la avenida de 100 años de periodo de retorno en régimen natural y se evitará la ubicación de infraestructuras, viales o cualquier otra ocupación en zonas inundables y en bandas a ambos márgenes de los cauces continuos o discontinuos y vaguadas naturales de escorrentías.

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir señala los cauces públicos que se localizan en la zona del proyecto e indica que parece que el diseño de las PSF respeta las zonas inundables del río Corbones. Sin embargo, señalaba que no se incluye en el EsIA un estudio hidrológico-hidráulico de zonas inundables del río Corbones ni del resto de arroyos. Asimismo, detalla una serie de consideraciones en su informe, que el promotor deberá cumplir para llevar a cabo la ejecución del proyecto, sin perjuicio de las condiciones que pudieran establecer las autorizaciones administrativas que corresponderá otorgar a este organismo de cuenca en el ejercicio de sus competencias.

El promotor en su respuesta aporta un estudio hidrológico‐hidráulico completo, teniendo en cuenta los cauces indicados, así como una justificación de no afección de masas de agua subterránea y de no afección de las líneas de evacuación a los cauces indicados. Señala que la masa de agua subterránea que es atravesada por las LAAT no se ve afectada por la profundidad a la que se encuentra dicha masa, así como tampoco la masa de agua subterránea sobre la que se ubican las PSF, ya que para el vertido de las aguas residuales procedente de los aseos de las oficinas de la PSF se colocara una fosa séptica, con limpieza controlada temporalmente. Respecto a las LAAT, todos los apoyos estarán ubicados fuera de la zona de Dominio público, así como de la zona de servidumbre de los cauces existentes.

b3. Calidad atmosférica, población y salud.

Durante la fase de obra se producirá una alteración de la calidad del aire debido a las emisiones de partículas y contaminantes atmosféricos, así como el aumento de los niveles sonoros. Dichas alteraciones serán puntuales y de corta duración, estableciéndose medidas preventivas por el promotor.

En lo que se refiere al ruido, en las fases de construcción y explotación los principales emisores serán los transformadores de las estaciones de potencia, así como el efecto corona provocado por la LAAT. Durante la fase de funcionamiento las instalaciones, inversores y transformadores, pueden producir emisiones sonoras, pero éstas estarán siempre por debajo de 45 dB. Además, según el EsIA no hay ningún núcleo de población cercano, encontrándose edificaciones aisladas correspondientes a caseríos o naves agrícolas en la zona de implantación de la PSF.

Respecto a la contaminación lumínica, en la fase de obras no se prevé la ejecución de trabajos nocturnos. Durante la fase de funcionamiento la PSF dispondrá de alumbrado, limitándose el número de focos a los mínimamente imprescindibles. El EsIA destaca que se cumplirá con las disposiciones relativas a contaminación lumínica, recogidas tanto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental, como en el Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07. No se dispondrá de sistema de iluminación nocturno permanente, tan solo existirá iluminación nocturna de exterior en las SETs, que se utilizará en caso necesario durante labores de reparaciones o mantenimiento.

En referencia a las radiaciones electromagnéticas el promotor señala que la frecuenta de los campos electromagnéticos generados por líneas eléctricas es baja (50 Hz), y dada la lejanía a cualquier punto habitado el impacto es considerado no significativo, no afectándose al entorno inmediato.

En fase de funcionamiento, el EsIA estima un ahorro de 1.352.085,65 toneladas de CO2 evitadas en relación con generación eléctrica convencional a lo largo de la vida útil de cada PSF, lo que supone en conjunto 5.408.342,60 toneladas de CO2 evitadas.

La Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía señala una serie de medidas preventivas y correctoras relativas a la atmósfera, las emisiones de ruidos y vibraciones, así como a la contaminación lumínica que deberán adoptarse según se indica en el condicionado de la presente resolución.

b4. Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario (en adelante HIC).

Las PSF se asientan sobre vegetación de cultivos, concretamente de cultivos de cereal con alternancia de leguminosas y vegetación asociada. En los bordes de caminos, se encuentran algunos palmitos de buen porte (Chamaerops humilis) junto con herbáceas termófilas, muchas de ellas de carácter ruderal o arvense. Además, se pueden localizar algunos olivares y plantaciones de cítricos, aunque no se localizan en la zona de implantación de las PSF. La vegetación asociada a la ribera del río Corbones se caracteriza principalmente por especies como eucaliptus (Eucalyptus camaldulensis), álamo blanco (Populus alba), tarajes (Tamarix gallica), cañas (Arundo donax), adelfas (Nerium oleander) y herbáceas como Mentha suaveolens, Dittrichia viscosa, Arum italicum etc. Además, en el EsIA se señala la presencia de torrenteras, formaciones que derivan de la erosión del terreno por las aguas de escorrentía, colonizadas por vegetación generalmente arvense propia de entorno de los cultivos, pero con presencia zonal de herbáceas o subarbustos propios de zonas con presencia de agua. Algunas de ellas se verán afectadas por las PSF y por los movimientos de tierras.

Respecto a las líneas de evacuación estas discurrirán principalmente por cultivos, no obstante, la línea aérea de evacuación SET Rey III-IV a SET Rey I-II atravesará vegetación de ribera, además de cruzar las torrenteras presentes en la zona de estudio. Por su parte, la línea aérea de evacuación que conecta la SET Rey I-II con la SET Carmona Promotores no tiene ningún cruce con vegetación en todo su recorrido. En el EsIA se señala que no podrán situarse los apoyos dentro de la zona de DPH ni zona de servidumbre, y aunque no se considera necesario que se disponga de una calle de seguridad contra incendios, sí se deberá eliminar la vegetación de ciertas superficies periódicamente para reducir el riesgo de incendios. Además, se establecerá como zona de seguridad 5 m más la servidumbre de vuelo.

Durante la fase de construcción, los movimientos de tierra y la implantación de las placas fotovoltaicas tendrán como consecuencia la eliminación de la vegetación en toda la superficie afectada. En el EsIA se señala que dado que las PSF se implantan dentro de superficie agrícola se evita la realización de grandes desbroces, no produciéndose afección directa a vegetación natural, pero sí de manera indirecta a vegetación de ribera asociada al río Corbones por el efecto linde.

Respecto a los HIC, en el ámbito del proyecto se localizan los siguientes: 92A0 «Bosques galería de Salix alba y Populus alba», 92D0 «Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae)», 3170 * «Estanques temporales mediterráneos» y 6310 «Dehesas perennifolias de Quercus spp». Según el EsIA el retranqueo que se establece para las instalaciones y la zona de vallado deja fuera cualquier afección a HIC desarrollándose la actuación únicamente sobre terreno de cultivo. Respecto a la línea de evacuación SET Rey III-IV a SET Rey I-II, cruzará una mancha de HIC 92A0 en el cruce del río Corbones. Además, la LAAT Promotores cruza al HIC 92D0. Respecto a los otros dos HIC, estos se encuentran fuera de las PSF.

Entre las medidas preventivas y correctoras incluidas en el EsIA se encuentra el jalonamiento de las zonas de actuación para no afectar a especies vegetales de interés, además de preservarse toda la vegetación natural existente en aquellas zonas que no estén directamente afectadas por la construcción de las instalaciones.

b5. Fauna.

En el EsIA se incluye un estudio de avifauna de ciclo anual, comprendido entre abril de 2020 y marzo 2021, con un total de 51 visitas. En dicho estudio se ha considerado un área de influencia de 3 km alrededor de los terrenos de las PSF seleccionándose 28 puntos de observación. El promotor no ha realizado un estudio de quirópteros.

