Resolución de 27 de octubre de 2017, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Asociación Española de Empleo con Apoyo, para la realización de dos talleres de empleo.

Nº de Disposición: BOE-A-2017-13407|Boletín Oficial: 283|Fecha Disposición: 2017-10-27|Fecha Publicación: 2017-11-21|Órgano Emisor: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

El Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Española de Empleo con Apoyo han suscrito, con fecha 31 de marzo de 2017, un Convenio de colaboración para la realización de dos talleres de empleo, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 27 de octubre de 2017.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Mario Garcés Sanagustín.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Real Patronato sobre discapacidad y la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE), para la realización de dos talleres de empleo

En Madrid, 31 de marzo de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Mario Garcés Sanagustín, Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, nombrado por Real Decreto 539/2016, de 18 de noviembre («BOE número 280, del 19), en calidad de Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, y conforme a lo establecido en el Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2. g) del Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, aprobado por el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, modificado por Real Decreto 1/2013, de 11 de enero.

Y de la otra, don Alfonso Gutiérrez Caballero, con documento nacional de identidad número 05.669.516Q Presidente de la Asociación Española de Empleo con Apoyo AESE, domiciliada en calle Cueva de Montesinos, número 45, 28034 Madrid y C.I.F. número G -07644966, elegida por acuerdo de la Asamblea General de Asociados de fecha 13 de junio de 2014, según consta en Certificado de acta de elección emitido por la entidad y con poder para representarla tal y como se establece en el artículo 16 de sus Estatutos.

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y al efecto

EXPONEN

Primero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo de la Administración General del Estado, que tiene encomendada, entre otras funciones recogidas en el artículo 3 de su Estatuto, promover la aplicación de los derechos humanos, los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos a las acciones sobre discapacidad, facilitar la colaboración entre distintas instituciones, prestar apoyos a organismos en materia de estudios, investigación y desarrollo, información, documentación y formación, emitir dictámenes técnicos y recomendaciones y desarrollar actividades como órgano técnico de encuentro, reflexión, debate y propuesta, así como difundir y promover el más amplio conocimiento de la discapacidad.

Segundo.

Que el fin principal de la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) es la propagación de un modelo de normalización social de los colectivos de personas en exclusión social o personas con discapacidad, que mediante el Empleo con Apoyo han de conseguir una integración laboral dentro del sistema ordinario y, en consecuencia, una plena inserción social según figura en el artículo 4 de sus Estatutos.

Tercero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) reconocen que la realización de actividades conjuntas es un vehículo que facilita la integración social de las personas con discapacidad, así como un medio de sensibilizar a la sociedad, lo que favorece la rehabilitación y reinserción social de estas personas.

Este convenio es uno de los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente, sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.

Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1. d) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, y en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio de colaboración tiene por objeto instrumentar la participación conjunta entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) en la realización de dos talleres de empleo, que se realizarán en Madrid en el mes de junio y en Sevilla en el mes de octubre de 2017.

La colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación de Empleo con Apoyo (AESE) durante el año 2017, para ejecutar las actividades previstas, se desarrollarán con las actuaciones expresadas en el anexo unido a este acuerdo.

Segunda. Compromisos del Real Patronato sobre Discapacidad.

El Real Patronato sobre Discapacidad aportará:

• La participación de los funcionarios en la coorganización y participación de los talleres de empleo.

• El realizar, a través de sus canales de comunicación, la máxima difusión posible previa, durante y después a la realización de cada taller de empleo.

• El asesoramiento específico referido al fondo documental y bibliográfico de que dispone el Real Patronato sobre Discapacidad que resulte necesario para la realización de los talleres. En concreto los fondos del Centro Español de Documentación sobre Discapacidad y el Boletín del Real Patronato.

• Realización de reuniones de coordinación presenciales o vía online de seguimiento y coordinación para la preparación de los talleres.

• Una aportación económica de seis mil trescientos veintiún euros (6.321 €), con cargo a la aplicación 26.106.231F.226.06 del presupuesto de gastos del organismo para el año 2017, y destinada a cofinanciar las actividades objeto de este convenio, conforme figura en el anexo.

