El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. y el Secretario General de la Federación Española de Municipios y Provincias han suscrito, con fecha 17 de noviembre de 2025, Adenda de prórroga al Convenio entre la Federación Española de Municipios y Provincias y la entidad pública empresarial Red.es para el impulso de la tecnología y las soluciones innovadoras en los gobiernos locales (C022/23-SP AD1).
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del citado convenio.
Madrid, 24 de noviembre de 2025.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M. P., Jesús Herrero Poza.
ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO ENTRE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS Y LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES PARA EL IMPULSO DE LA TECNOLOGÍA Y LAS SOLUCIONES INNOVADORAS EN LOS GOBIERNOS LOCALES. C022/23-SP AD1
Madrid, 17 de noviembre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, don Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda, como Secretario General de la Federación Española de Municipios y Provincias (en adelante, FEMP), en virtud del nombramiento efectuado por su Junta de Gobierno, en sesión celebrada el día 23 de septiembre de 2023, actuando en nombre y representación de la misma, en desarrollo de las funciones que le atribuye el artículo 39, apartado 2, de los Estatutos de esta Federación, aprobados en el XII Pleno Ordinario celebrado en Madrid el día 21 de septiembre de 2019, con domicilio social en Madrid, C/Nuncio n.º 8 y NIF G-28783991.
De otra parte, don Jesús Herrero Poza, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M. P. (en adelante, Red.es), con domicilio en la Plaza de Manuel Gómez Moreno s/n, 28020, Madrid y CIF Q-2891006-E, nombrado por el Consejo de Administración en su sesión de 28 de noviembre de 2023 y facultado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1. k) del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es.
Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente adenda al convenio, y en su virtud,
EXPONEN
Primero.
Que el 17 de noviembre de 2023, se suscribió el Convenio entre la Federación Española de Municipios y Provincias y Red.es para el impulso de la tecnología y las soluciones innovadoras en los gobiernos locales que entró en vigor una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal el 17 de noviembre de 2023. Fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (según lo recogido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015), el 29 de noviembre de 2023.
Segundo.
Que, en virtud de lo dispuesto en la cláusula decimoprimera del convenio, su plazo de vigencia se extiende hasta el 17 de noviembre de 2025, pudiendo prorrogarse por acuerdo de las partes hasta un máximo de 2 años adicionales (de conformidad con lo recogido por el artículo 49 h) de la Ley 40/2015).
Tercero.
Que, dicho convenio recoge, como su objeto, que las partes firmantes realizarán de manera conjunta acciones para impulsar la tecnología y las soluciones innovadoras en los gobiernos locales y en la prestación de servicios públicos locales.
Cuarto.
Que, de conformidad con lo previsto en la cláusula decimoprimera del mismo, las partes coinciden en la necesidad de prorrogar la vigencia del convenio en dos años adicionales, hasta el 17 de noviembre de 2027, con el objetivo de disponer así del plazo necesario para la efectiva ejecución de los trabajos previstos.
Quinto.
Que la prórroga del convenio no tiene impacto económico, con lo que se mantiene el régimen de financiación establecido en la cláusula quinta del convenio.
En virtud de cuanto queda expuesto, las partes manifiestan su voluntad de colaboración suscribiendo la presente adenda de prórroga al convenio, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Prórroga de la vigencia del convenio.
Las partes acuerdan prorrogar la vigencia del convenio en dos años adicionales, hasta 17 de noviembre de 2027, de conformidad con el artículo 49 h) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segunda. Eficacia del presente acuerdo.
Esta adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes mediante su firma y producirá efectos una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, antes de la fecha de extinción del convenio que prorroga y dentro del plazo de 5 días hábiles desde su formalización Además, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», en el plazo de diez días hábiles desde su formalización. En todo lo no estipulado expresamente en la presente adenda se estará a lo establecido en el convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.
Y en prueba de cuanto antecede, las partes suscriben la presente adenda al convenio, en la fecha 17 de noviembre de 2025.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M. P., Jesús Herrero Poza.–El Secretario General de la Federación Española de Municipios y Provincias, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.