El proyecto se localiza dentro del ámbito del Plan de Conservación y Recuperación del águila imperial ibérica (Aquila adalberti), aprobado por acuerdo de 18 de enero de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban los Planes de Recuperación y Conservación de determinadas especies silvestres y hábitats protegidos. En el EsIA se señala que los emplazamientos ocupados por las PSF y las líneas de evacuación no constituyen un hábitat adecuado para esta especie, ya que no es esteparia sino propia de zonas de monte mediterráneo y zonas arboladas en mosaico con cultivos herbáceos, donde prolifera su principal pieza de caza, el conejo. Sin embargo, si puede constituir una zona de campeo ocasional.

En relación con la avifauna se han observado 40 especies diferentes, con un total de 947 individuos y 556 avistamientos, destacando en número de especies y avistamientos las rapaces, con 23 especies y 727 ejemplares avistados. Además, la mayor parte de los avistamientos (44,56%) se han realizado en la franja de 1 km.

La especie más abundante es el cernícalo vulgar (Falco tinnunculus) con 159 individuos, seguida del cernícalo primilla (Falco naumanni) y de la canastera común (Glareola pranticola), todas ellas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (en adelante LESRPE). Destacan los 46 ejemplares de aguilucho cenizo (Circus pygargus), especie vulnerable en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (en adelante CEEA) y en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas (en adelante CAEA), así como los 12 ejemplares sisón común (Tetrax tetrax), vulnerable en el CEEA y en el CAEA. También hay que resaltar los avistamientos de varias especies clasificadas como en peligro de extinción en el CAEA, en concreto 3 ejemplares de cigüeña negra (Ciconia nigra), vulnerable en el CEEA, 2 ejemplares de águila imperial ibérica (Aquila adalberti), en peligro de extinción en el CEEA, y un ejemplar de milano real (Milvus milvus), en peligro de extinción en el CEEA, así como una avutarda (Otis tarda), en peligro de extinción en el CEEA.

Cabe señalar que, según el estudio, dentro de la zona de implantación existe un pequeño primillar con 3 parejas, además fuera de las parcelas, a unos 3 km al noreste de la parcela más cercana se ha podido constatar la cría de esta especie en un primillar de pequeña entidad, con 3 parejas. Asimismo, señalar que, de los 46 ejemplares de aguilucho cenizo identificados, siete de ellos han mostrado comportamientos que podrían corresponder a reproducción y defensa del territorio, displays de cortejo y persecuciones, aunque no se ha detectado la reproducción en esta zona en el ciclo anual analizado, como consecuencia, según indica el promotor, de un adelanto por la climatología en la cosecha del cereal. Por último, se confirma la reproducción de seis parejas de Busardo ratonero (Buteo buteo), en el LESRPE, en la vegetación de ribera del río Corbones, situándose los nidos fuera del recinto vallado de las PSF, aunque uno de ellos se encuentra a unos 50-100 m del recinto de la parcela más al norte.

Durante fase de construcción se producirán molestias a la fauna, a causa de los ruidos derivados de las obras. Dichos impactos serán temporales, y el promotor establece medidas preventivas como adaptar las obras de modo que se evite el comienzo de las actividades de construcción en la parcela, como desbroces, movimientos de tierras, apertura de caminos y zanjas de la LAAT en los periodos reproductivos de las especies detectadas en la zona, concretamente, teniendo en cuenta la presencia de diversas aves esteparias propone una limitación conjunta para todas ellas que cubra los meses de marzo a junio, ambos inclusive.

En la fase de explotación, el principal impacto de las PSF es la pérdida directa de hábitat sobre la fauna en general. Además, la presencia del vallado como del resto de infraestructuras pueden producir un efecto barrera. Para minimizar estos impactos, en el EsIA se señala que no se llevará a cabo un cerramiento del conjunto de instalaciones, sino que tendrá carácter modular, posibilitando la existencia de corredores libres de vallado, especialmente en lo que se refiere al curso del río Corbones y algunos cauces que vierten al mismo. Dicho cerramiento se construirá con malla cinegética anclada directamente al suelo. Además, el promotor señala como una de las medidas protectoras el establecimiento de corredores verdes que comprenden principalmente el río Corbones, algunos cauces secundarios y las vías pecuarias, que unido a la reserva de suelo prevista en las zonas de protección cautelar de yacimientos arqueológicos, alrededor de los caseríos y en las zonas no afectadas por la implantación, posibilitará el trasiego de fauna y facilitará el mantenimiento de la conectividad ecológica entre fincas del entorno.

Respecto a las líneas de evacuación, el impacto por colisión y electrocución es el más significativo para la avifauna. En el EsIA se señala que será de aplicación el cumplimiento del R.D. 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, artículos 6 y 7. Además, se instalarán dispositivos salvapájaros cada 20 m en los conductores, contrapareados cada 6,5 m.

Adicionalmente el promotor propone como medida compensatoria, el desarrollo de un programa de medidas agroambientales mediante la incorporación de áreas de reserva de cultivo cerealista suficientemente alejadas de las PSF, con el fin de garantizar la existencia de una superficie de hábitat estepario con las características que las especies previsiblemente afectadas puedan necesitar. Este programa incluiría una serie de medidas que tratarán de favorecer la presencia de especies incluidas en la alimentación de rapaces (en el caso del aguilucho cenizo u otras rapaces de mayor envergadura micromamíferos, aves como la perdiz y la codorniz, así como en el caso del cernícalo primilla, ortópteros y coleópteros fundamentalmente). Además, se instalarán cajas nido para algunas especies como primillares (1 cada 10 ha) refugios de murciélagos (1 cada 20 ha) y refugios de reptiles (1 cada 5 ha) que se mantendrán durante toda la vigencia de las PSF, así como medidas orientadas a la mejora de hábitats y disponibilidad de alimento para el fomento de las poblaciones de especie presa (conejo), como la instalación de majanos (cada 4-5/ha), refugios como caballones (beetle bank), lindes, etc., así como diversificación de cultivos en la finca libre de placas, alternando cereal, leguminosas o rastrojos.

La Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía señala que la superficie a ocupar por las PSF supondrá la pérdida de hábitat de campeo de aves esteparias amenazadas, por lo que será de aplicación medidas habituales para este tipo de instalaciones y en concreto se deberá mantener anualmente una superficie equivalente 100% de la superficie ocupada por las PSF como hábitat óptimo para aves esteparias.

Por otro lado, destaca que la ubicación de los proyectos queda comprendida íntegramente dentro del ámbito del Plan de Recuperación y Conservación del águila imperial ibérica, que tiene como uno de sus principales objetivos la reducción de la mortalidad no natural causada por la colisión y electrocución en tendidos eléctricos debido a que es la principal causa de mortalidad en las últimas décadas, en especial para los juveniles durante su dispersión.

Además, indica que el ámbito de actuación es zona de campeo de diversas especies de aves necrófagas amenazadas como buitre negro (Aegypius monachus), Vulnerable en el CAEA y milano real, en peligro de extinción en el CAEA.

Por ello, indica que la línea eléctrica de evacuación estará dotada de medidas anticolisión en toda su longitud. El detalle y concreción de esta medida junto con la compensación por afección a aves esteparias establecida por la Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía se han integrado en el condicionado de esta resolución.

b6. Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.