En cumplimiento del apartado 3 del artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el abono de la aportación económica del Real Patronato sobre Discapacidad se efectuará una vez justificada la actividad prevista mediante la presentación de las correspondientes facturas y/o justificantes de gastos. El ingreso se realizará en la cuenta número ES90 1465 0100 9519 0003 0625 de ING Direct.

Dicho abono se efectuará contra certificado suscrito por el Director del Organismo, acreditativo de la realización de las actividades y de la recepción de conformidad de la justificación documental correspondiente.

Tercera. Compromisos de la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE).

La Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) se compromete a colaborar en el objeto de este Convenio, a través de:

• La participación de su personal en la preparación del programa de los dos talleres.

• La gestión administrativa de las actividades.

• Realizar la máxima difusión de las actividades objeto del convenio.

• La comunicación al Real Patronato de cualquier hecho que pueda modificar la estructura de la actividad.

• Una aportación económica de dos mil setecientos nueve (2.709 €), destinada a cofinanciar la actividad prevista en el Anexo de este Convenio. La citada aportación económica se efectuará a medida que la actividad lo requiera y, en todo caso, deberá estar desembolsada en su totalidad antes de que finalicen los efectos del presente Convenio.

Cuarta. Ausencia de relación laboral.

La relación del personal de la Asociación Española de Empleo con Apoyo con el Real Patronato sobre Discapacidad no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente Convenio, ni del mismo se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Quinta. Derechos de explotación.

Los derechos de explotación, en todas las modalidades, de la documentación que se produzca como consecuencia de las actuaciones contempladas en el presente Convenio y sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección segunda del Capítulo III del Título II Libro I de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, será propiedad del Real Patronato sobre Discapacidad, en la parte proporcional al porcentaje de financiación y podrá utilizarse en los cursos y actividades que se programen desde este organismo siempre que cuente con el consentimiento de la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) y respetando, en todo caso, el derecho moral que le corresponde al autor de la documentación y que es inalienable según el artículo 14 del citado texto legal.

Sexta. Logotipo.

Asimismo, la documentación y la información tanto impresa como electrónica sobre las actividades objeto del presente Convenio deberán incluir el logotipo del Real Patronato sobre Discapacidad y hacer referencia a este organismo en su calidad de coorganizador, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece los criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.

Séptima. Obligaciones.

La Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) se obliga a:

1. Elaborar una memoria anual de las actuaciones desarrolladas objeto de este convenio, de la cual se presentarán dos ejemplares.

2. Justificar al Real Patronato sobre Discapacidad la totalidad de los gastos y pagos realizados.

Gastos: se remitirá una relación detallada de todos los gastos realizados indicando su naturaleza así como la cuantía total para cada tipo de gasto.

Deberán adjuntarse los originales de las facturas y/o documentos contables de valor probatorio equivalente justificativos del gasto realizado, y si se pidiese la devolución de los mismos, se deberá solicitar expresamente y, en este caso, adjuntar también fotocopias de los mismos.

Los gastos o los compromisos de gastos previstos, deberán realizarse desde la fecha de la firma del Convenio hasta la finalización de la actividad.

Pagos: Los pagos efectuados deberán justificarse en el plazo de un mes desde la recepción de la aportación correspondiente al Real Patronato sobre Discapacidad. El incumplimiento de este extremo conllevará la obligación de reintegro parcial o total de los fondos recibidos, así como el pago de intereses de demora que se devenguen desde el día en el que se realizó el pago hasta el momento en el que se acuerde la procedencia del reintegro.

El tipo de interés de demora aplicable será el que se estipula en el artículo 17 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

En todo caso, la aportación de la Memoria Anual de actuaciones desarrolladas y la justificación de gastos y pagos efectuados, debe realizarse antes del 10 de noviembre de 2017.

Octava. Comisión de seguimiento.

Con el fin de facilitar la coordinación y el seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión mixta, que estará formada por dos representantes de cada una de las partes.

Los dos representantes del Real Patronato sobre Discapacidad serán designados por el Director de dicho organismo y los dos representantes de la Asociación de empleo con apoyo (AESE), serán nombrados por el Presidente.

La Comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del Convenio.

La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Novena. Modificación del convenio.

Los términos de este Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, siempre que no suponga un incremento del coste de la actividad a desarrollar, dicha modificación se hará efectiva por acuerdo de las partes a propuesta de la Comisión mixta, y se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio. En todo caso, la modificación del Convenio exigirá la suscripción del correspondiente acuerdo de modificación por parte de las entidades firmantes del mismo, limitándose la Comisión Mixta a proponer que se lleve a cabo dicha modificación.

Décima. Protección de datos.

En cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal se informa al representante de la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) de que sus datos personales se incorporan en ficheros de datos de carácter personal cuya titularidad ostenta el Real Patronato sobre Discapacidad con la finalidad de gestionar las relaciones institucionales y convenios y de agenda de contactos. Se informa asimismo que tiene la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que legalmente le corresponden mediante carta dirigida al Real Patronato sobre Discapacidad, ref. Protección de datos, calle Serrano, 140, 28006 Madrid.

Undécima. Efectos del convenio.

El presente Convenio surtirá efectos a partir de la fecha de su firma en los términos previstos en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y tendrá eficacia hasta el 10 de noviembre de 2017. No procede la prórroga del convenio.

Duodécima. Extinción del convenio.

Serán causas de extinción de este convenio, el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, siendo éstas las señaladas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Será motivo de resolución, el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contenidas en el mismo por alguna de las partes.

Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación al Convenio que nos ocupa.

Decimotercera. Responsabilidad civil.

El Real Patronato sobre Discapacidad queda exonerado de cualquier responsabilidad civil derivada de la ejecución de la actividad objeto de este convenio.

Decimocuarta. Resolución de controversias y jurisdicción.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, al amparo de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por lo que no le resulta aplicable el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de su artículo 4.1 d), sin perjuicio de la aplicación de los principios de la citada legislación para resolver las dudas que pudieran presentarse, y no pudieran ser resueltas en el marco del presente Convenio.

Las partes se comprometen a resolver pacíficamente cualquier conflicto que pudiera surgir en la interpretación y ejecución del presente Convenio en el seno de la Comisión mixta. No obstante, y dado el carácter administrativo de este Convenio, cuantas controversias pudieran surgir en la interpretación y aplicación del mismo, y no pudieran ser resueltas entre las partes, se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la misma.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio de colaboración por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Mario Garcés Sanagustín.–El Presidente de la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE), Alfonso Gutiérrez Caballero.

ANEXO

El Empleo con Apoyo se define como un Sistema de apoyos a las personas con discapacidad u otros grupos en riesgo de exclusión social, para que consigan y mantengan un empleo en el mercado laboral abierto. El apoyo debe darse antes, durante y después de obtener un contrato laboral, incluyendo, además los apoyos al empresario y teniendo como punto clave en todo el sistema, la figura del preparador laboral.

Dada la importancia de la inclusión social a través del empleo de las personas con discapacidad y de la implantación geográfica de la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE) en todas las Comunidades Autónomas, el Real Patronato sobre Discapacidad va a colaborar con esta entidad en la celebración de los talleres de empleo.

Memoria de las actividades:

Dos talleres de empleo: En la ciudad de Madrid y en la ciudad de Sevilla.

Descripción: Se van a realizar dos talleres de empleo y cada uno se estructura en 4 talleres de trabajo, basados en un enfoque activo, Primero, a través de la reflexión y del análisis individual del material aportado, cada profesional elabora unas conclusiones/valoraciones concretas, que posteriormente y mediante grupos de trabajo, se debaten y se elaboran propuestas y conclusiones grupales.

El tema principal de estos talleres, así como la elección de la organización del trabajo a través de talleres se realizará de forma conjunta entre el Real Patronato sobre Discapacidad y AESE a la vista de los buenos resultados obtenidos en las ediciones anteriores. A la inauguración del mismo asistirá un miembro del Real Patronato sobre Discapacidad y participará en alguno de los talleres, así como en la mesa redonda.

