Resolución de 27 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Confederación Autismo España, para el desarrollo de actuaciones en el marco de la Estrategia española en trastornos del espectro del autismo.

Nº de Disposición: BOE-A-2017-13404|Boletín Oficial: 283|Fecha Disposición: 2017-09-27|Fecha Publicación: 2017-11-21|Órgano Emisor: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

La Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad y la Confederación Autismo España han suscrito, con fecha 18 de septiembre de 2017, un Convenio de colaboración para el desarrollo de actuaciones en el marco de la Estrategia española en trastornos del espectro del autismo, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 27 de septiembre de 2017.–El Director General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad, Borja Fanjul Fernández-Pita.

ANEXO

Convenio de colaboración entre la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad y la Confederación Autismo España para el desarrollo de actuaciones en el marco de la Estrategia española en trastornos del espectro del autismo

En Madrid, a 18 de septiembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Borja Fanjul Fernández-Pita, Director General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad, nombrado por Real Decreto 574/2016, de 25 de noviembre («BOE» número 286, del 26) actuando en nombre y representación de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, en virtud de lo dispuesto en las órdenes SSI/131/2013, de 17 de enero y SSI/1786/2016, de 11 de noviembre.

Y, de la otra, don Miguel Ángel de Casas Rodríguez, presidente de la Confederación Autismo España, actuando en nombre y representación de dicha Confederación y con capacidad para representar, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 34 de los Estatutos de la Confederación Autismo España, de 30 de mayo de 2016.

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y al efecto

EXPONEN

Primero.

Que la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad es el órgano superior del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad al que corresponde el desempeño de las funciones en materia de atención a personas con discapacidad así como para proponer y desarrollar las políticas del Gobierno en estas materias.

Segundo.

Que la Confederación Autismo España, es una organización de utilidad pública, constituida al amparo de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y normas complementarias, con capacidad jurídica de obrar propia y carente de ánimo de lucro.

Asimismo, es una confederación estatal que agrupa y representa a entidades del tercer sector de acción social promovidas por familiares de personas con Trastornos de Espectro del Autismo (TEA), que facilitan apoyos y servicios específicos y especializados para personas con este tipo de trastornos y sus familias.

Su misión en apoyar a las personas con TEA y sus familias promoviendo la reivindicación y el ejercicio efectivo de sus derechos, con el propósito de favorecer su calidad de vida y conseguir la igualdad de oportunidades.

Para ello representa institucionalmente al colectivo que agrupa, apoya el desarrollo de sus entidades confederadas, y promueve, coordina y lleva a cabo en el ámbito estatal acciones de defensa del colectivo, de sensibilización e investigación, de desarrollo e implantación de modelos organizacionales e intervenciones basadas en el conocimiento científico y la buena práctica, así como iniciativas que favorezcan la inclusión y participación social, la formación y el asesoramiento de profesionales, familias y personas con TEA.

Tercero.

Que la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad y la Confederación Autismo España, reconocen que la realización de actividades conjuntas es un vehículo que facilita la inclusión social de las personas con Trastornos del Espectro del Autismo, así como un medio de sensibilizar a la sociedad, lo que favorece la mejora de su calidad de vida y el avance hacia la igualdad de oportunidades.

Este convenio es uno de los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente, sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.

Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1.d) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, y en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio de colaboración tiene por objeto instrumentar la participación conjunta entre la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad y la Confederación Autismo España, en la realización de actuaciones enmarcadas en las Líneas Estratégicas que recoge la Estrategia Española en Trastornos del Espectro del Autismo, aprobada en Consejo de Ministros el 6 de noviembre de 2015, como marco de referencia en la definición de políticas sociales sobre las personas con trastornos del espectro del autismo (TEA), orientadas a favorecer el respeto a la vida independiente, la autonomía, la participación e inclusión plenas, la igualdad, la accesibilidad y la no discriminación como soporte esencial para mejorar la inclusión social, la calidad de vida y la protección de los derechos de las personas con TEA.

La colaboración entre la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad y la Confederación Autismo España, para ejecutar la actividad prevista, se desarrollará con las actuaciones expresadas en el anexo unido a este acuerdo.

Segunda. Compromisos de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.

La Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad se compromete a colaborar en el objeto de este convenio mediante:

• La participación de los funcionarios en la organización, diseño y desarrollo de las actividades que se ejecuten dentro del ámbito de actuación del presente convenio.

• La documentación y material bibliográfico que resulte necesario para la realización de las actividades programadas a través del fondo documental y bibliográfico de la Red Española de Información sobre Discapacidad (REDID).

• La comunicación y difusión de las actividades objeto de este convenio.

• Una aportación económica del 70% del presupuesto total previsto en el Anexo, con cargo a la aplicación 26.17.231F.226.99 del presupuesto de gastos para el año 2017, y destinada a cofinanciar el coste de los gastos de las actividades objeto de este convenio conforme figura en el anexo.

En todo caso, la aportación de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad se destinará exclusivamente a financiar operaciones corrientes.

El abono de esta aportación económica se efectuará una vez justificadas las actividades previstas en la cuenta bancaria ES76 2038 2253 8860 0076 1118, previa certificación de conformidad de la realización y justificación documental de las actividades.

Tercera. Compromisos de la Confederación Autismo España.