El proyecto no presenta coincidencia territorial con ningún espacio natural protegido de Andalucía, ni con espacios de la Red Natura 2000. El más próximo se corresponde con la Zona Especial de Conservación (ZEC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) «Sierra Norte de Sevilla» (ES0000053), a unos 20 km al norte del proyecto.

La Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía indica que no existen afecciones apreciables a espacios de la Red Natura 2000 que precisen de una evaluación específica, conforme al art. 46.4 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, concluyendo que el proyecto no presenta afección apreciable a Red Natura 2000.

b7. Paisaje.

La implantación del conjunto de las PSF se proyecta en suelos de campiña, en una zona llana con suaves pendientes que se caracteriza por sus cultivos de cereales.

El EsIA incluye un estudio de paisaje como anexo 4 donde se analizan sus características y afecciones. En dicho estudio se señala que la calidad del paisaje es media y la fragilidad alta, además la orografía en planicie hace que la cuenca visual sea amplia, y sea perceptible en todo su contorno, por lo que el proyecto será visible desde la localidad de Carmona, casco histórico, desde la autovía A-4, desde la carretera provincial la A-457 y desde los campos y besanas Norte y Sur. Por tanto, al considerar el paisaje de fragilidad alta, sin enmascaramiento de vegetación o de infraestructuras similares, invernaderos, naves industriales, etc., la implantación de las PSF, y principalmente su amplia extensión generará un fuerte impacto en el paisaje, visible desde una cuenca visual muy amplia.

Respecto a las medidas preventivas o correctoras se propone la revegetación forestal con elementos arbóreos, de buen porte y alta densidad en las zonas aledañas no utilizadas, implantar viales interiores adaptados cromáticamente al entorno, reduciendo al máximo su longitud y apantallarlos en lo posible con pantallas vegetales, pantalla vegetal, total y/o parcial en parcelas individuales. Respecto a la pantalla vegetal en el EsIA se señala que se creará una pantalla vegetal perimetral, con vegetación autóctona, en las zonas de mayor incidencia visual, que también servirá de lugar de refugio y alimentación para diferentes especies de fauna silvestre. Dicha pantalla consistirá en una doble hilera al tresbolillo con arbustos de carácter mediterráneo autóctono como lentisco (Pistacia lentiscus), olivilla (Phillirea angustifolia), acebuche (Olea europea subsp. Sylvestris), coscoja (Quercus coccifera), y adelfa (Nerium oleander). No obstante, las especies que conformen la misma y su disposición se consensuará con la Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía.

La Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía señala en relación con el paisaje, que se deberán cumplir los objetivos de calidad del paisaje establecidos en la norma 81 del plan subregional, debiendo los tendidos eléctricos tener en consideración los criterios establecidos en la directriz 85 para su integración en el paisaje. Además, deberá tenerse en cuenta las determinaciones establecidas en el capítulo III (Disposiciones sobre las infraestructuras energéticas). Asimismo, conforme al apartado 5 del artículo 103, los proyectos de instalaciones fotovoltaicas, entre otros, con una superficie de paneles instalados sobre el suelo superior a 500 m², deberán incluir, en su procedimiento ambiental, un estudio paisajístico que determine sus efectos, incluyendo, como mínimo las vistas desde los núcleos de población y los principales ejes de percepción. El promotor muestra la conformidad al informe.

b8. Patrimonio cultural, bienes materiales y vías pecuarias.

En el EsIA se señala que según el catálogo de bienes culturales en la zona de actuación se localiza el yacimiento n.º 211 «Cortijo Santo Domingo» (PSF Rey I Solar), el yacimiento n.º 59 «Molino Angorrilla» y el yacimiento n.º 61 «Molino Entremalos» (PSF Rey II Solar), el yacimiento n.º 210 «Cortijo Angorrilla» y el elemento cultural n.º 59 «Molino Angorrilla» (PSF Rey III Solar) y el elemento cultural n.º 61 «Molino Entremalos» (PSF Rey IV Solar). El promotor señala que la implantación se realiza de forma que no se verán afectado ninguno de los yacimientos inventariados. Con respecto a las líneas aéreas de evacuación no se afecta a ningún yacimiento catalogado. En la prospección arqueológica realizada se detectó una nueva entidad arqueológica «Entidad 1» en los terrenos donde se ubicará la PSF Rey I Solar, junto al «Cortijo de Santo Domingo». Por tanto, para evitar su afección se deberá proceder a su balizado, delimitando el polígono ocupado por el yacimiento arqueológico, no implantándose paneles solares en la superficie delimitada mediante dicho polígono de protección. Además, se llevará a cabo una vigilancia, control y sondeo arqueológicos para obtener la información necesaria para documentar la superficie circundante al polígono delimitado para esta entidad arqueológica.

La Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía incluye una serie de medidas preventivas que son aceptadas por el promotor.

Por otro lado, en relación con las vías pecuarias, en las parcelas donde se localiza la implantación de las PSF se localizan las siguientes: Vereda de la Campana (que cruza de este a oeste las parcelas); Vereda del Mazagozo (al este, colindante); Vereda de Lora discurre por el trazado de la carretera autonómica A-457; Vereda de la Copa o Cordel del Campo. Por su parte el trazado de la LAAT hasta la SET Promotores 220 kV cruza la Vereda de la Copa o Cordel del Campo. El promotor señala que se ha llevado a cabo el retranqueo de las 4 PSF por las vías pecuarias.

La Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía señala que se constata que las vías pecuarias denominas «Vereda de la Campana», «Vereda del Mazagozo» y «Cordel de la Copa o del Campo» en el término municipal de Carmona están afectadas por actuaciones del proyecto.

b9. Efectos sinérgicos y acumulativos.

Con el expediente se adjunta el EsIA del proyecto de SE Promotores nudo 220 kV y línea eléctrica de alta tensión en 220 kV de evacuación de promotores del nudo Carmona 400 y nudo Carmona 220, el cual incluye como Anejo 4 un estudio de sinergias. En dicho estudio se incluyen los proyectos de producción y trasmisión de energía eléctrica en los alrededores de dicho proyecto tanto en fase de proyecto como en tramitación administrativa. En concreto se trata de 8 proyectos de instalaciones fotovoltaicas en el nudo Carmona 220 kV, donde se incluyen las plantas objeto de estudio y 11 instalaciones fotovoltaicas en el nudo Carmona 400 kV. Para la evacuación de la energía generada por estas instalaciones, el conjunto de promotores está desarrollando una infraestructura común de evacuación con el objeto de minimizar los costes y el impacto ambiental y territorial, la cual consiste en una línea eléctrica de alta tensión y sus correspondientes Subestaciones Colectoras en 220kV.

El área sinérgica global que se ha considerado para el estudio presenta una extensión de 55.413 ha, calculándose una extensión de 5 km, partiendo del perímetro exterior de los proyectos a considerar.

El estudio considera que los factores que pueden verse más afectados por el impacto sinérgico son la fauna, y en concreto la avifauna, debido a la fragmentación o pérdida de sus hábitats, así como por la colisión que pueden sufrir las especies de avifauna, así como el paisaje, debido al impacto visual que provoca la ejecución de los proyectos energéticos que puede causar efectos negativos en la calidad paisajística y la fragilidad del paisaje de la zona de estudio.

Como conclusión del estudio, se indica que el área de estudio cuenta con un paisaje de buena calidad, pero con una importante antropización, lo que hace que el paisaje tenga una importante capacidad de absorción de las infraestructuras proyectadas. Además, señala que sí se han detectado ciertas zonas donde los impactos son algo mayores, como en el caso del riesgo de colisión y electrocución de aves, si bien el hecho de realizar una línea de evacuación para los proyectos reduce este riesgo.

b.10. Ordenación del territorio.