Cada taller de trabajo, contará con la guía y coordinación de dos tutores, profesionales expertos en el sistema de Empleo con apoyo.

Los talleres son gratuitos para los participantes y con aforo limitado para 100 personas.

El proceso de inscripción se abrirá a través de la página web de la AESE, donde se colgará información detallada sobre la actividad.

Tanto el Real Patronato sobre Discapacidad y AESE, realizarán la máxima difusión del evento en las redes sociales.

A los asistentes se les entregará un dossier que contendrá:

– Material Didáctico.

– Bloc de notas.

– Bolígrafo.

– Horario y estructura del encuentro.

– Encuesta de satisfacción.

Objetivo: Crear un foro de formación y reflexión para los profesionales en el ámbito del empleo con apoyo, para tratar cuestiones que afectan directamente al desarrollo del trabajo diario, referente a la inserción sociolaboral de las personas con discapacidad y especiales dificultades de inserción y de esta manera poder sacar conclusiones de mejora entre todos.

Destinatarios: Personas con discapacidad y especiales dificultades de inserción, con contrato de trabajo en empresas ordinarios o en situación de búsqueda activa de empleo y que reciben apoyos dentro y fuera del entorno laboral por los preparadores laborales que acudirán al encuentro.

Lugar y fechas: La realización de los dos talleres está previsto que sea en Madrid en el mes de junio de 2017 y en Sevilla en el mes de octubre. El horario será de mañana y tarde.

Presupuesto: Los talleres serán gratuitos para los asistentes.

Taller de empleo en Madrid:

Concepto

Total

Euros

100 dossier (carpeta, bloc y bolígrafo)

650

Material didáctico/impreso

350

Cartelería y publicidad

650

Interprete lengua de signos

200

*Viaje (200 € * 8 tutores):

1.600

Alojamiento (1 noche × 65 € × 8 tutores)

520

Manutención: (1 día × 37 € × 8 tutores)

296

**Alojamiento (1 noche × 65 € × 3)

195

**Manutención: (18 € × 3)

54

Total

4.515

Taller de empleo en Sevilla:

Concepto

Total

Euros

100 dossier (carpeta, bloc y bolígrafo)

650

Material didáctico/impreso

350

Cartelería y publicidad

650

Interprete lengua de signos

200

*Viaje (200 € * 8 tutores):

1.600

Alojamiento (1 noche × 65 € × 8 tutores)

520

Manutención: (1 día x 37 € × 8 tutores)

296

**Alojamiento (1 noche x 65 € × 3)

195

**Manutención: (18 € × 3)

54

Total

4.515

* El concepto «Viaje (200 euros)» de ambos talleres es estimativo: dependerá del trayecto a realizar en cada caso.

** Se presupuestan 3 noches y 3 medias dietas para el caso que por razones de horario de los distintos medios de transporte los tutores tengan que pernoctar otra noche más.

Presupuesto total:

Concepto

Total

Euros

Taller de empleo en Madrid

4.515

Taller de empleo en Sevilla

4.515

Total

9.030

Aportación Real Patronato sobre Discapacidad: 6.321 € (70%).

Aportación Asociación española de Empleo con Apoyo (AESE): 2.709 € (30%).

Los gastos a efectuar con cargo a las aportaciones de las partes, y que se desglosan en el cuadro anterior, a efectos de justificación tendrán carácter estimativo entre ellos. Al tratarse de cuantías estimadas se permitirá una variación de un + 20% en cada una de las partidas presupuestadas, siempre y cuando no se supere el importe total de las actividades a realizar. En el caso de que la variación sea superior será de aplicación lo previsto en la cláusula novena.

En el caso de que el coste real de la actvidad fuera inferior al presupuestado se reducirán proporcionalmente las aportaciones de cada una de la parte en relación a la aportación inicial comprometida por cada una de ellas.

Los gastos de dietas y locomoción que se citan se ajustarán a lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razones de servicio con los límites establecidos para el grupo 2.

El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Mario Garcés Sanagustín.–El Presidente de la Asociación Española de Empleo con Apoyo (AESE), Alfonso Gutiérrez Caballero.