En el EsIA se señala que, según el planeamiento urbanístico de Carmona, las PSF se localizan en Suelo Clasificado como No Urbanizable en la categoría de Carácter natural o Rural, Vega o campiña, y el trazado de la línea de evacuación afecta aparte de a esta categoría de suelo, a suelo de protección del rio Corbones y a suelo No Urbanizable en la categoría de Carácter natural o Rural, terraza y balcones.

Además, esta actividad se localiza dentro del ámbito de las Zonas de protección Territorial y Ambiental que se establecen en el Plan de Ordenación Territorial de la Aglomeración Urbana de Sevilla (POTAUS) en concreto dentro del ámbito de la Zona de Espacios de interés agrario. Los cauces fluviales se localizan en Zona de protección territorial: Sistema Hidrológico, aunque no van a verse afectados salvo obras de paso. Asimismo, señala que las determinaciones del Plan de Ordenación Territorial de Andalucía (POTA) no contravienen las posibilidades de implantación de esta actividad en el suelo que nos ocupa.

El promotor señala que a nivel cartográfico puede verse afectado por las parcelas una pequeña porción de suelo de protección de la «Cornisa de los Alcores», algo que no se corresponde con la realidad física. La implantación evita cualquier afección este espacio protegido, localizándose únicamente en los terrenos de vega.

La Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía señala que, de acuerdo con las determinaciones del POTAUS y de la normativa urbanística vigente, el proyecto es autorizable, siempre que no afecte al sistema hidrológico, a las vías pecuarias y a la Zona de Protección Territorial de Escarpes y formas singulares del relieve. Además, deberá solicitarse la emisión de informe de la Consejería competente en materia de urbanismo que sustituye a la aprobación del proyecto de actuación o el plan especial, en su caso, previstos en el apartado 3 del artículo 42 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Asimismo, respecto a la afección por «error cartográfico» de la Zona de Protección Territorial Escarpes y Formas Singulares del Relieve «Cornisa de Los Alcores en Carmona norte» señala que conforme al apartado 2 del artículo 103 del POTAUS, están prohibidas las nuevas instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, por lo que en caso de resultar afectada esta Zona de protección por el proyecto, debe de ser excluida del mismo en su delimitación definitiva. El promotor muestra la conformidad al informe.

c. Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad de los proyectos.

El EsIA incluye un análisis preliminar de los efectos previsibles sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o de catástrofes como anexo 1, donde analiza los riesgos naturales que incluyen los fenómenos meteorológicos, incendios y seísmos, además de los riesgos antrópicos y tecnológicos, en el que concluye que no existe ningún riesgo importante o muy grave. Por tanto no se considera necesario establecer medidas de actuación adicionales a las ya establecidas para reducir o evitar estos riesgos. Asimismo, considera que, con las medidas de seguridad presentes, los riesgos inducidos por el proyecto no tienen la entidad suficiente para acarrear accidentes graves o catástrofes en el proyecto y el medio donde se desarrolla.

La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía emitió informe exponiendo que, en lo referido a sus competencias, el estudio de vulnerabilidad es coherente con los aspectos relacionados con las actuaciones y competencias de dicha Dirección General y no formula aportaciones ni objeciones al mismo.

d. Programa de vigilancia y seguimiento ambiental.

El EsIA contiene un programa de vigilancia y seguimiento ambiental (en adelante PVSA) cuyo objetivo es el seguimiento y control de los impactos previstos, así como de la eficacia de las medidas preventivas, correctoras y complementarias, la detección de impactos no previstos y la adopción de medidas para solucionarlos en caso de que las propuestas inicialmente no fueran suficientes. Para la ejecución del seguimiento, antes del comienzo de las obras se definirá la periodicidad de los controles y su duración, los puntos de control, así como el personal responsable de efectuarlos.

Durante la fase de construcción se llevará a cabo un control de en la actividad del uso del suelo, así como la vigilancia y control de las acciones sobre la atmósfera, suelo, medio hídrico y la gestión de los residuos generados.

Durante la fase de funcionamiento se señala que durante los tres primeros años se comprobará la efectividad de las medidas propuestas en el EsIA, y en caso de considerarse necesario se propondrán medidas adicionales. El seguimiento ambiental estará centrado en el control del ruido principalmente en las LAAT y SET, en el seguimiento sobre la fauna, sobre todo en lo referente a colisión y electrocución en las LAAT y SET y en el vallado perimetral, así como en el seguimiento de la efectividad de las medidas de restauración aplicadas.

La Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía respecto al PVA señala unas condiciones generales y particulares, así como unos indicadores de seguimiento y control/metodología de seguimiento que se deberán cumplir. Se deberá remitir el PVSA actualizado a dicha Delegación, antes de seis meses a contar desde la fecha de la autorización administrativa por el órgano sustantivo.

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado j del grupo 3 del Anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el EsIA, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la realización del proyecto «Plantas Solares Fotovoltaicas Rey I Solar PV de 120 MWp, Rey II Solar PV de 120 MWp, Rey III Solar PV de 120 MWp, Rey IV Solar PV de 120 MWp y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Carmona, en la provincia de Sevilla», en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.

Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos se resuelven las condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los efectos adversos sobre el medio ambiente, que se establecen en los siguientes términos:

1. Condiciones al proyecto

1.1 Condiciones generales.

(1) El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias contempladas en el EsIA, las aceptadas tras la información pública y consultas, en tanto no contradigan lo dispuesto en la presente resolución, así como las condiciones particulares impuestas en esta declaración de impacto ambiental.

(2) El proyecto de construcción deberá contemplar todas las actuaciones asociadas al proyecto, así como todas las medidas del párrafo anterior, con el contenido, detalle y escala de un proyecto ejecutivo, incluidos presupuesto y cartografía, y serán de obligado cumplimiento para el promotor.

(3) El promotor habrá de respetar las buenas prácticas ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los «Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las actuaciones previstas.

1.2 Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los impactos más significativos.

Se exponen a continuación aquellas medidas del EsIA, y las incluidas en los diferentes informes que han sido aceptadas por el promotor, que deben ser modificadas o completadas, así como otras adicionales que se desprenden del análisis técnico realizado por este órgano.

1.2.1 Suelo y Agua.

– El proyecto se adaptará al máximo a los terrenos agrícolas evitando las zonas de mayor pendiente para minimizar la afección al suelo y la generación de nuevas superficies de erosión. La nivelación de terreno se limitará exclusivamente a viales y edificios. No se nivelará el terreno para la instalación de paneles, dado que la técnica de hincado permite adaptarse a su perfil.

– Las estructuras de soporte de los paneles irán directamente hincadas al terreno, sin utilizar hormigón o materiales análogos. En todo momento se evitará realizar voladuras. La altura de colocación de los módulos solares deberá adaptarse a la morfología del terreno y permitir el manejo de la vegetación con el ganado.

– Se reducirán al mínimo los movimientos de tierra. No se retirará la tierra vegetal ni se harán compactaciones salvo en las soleras de los centros de transformación, edificios, zanjas para el cableado, viales y zonas de instalaciones auxiliares de obra. La tierra vegetal obtenida se utilizará en labores de restauración de zonas alteradas y, si fuera necesario, se realizarán aportes de tierra vegetal extra en áreas con riesgo de erosión.

– Con el fin de minimizar la ocupación del suelo y afección a la vegetación, se aprovecharán los accesos y la red de caminos existentes, procediendo a ejecutar únicamente los viales y accesos necesarios para la ejecución del proyecto. En caso de ejecución de nuevos caminos y/o accesos, se realizarán con la mínima anchura posible, procurando respetar la vegetación autóctona y en coordinación con el órgano competente de la Junta de Andalucía.

Las zanjas de cableado y los viales internos entre los seguidores y los módulos no se podrán pavimentar, ni cubrir con grava o zahorra. Aquellos caminos principales que sí deban pavimentarse se realizarán con zahorras de la misma tonalidad que el entorno.

Se repondrán los caminos y el resto de viales que se vean afectados por la ejecución de las obras.

Una vez finalizadas las obras de ejecución de las infraestructuras de evacuación, se restaurará el terreno devolviendo al suelo su uso original, se escarificará la superficie del mismo para disminuir la compactación del suelo y se procederá a una siembra de herbáceas para evitar la creación de fenómenos erosivos por carcavamientos y pérdida de suelo.

– El tránsito de vehículos y maquinaria estará restringido a las zonas de ocupación y alteración del suelo (viales existentes y previstos), evitando especialmente las vaguadas y las charcas. El trazado de los viales debe ser balizado (mediante malla de obra o similar) a fin de limitar la salida de vehículos.

– Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras, al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del proyecto. No se ocupará ninguna zona de vegetación de ribera asociada a cauces.

– Se adoptarán medidas para evitar fenómenos erosivos y pérdida de suelo, prestando especial atención al riesgo de erosión en cauces debido a la cercanía del río Corbones. Además, se colocarán barreras móviles como medida preventiva frente al arrastre pluvial de sedimentos.

– Para la limpieza y mantenimiento de los paneles se utilizará agua u otros medios de limpieza en seco, sin utilizar otros productos químicos. El suministro de agua necesario para las plantas no se podrá obtener por extracción de aguas subterráneas.

– Los acopios de materiales se ubicarán de tal forma que se impida cualquier vertido directo o indirecto. Se respetará un mínimo de 100 m respecto a los cursos de agua. Las instalaciones auxiliares temporales de obra, o parques de maquinaria, se ubicarán fuera de las zonas de policía de cauces y fuera de zonas de alta permeabilidad. Además, las zonas en las que se ubiquen las instalaciones auxiliares y parques de maquinaria serán impermeabilizadas para evitar la contaminación de las aguas subterráneas. Las aguas procedentes de la escorrentía de estas zonas impermeabilizadas serán recogidas y gestionadas adecuadamente para evitar la contaminación del Dominio Público Hidráulico.

– El promotor presentará ante la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, la documentación preceptiva, conforme a la normativa en materia de aguas, del proyecto final y cuyas actuaciones, en caso necesario, se someterán a su previa autorización, antes de la aprobación del proyecto por parte del órgano sustantivo. Asimismo, deberán tenerse en cuenta las consideraciones indicadas por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir a la hora de solicitar dicha autorización.

– Toda actuación no prevista que surja en el transcurso de las obras y/o durante la vida útil de las instalaciones y que pueda afectar al dominio público hidráulico, será comunicada a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir a la mayor brevedad posible, para la determinación de las medidas a adoptar.

– La gestión de las aguas residuales y del resto de los residuos generados por la actividad cumplirán en todo caso la normativa sectorial vigente, garantizando en todo momento que no se produzcan afecciones negativas sobre la calidad del agua de ningún curso fluvial ni acuífero cercano, así como de los suelos.

– El proyecto constructivo deberá contener un estudio de gestión de los residuos que se prevé generar en las distintas fases del proyecto, diferenciando peligrosos y no peligrosos. Para su descripción se seguirá la clasificación de la Lista Europea de Residuos (LER), especificándose las estimaciones de los mismos para todas las actuaciones del proyecto.

– El aceite de los transformadores estará exento de PCBs y PCTs. Los transformadores estarán dotados de un sistema de alerta de fuga de aceites y de tanques de recogida de aceite en caso de escape.

– Se adoptarán todas las medidas recogidas en el informe de la Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía relativas a la calidad del suelo y a los residuos.

1.2.2 Calidad atmosférica, población y salud.

– El promotor deberá identificar los núcleos de población y edificaciones aisladas potencialmente afectados por el ruido generado por los distintos focos emisores del proyecto. Deberá llevarse a cabo un estudio de ruido mediante el cálculo de los niveles de inmisión generados por estos focos emisores, así como el acumulado con otros posibles focos existentes sobre los potenciales receptores. Se realizarán las mediciones oportunas sobre el terreno, así como las modelizaciones necesarias. El proyecto deberá cumplir con los valores establecidos en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústica, y con la normativa autonómica o local aplicable. En caso necesario, deberán aplicarse medidas de mitigación para no superar los umbrales admisibles. El estudio acústico deberá ser incorporado al proyecto previamente a su autorización.

– Previamente a la autorización del proyecto, el promotor deberá prospectar el trazado de las líneas de evacuación con objeto de identificar núcleos de población, viviendas aisladas y edificios de uso sensible (sanitario, docente y cultural) emplazados en su proximidad. En el supuesto de confirmarse la presencia de alguno de los anteriores, deberá desplazarse el trazado de la línea a una distancia superior a 200 m de núcleos de población y de 100 m de viviendas aisladas y edificios de uso sensible. En caso de que el desplazamiento no resultara viable, deberá garantizarse que el nivel de densidad de flujo o inducción magnéticos sea inferior a 100 µT, conforme a la Recomendación 1999/519 del Consejo de la UE (DOCE de 12 de julio de 1999).

– Se adoptarán todas las medidas y recomendaciones recogidas en el informe de la Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía relativas a la calidad atmosférica, ruido, vibraciones y contaminación lumínica.

1.2.3 Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario.

– Previamente al inicio de las obras, se realizará una prospección de campo con la finalidad de identificar la presencia de especies de flora amenaza y/o comunidades de vegetación de interés. Si se produjese esta circunstancia, se comunicará al órgano competente de la Junta de Andalucía de forma que se establezcan las medidas de protección adecuadas.

Durante los trabajos que conlleven la eliminación de la cubierta vegetal se delimitarán aquellas áreas en las que aparezcan especies protegidas de flora. Esta delimitación debe mantenerse durante todo el periodo de ejecución de las obras de la PFV y de la línea de evacuación.

– Durante la fase de construcción, se minimizará en lo posible la destrucción y/o degradación de la vegetación natural, evitando, en todo momento, el movimiento de tierras y el decapado del terreno en aquellas zonas que no estén directamente ocupadas por las infraestructuras proyectadas. Asimismo, no se instalarán ni acopios ni instalaciones o superficies auxiliares sobre áreas con HIC y/o con vegetación arbórea o arbustiva de interés, procurando localizarlas sobre terrenos agrícolas.

– Se evitará, en lo posible, dañar o eliminar la vegetación de ribera del río Corbones y cauces del entorno en la zona de implantación de la PSF y de la línea de evacuación. Si se realizasen desbroces, estos deberán ser manuales y la actuación deberá ceñirse exclusivamente a la retirada selectiva de plantas herbáceas o arbustivas anuales que puedan impedir el acceso a la realización de las obras.

En caso de ser necesaria la eliminación de pies arbóreos, dicha actividad se realizará en coordinación con el órgano competente de la Junta de Andalucía.

– Se permitirá el crecimiento de la vegetación herbácea espontánea bajo los módulos fotovoltaicos durante toda la vida útil de la instalación. El control de la vegetación en el interior de la instalación (tanto bajo los módulos como en los espacios libres entre ellos) durante la fase de explotación se realizará mediante ganado con una carga ganadera ajustada y rotacional por sectores (preferiblemente pastoreo libre de ganado ovino), o bien por desbroce mecánico, prohibiéndose el uso de productos fitosanitarios. En ningún caso, el control de la vegetación consistirá en erradicar la cobertura vegetal y dejar el suelo desnudo.

– En caso de que se produjese alguna alteración sobre los HIC, principalmente el 92A0 y el 92D0, por los trabajos de construcción del tendido eléctrico, si estas no suponen una ocupación permanente por las infraestructuras o instalaciones del proyecto, deberán ser restauradas o recuperadas, en las mismas superficies en las que se produjo la alteración mediante la preparación o acondicionamiento del suelo e implantación de vegetación con la misma composición específica, proporción de especies, densidad, etc., que permita la progresión hacia la comunidad vegetal/hábitat preexistente.

En el caso de que las superficies de HIC y de vegetación natural de interés sean afectadas de forma permanente por ocupación de las instalaciones, se procederá a la compensación en otros terrenos de la superficie detraída. La compensación se realizará implantando el mismo tipo de vegetación existente en el área en la que se produjo la pérdida, siguiendo como criterio de compensación, al menos, 2:1 para HIC arbóreos y 1:1 para HIC herbáceos.

– El proyecto de construcción incluirá un Plan de Restauración Vegetal e Integración Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de restauración y apantallamiento integradas por el promotor en el proyecto, incluidas las indicadas en esta resolución, concretando y cuantificando las superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de todas las actuaciones. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia de todas las plantaciones y restauraciones durante toda la vida útil de la instalación, contemplando la reposición de marras y riegos de mantenimiento si fuera preciso.

El promotor programará adecuadamente la secuencia de trabajos propiamente constructivos (obra civil, movimientos de tierras, etc.) y de restauración vegetal proyectados en las superficies que resulten alteradas por la obra (modelados y perfilados de las superficies de trabajo, aportes de tierra vegetal, preparaciones del sustrato, siembras, hidrosiembras y plantaciones), de tal forma que éstos se realicen de forma concatenada e inmediatos a los acabados de obra civil y movimientos de tierras previstos, debiéndose considerar en la planificación de las operaciones la ejecución del tratamiento vegetal durante las épocas adecuadas.

Este Plan de Restauración Vegetal e Integración Paisajística deberá ser remitido al órgano competente de la Junta de Andalucía para su validación.

– Las especies vegetales utilizadas en las labores de revegetación serán autóctonas, certificadas y de procedencia local. En ningún caso, se emplearán especies exóticas invasoras, de acuerdo con la normativa sectorial vigente.

– La instalación proyectada deberá contar con un sistema de prevención y extinción de incendios, así como disponer del preceptivo plan de autoprotección antes de la puesta en marcha de la misma, de acuerdo con la normativa sectorial vigente.

1.2.4 Fauna.

– Previo al inicio y durante la ejecución de las obras, se realizarán prospecciones del terreno por un técnico especializado con objeto de identificar la presencia de ejemplares de especies de fauna amenazada, así como de nidos y/o refugios. Si se produjese esta circunstancia, se paralizarán las obras en la zona y se avisará al órgano competente de la Junta de Andalucía que dispondrá las indicaciones oportunas. Estas prospecciones tomarán en especial consideración a las especies águila imperial ibérica, aguilucho cenizo, milano real, sisón común, busardo ratonero y cernícalo primilla.

Respecto a los quirópteros y con carácter previo la autorización del proyecto se realizará un estudio de quirópteros, con la finalidad de identificar y cuantificar con precisión las especies de quirópteros que se verán afectadas por los elementos de las plantas y las líneas de evacuación. Asimismo, se llevará a cabo la búsqueda de posibles refugios en la zona del proyecto. Se realizará un análisis de impactos y se propondrán medidas suficientes para evitar su afección, o de compensación, en su caso, en consonancia con el órgano competente de la Junta de Andalucía.

– El estudio de avifauna indica que dentro de los límites de unas de las parcelas existe un pequeño primillar con 3 parejas en el Cortijo La Angorrilla Alta. Este órgano ambiental considera que se deben mantener las poblaciones de las colonias reproductoras de cernícalo primilla próximas al proyecto, situadas a distancia inferior al radio de campeo de la especie considerado de 4 km, en el mismo estado que presentan en la situación preoperacional, sin que resulte admisible su desplazamiento a otras zonas alternativas. Para ello, es preciso preservar la capacidad del territorio circundante a las colonias como hábitat de alimentación que permita satisfacer sus necesidades, cualitativa y cuantitativamente, durante el periodo de reproducción y cría.

En consecuencia, y ante la ausencia de evidencias científicas que garanticen la utilización por parte de la especie de superficies ocupadas por plantas fotovoltaicas como fuente de recursos tróficos, de acuerdo con el criterio de este órgano ambiental, reflejado en otras declaraciones de impacto ambiental, se establecerá en cualquier colonia situada a una distancia inferior a 4 km de los límites de la planta un área de exclusión para la instalación de seguidores fotovoltaicos. El área de exclusión tendrá forma circular con un radio mínimo de 500 m medido a partir de cada una de las edificaciones utilizada como colonia reproductora que cumpla la distancia indicada de 4 km. Los censos que deban realizarse para el cumplimiento de esta medida se realizarán con carácter previo a la autorización del proyecto, de manera que las modificaciones pertinentes figuren en el proyecto técnico.

– La ubicación, diseño y dimensiones de los primillares propuestos por el promotor en el EsIA serán consensuados con el órgano competente de la Junta de Andalucía. Respecto al diseño de los mismos, se recomienda la consulta, según la tipología finalmente elegida, de los documentos «Proyecto de primillar optimizado» realizados por la Subdirección de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO.

– Con carácter previo a la autorización del proyecto, se realizarán prospecciones específicas para la localización de puntos de nidificación de aguilucho cenizo, coincidiendo con el periodo reproductor de esta especie. En caso de detectarse nidificación y cría de ejemplares en la zona de implantación del proyecto, se actuará en consonancia con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, sobre la prohibición de deteriorar las áreas de reproducción de las especies incluidas en el LESRPE. Así, deberá quedar garantizada la compatibilidad del proyecto con la utilización del entorno como territorio de reproducción del aguilucho cenizo, especie en la categoría «vulnerable» en el CEEA. En consecuencia, el promotor deberá establecer un área de exclusión para la instalación de seguidores fotovoltaicos en el territorio o territorios de cría de la población de aguilucho cenizo. Para ello, deberá identificar, dimensionar y delimitar con precisión estos territorios tomando como referencia las observaciones detectadas en los trabajos de campo y en las prospecciones específicas indicadas en la presente condición, en los datos de otros censos, muestreos y citas, así como en base a información científica de solvencia reconocida respecto del comportamiento de la especie, del uso del espacio y de las características y dimensiones de su territorio de reproducción y cría. Las dimensiones y condiciones ecológicas de este territorio, o territorios, deberán garantizar que se mantiene su utilización como área de reproducción y cría y que se evita el desplazamiento de la población reproductora durante el funcionamiento del proyecto. En el supuesto de coincidir estos territorios con elementos de las plantas, se procederá a la supresión de todos aquellos localizados en su interior, modificando el proyecto en consecuencia. Deberá justificarse documentalmente la metodología aplicada para establecer la delimitación, con cartografía a escala apropiada incluida, ante el órgano competente de la Junta de Andalucía y obtener su conformidad.

– Se realizarán y apoyarán las actividades que el órgano competente de la Junta de Andalucía estime oportunas en el marco del Plan de Actuación del Águila Imperial Ibérica y del Programa de Vigilancia y Protección del aguilucho cenizo en Andalucía.

– Previo al inicio de los trabajos se establecerá un calendario de obras, en el que se definirán las limitaciones temporales y espaciales en función de la fenología de las especies protegidas, así como de áreas próximas de reproducción y cría, el cual podrá ser objeto de modificación por parte del órgano competente de la Junta de Andalucía. En cualquier caso, se evitarán los desbroces, movimientos de tierras y actividades más ruidosas en el periodo de cría de la fauna.

– Las zanjas para canalizaciones y cableados contarán con sistemas que eviten la caída y/o faciliten la salida de animales terrestres que accidentalmente caigan en ellas. Estos sistemas de escape se mantendrán siempre que haya zanjas abiertas.

– El cerramiento deberá ceñirse al máximo posible a las superficies ocupadas por los paneles solares, evitando cerrar áreas desprovistas de estos elementos, salvo incompatibilidad técnica o por cumplimiento de normativa sectorial. Además, deberá cumplir las prescripciones de permeabilidad acordes a la publicación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. «Prescripciones técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales». Será cinegético, carecerán de elementos cortantes o punzantes y dispondrá de placas visibles de señalización para evitar la colisión de la avifauna. Además, el cerramiento de las plantas cumplirá con lo dispuesto en la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y Fauna Silvestre, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, siendo necesario contar con la autorización expresa por parte del órgano competente de la Junta de Andalucía.

– Tal y como señala la Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía las líneas eléctricas aéreas de evacuación estarán dotadas de medidas anticolisión en toda su longitud. Estas medidas anticolisión serán salvapájaros o señalizadores visuales en el cable de tierra aéreo o en los conductores, empleando catadióptricos reflectantes y balizas en aspa de 5 x 35 cm de neopreno instalados de forma alterna con una separación máxima de 5 m, cuando el cable de tierra sea único, o alternadamente cada 10 m cuando sean dos los cables de tierra paralelos o, en su caso, en los conductores.

– El promotor deberá incluir el mantenimiento del balizamiento en las operaciones generales de mantenimiento y conservación de la línea. Estos dispositivos anticolisión deberán ser repasados periódicamente (al menos una vez al año) debiéndose sustituir, si fuera necesario, en el caso de deterioro o falta de su funcionalidad. En el caso de detectarse colisiones de ejemplares durante el seguimiento en el marco del protocolo de seguimiento de la siniestralidad por colisión y/o electrocución reflejado en el condicionado del PVSA de la presente resolución, se deberán adoptar medidas de prevención adicionales, como la instalación de señales luminiscentes en el cable de tierra y, en la medida de lo posible, balizas luminosas de autoinducción en los conductores u otras medidas de eficacia probada.

Finalmente, si las medidas adicionales aplicadas resultaran ineficaces y se superase el umbral de sucesos mortales admisible, se procederá al soterramiento de aquellos tramos de la línea de evacuación con alto riesgo de colisión. En este sentido, el promotor elaborará un protocolo que determinará los umbrales admisibles de mortalidad por especie –en número de ejemplares– que, en caso de superarse, obligará al soterramiento de los tramos peligrosos. El protocolo deberá incorporarse al proyecto constructivo previamente a su autorización.

– Con objeto de prevenir y evitar incidentes y daños por la nidificación sobre las crucetas de los apoyos, así como posteriores actuaciones de derribo de nidos por actuaciones de mantenimiento de la línea, se colocarán pletinas verticales de chapa galvanizada y forma triangular sobre los puentes de las crucetas de todos los postes susceptibles de ser utilizados con este fin o cualquier otra medida de probada eficacia, de tal manera que se impida el posado de las aves.

Asimismo, con la finalidad de reducir el riesgo de colisión de las aves con la línea eléctrica, se valorará el diseño en cruceta tipo bóveda en lugar de tresbolillo, en los apoyos del tendido aéreo de las líneas de evacuación.

– Se incorporarán todas las medidas compensatorias establecidas en el informe de la Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía, entre otras:

● Se deberá mantener anualmente una superficie equivalente al 100% de la superficie ocupada por las plantas como hábitat óptimo para aves esteparias amenazadas mediante el mantenimiento del cultivo herbáceo tradicional de secano en las parcelas designadas al efecto y la adopción en las mismas de las siguientes medidas:

○ Mantenimiento del barbecho en un mínimo del 25 % del terreno.

○ Siembra de leguminosas de secano en un mínimo del 10%.

○ Mantenimiento del rastrojo hasta un mes antes del momento de la siembra siguiente.

○ Evitar en lo posible tratamientos o trabajos agrícolas durante los meses de marzo, abril y mayo.

○ Eliminación o reducción del uso de productos fitosanitarios.

Estas medidas podrán ser revisadas y modificadas, previo acuerdo con la Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía, en función de los resultados observados y posibles experiencias, o mejoras, para las especies objeto de protección.

– Las parcelas a mantener serán determinadas por el Servicio de Gestión del Medio Natural de la Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía, en función de su importancia en la conservación de las especies esteparias amenazadas y podrán estar repartidos en superficies menores y en diferentes localidades. Estos acuerdos deberán hacerse efectivos en el plazo de un año a partir de la comunicación al promotor por la Delegación Territorial de las parcelas designadas. Esta obligación comienza en el momento del inicio de la construcción de las plantas y estará vigente durante la totalidad de la duración de la misma.

1.2.5 Paisaje.

– Se realizará una integración paisajística de las SET mediante acabados exteriores de los edificios previstos con un tratamiento de color y textura acorde al entorno, teniendo especialmente en cuenta la cubierta y paredes exteriores de las edificaciones.

1.2.6 Patrimonio cultural, bienes materiales y vías pecuarias.

– Respecto a la protección del patrimonio cultural, se cumplirán todas las medidas propuestas por la Delegación Territorial de Sevilla de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía. En caso de que durante los movimientos de tierra o cualquier otra obra, se detectara la presencia de restos arqueológicos, los trabajos se paralizarán inmediatamente, poniéndose en conocimiento del órgano competente de la Junta de Andalucía.

– En relación con las vías pecuarias, el promotor solicitará autorización al organismo autonómico competente para la ocupación temporal de las mismas, y se atenderá a las condiciones dispuestas por dicho organismo. En cualquier caso, se garantizará en todo momento el tránsito ganadero y los usos compatibles y complementarios con aquel.

1.3 Condiciones al programa de vigilancia y seguimiento ambiental.

En virtud del análisis técnico realizado, el programa de vigilancia ambiental previsto en el EsIA debe completarse con los aspectos adicionales que se incorporan mediante esta resolución.

– La Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía respecto al PVSA señala unas condiciones generales y particulares, así como unos indicadores de seguimiento y control/metodología de seguimiento que se deberán incluir. Se deberá remitir el PVSA actualizado a dicha Delegación, antes de seis meses a contar desde la fecha de la autorización administrativa por el órgano sustantivo.

– El seguimiento se ampliará a toda la vida útil del proyecto. Tras cinco años y en función de los resultados, el promotor podrá solicitar una revisión de periodicidad y alcance de los informes o el levantamiento de la obligación de realizar el PVSA durante el resto de la fase de explotación ante el órgano sustantivo para que se pronuncie sobre el asunto, a excepción de los seguimientos específicos señalados en la presente resolución. Con carácter general, independientemente del informe inicial y final de obra, deberán remitirse informes durante la fase de construcción con una periodicidad bimensual tanto al órgano sustantivo como al órgano competente de la Junta de Andalucía. En fase de funcionamiento, se remitirán informes a los mismos organismos con una periodicidad anual durante los cinco primeros años de funcionamiento de la planta fotovoltaica, sin perjuicio de los informes de seguimiento específicos de aquellos factores ambientales que necesariamente excedan este periodo.

– Se realizarán censos periódicos cada tres años durante toda la vida útil de la instalación, que incluyan la realización de censos de fauna (invertebrados, anfibios, reptiles y mamíferos) tanto dentro de la PFV como en parcelas control situadas en las cercanías con los mismos hábitats que los afectados por la instalación, al objeto de identificar las variaciones en la riqueza y abundancia de las comunidades faunísticas tras la construcción de la planta. Se prestará especial atención a las especies objeto de alimentación de las aves esteparias y rapaces (insectos, pequeños mamíferos, etc.).

Complementariamente, durante la realización de estos censos periódicos se realizará un seguimiento de las condiciones físicoquímicas y microbiológicas del suelo y de la evolución de la vegetación natural como consecuencia de la implantación de la planta.

– Desde el inicio de la fase de obra y durante toda la vida útil, el promotor realizará campañas anuales de seguimiento de avifauna y quirópteros, prestando especial atención a las especies detectadas incluidas en el LESRPE y CEEA, con un apartado específico para el águila imperial ibérica, aguilucho cenizo, milano real, sisón común, busardo ratonero y cernícalo primilla. Los trabajos de campo deberán realizarse en todas las zonas del proyecto (dentro de las PSF, en el recorrido de las líneas de evacuación, así como en las zonas destinadas a la compensación), y en parcelas control, que se situarán en las cercanías con los mismos hábitats que los afectados por la instalación, así como prospecciones con los mismos métodos, técnicas, ámbito de estudio e intensidad de muestreo que en el estudio de fauna del EsIA, con la finalidad de caracterizar las poblaciones y su uso del entorno con el mismo grado de detalle que el estudio anual. A partir del sexto año de funcionamiento, la periodicidad del seguimiento podrá disminuir con la realización, al menos, de una campaña anual cada cinco años, en función de los resultados obtenidos en los años anteriores sobre la eficacia de las medidas de mitigación aplicadas.

En cada campaña anual se comprobará si el proyecto origina un descenso de la riqueza de especies y de la abundancia de ejemplares de cada especie, así como modificaciones en su comportamiento y uso del espacio en el ámbito de estudio respecto de la situación preoperacional.

Respecto al cernícalo primilla y, al menos, durante la fase de construcción y los cinco primeros años de la fase de explotación del proyecto se realizará un seguimiento específico anual de los primillares emplazados a menos de 4 km de los límites de las plantas, del número de parejas y éxito reproductivo en cada una de ellos, completado con datos bibliográficos de censos poblacionales históricos, y con un estudio de sus respectivos hábitats útiles de alimentación, con su caracterización, cartografía, grado de utilización por las aves, en coordinación con el órgano competente de la Junta de Andalucía.

– El promotor desarrollará un protocolo de seguimiento de la siniestralidad por colisión y/o electrocución con los elementos del proyecto (módulos fotovoltaicos, vallado perimetral y líneas de evacuación), en el que se concretarán todos los aspectos técnicos precisos, como frecuencia de visitas, identificación de especies, coeficientes de corrección, diseño de itinerarios, etc. El seguimiento tendrá carácter adaptativo y debe orientar sobre la necesidad aplicar medidas mitigadoras adicionales más efectivas y medidas compensatorias del impacto residual en función de los resultados obtenidos. Contará con un apartado específico de valoración y análisis del riesgo de colisión y/o electrocución del águila imperial ibérica con las líneas de evacuación.

La metodología de las campañas de seguimiento de la avifauna y el protocolo de seguimiento de siniestralidad, deberán estar descritos en el PVSA e incorporarse al proyecto constructivo previamente a su autorización. Los resultados serán incluidos en el informe del año correspondiente, así como los resultados agregados de los anteriores informes. Los informes de seguimiento se remitirán al órgano competente de la Junta de Andalucía a fin de que puedan tomarse las medidas correctoras oportunas, o en su caso, nuevas medidas compensatorias.

– Se realizará un seguimiento que permita garantizar la ocupación de las cajas nido para aves y cajas refugio para quirópteros, refugios para reptiles, refugios para insectos y de aquellas otras medidas semejantes que se hayan establecido, de manera que se asegure la efectividad de estas medidas durante toda la vida útil de la planta.

– Durante la fase de funcionamiento, se realizará el seguimiento del ruido generado en las distintas infraestructuras asociadas al proyecto, con objeto de garantizar el cumplimiento de los niveles establecidos en la legislación vigente. En caso de que se detecten niveles de inmisión acústica que superen los valores admisibles según la normativa vigente, se establecerán las medidas complementarias para garantizar su cumplimiento.

– Respecto de los campos electromagnéticos, se realizará un seguimiento específico para comprobar que no se supera el nivel de exposición de 100 μT, conforme a la Recomendación 1999/519 del Consejo de la UE (DOCE de 12 de julio de 1999) en los núcleos de población y en viviendas aisladas y edificios de uso sensible situados a distancias inferiores a 200 m y 100 m, respectivamente.

– El promotor deberá realizar un acuerdo con una entidad científica acreditada, para que, de forma proporcional a su capacidad de evacuación, realice un estudio sinérgico de los efectos de las instalaciones renovables que evacuan en la SET Carmona Promotores y sus respectivas líneas de evacuación, evaluando los efectos de la plantas en el suelo (residuos plaguicidas, biodiversidad del suelo, parámetros físico-químicos y biológicos), la flora y la fauna, para conocer la tendencia de los parámetros e indicadores que se seleccionen, colaborando en el marcaje de la comunidad de rapaces presentes (como el águila imperial y el milano real) cigüeña negra y la comunidad de aves esteparias (avutarda, sisón común y aguilucho cenizo) en un buffer de 5 km alrededor del área de estudio, que deberá remitirse al órgano competente de la Junta de Andalucía.

Cada una de las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental y en esta declaración deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 20 de enero de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

ANEXO I

Consultas a las administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones

Consultados Contestación
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. MITECO.
Demarcación Carreteras del Estado en Andalucía Occidental. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. No
S.G. de Biodiversidad y Medio Natural. D.G. de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. MITECO. No
D.G. de Infraestructuras de la Junta de Andalucía. No
D.G. de Energía de la Junta de Andalucía. No
D.G. de Ordenación del Territorio y Urbanismos de la Junta de Andalucía.
D.G. de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía.
D.G. de Patrimonio Histórico y Documental de la Junta de Andalucía.
D.G. de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de Andalucía.
D.G. de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de la Junta de Andalucía.
Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Trasformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Sevilla de la Junta de Andalucía. No
Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla de la Junta de Andalucía. No
D.G. de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía. No
Diputación Provincial de Sevilla.
Ayuntamiento de Carmona. No
Nedgia Andalucía (Grupo Naturgy).
Red Eléctrica España (REE).
Endesa. No
Ecologistas en Acción Andalucía. No
SEO/BIRDLIFE. No