La Confederación Autismo España se compromete a colaborar en el objeto de este convenio mediante:

• La definición de las líneas básicas de actuación, diseño y desarrollo de los contenidos contemplados en el anexo.

• La gestión administrativa de las actividades.

• La edición de materiales y la difusión y publicidad de las actividades objeto de este convenio.

• Una aportación económica del 30% del presupuesto total previsto en el Anexo, destinada a cofinanciar el coste de los gastos de las actividades objeto de este convenio.

• Justificación a la Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad la totalidad de los gastos y pagos realizados de las actuaciones objeto de este convenio. Para justificar estos gastos se remitirá una relación detallada de todos los gastos realizados, indicando su naturaleza, así como la cuantía total para cada tipo de gasto.

Deberán adjuntarse los originales de las facturas y/o documentos contables de valor probatorio equivalente justificativos del gasto realizado, y si se pidiese la devolución de los mismos, se deberá solicitar expresamente y, en este caso, adjuntar también fotocopias de los mismos.

Los gastos o los compromisos de gastos previstos, deberán realizarse desde la fecha de la firma del Convenio hasta la finalización de la actividad.

En todo caso, la justificación de gastos efectuados, debe realizarse como fecha límite el 30 de noviembre de 2017.

Cuarta. Ausencia de relación laboral.

La relación del personal de la Confederación Autismo España con la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente Convenio, ni del mismo se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Quinta. Derechos de explotación.

Los derechos de explotación, en todas las modalidades, de la documentación que se produzca como consecuencia de las actuaciones contempladas en el presente Convenio y sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección segunda del Capítulo III del Título II Libro I de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, serán propiedad de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, en la parte proporcional al porcentaje de financiación. Dicha documentación podrá utilizarse en los cursos y actividades que se programen desde este organismo y respetando, en todo caso, el derecho moral que le corresponde al autor de la documentación y que es inalienable según el artículo 14 del citado texto legal.

Sexta. Logotipo.

Asimismo, la documentación y la información tanto impresa como electrónica sobre las actividades objeto del presente Convenio deberán incluir el logotipo de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad y hacer referencia a este organismo en su calidad de coorganizador, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece los criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.

Respecto de la eventual publicidad y difusión que en su caso se lleve a cabo sobre las actividades objeto del Convenio, se estará a lo dispuesto en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la entonces Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado.

Séptima. Comisión de seguimiento.

Con el fin de facilitar la coordinación y el seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión mixta, que estará formada por dos representantes de cada una de las partes.

Los dos representantes de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad serán dos funcionarios de la Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad, nombrados por su Director, y los dos representantes de la Confederación Autismo España serán designados por su presidente.

La Comisión intervendrá de manera activa en la realización de las actividades y se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del Convenio.

La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

La Comisión de seguimiento no generará ningún gasto durante el desarrollo del convenio.

Octava. Modificación del Convenio.

Los términos de este Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, siempre que no suponga un incremento del coste de las actividades a desarrollar. Dicha modificación se hará efectiva por acuerdo de las partes a propuesta de la Comisión de seguimiento, y se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio. En todo caso, la modificación del convenio exigirá la suscripción del correspondiente acuerdo de modificación por parte de las entidades firmantes del mismo.

No obstante lo anterior, los gastos a efectuar con cargo a las aportaciones de las partes tendrán a efectos de justificación carácter estimativo entre ellos, por lo que se permitirá una variación de un +/- 20% en cada una de las partidas presupuestadas, siempre y cuando no supere el importe total de las actividades a realizar ni las partes que los financian.

Novena. Protección de datos.

La Confederación Autismo España acomodará sus actuaciones a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal.

En este sentido, asumirá la titularidad de cualquier fichero de datos de carácter personal así como de la responsabilidad de adoptar las medidas de seguridad necesarias para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados.

Décima. Plazo de vigencia.

Siguiendo el contenido del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, que se materializará a través de la firma, y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado». El plazo de vigencia del presente Convenio comprenderá desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2017.

No obstante lo anterior, y dado que la Estrategia Española en Trastornos del Espectro del Autismo establece la obligatoriedad de aprobar un Plan de Acción como desarrollo de las líneas estratégicas en esta materia, y cuya elaboración se encuentra en avanzado estado de tramitación, las partes podrán acordar expresamente la prórroga de este convenio al objeto de avanzar en el desarrollo de actividades previstas en la Estrategia Española en Trastornos del Espectro del Autismo. Estas nuevas actividades se materializarían en un formato similar al Anexo de este Convenio y, previo informe favorable de la Comisión de seguimiento, se formalizarían por escrito por las partes suscriptoras de este convenio. En todo caso, las posibles prórrogas quedarán supeditadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente para el ejercicio de que se trate.

Cuando se acuerden prórrogas del convenio su duración, en conjunto, no podrá ser superior a los cuatro años previstos en el artículo 49.h), apartado segundo de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Undécima. Extinción del convenio.

Serán causas de extinción de este convenio el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o bien por incurrir en causa de resolución, siendo éstas las señaladas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, será motivo de resolución el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contenidas en este convenio por alguna de las partes.

Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación al Convenio que nos ocupa.

Duodécima. Responsabilidad civil.

La Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad queda exonerada de cualquier responsabilidad civil derivada de la ejecución de la actividad objeto de este convenio.

Decimotercera. Naturaleza jurídica, resolución de controversias y orden jurisdiccional.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se regirá por las estipulaciones en él contenidas y, en lo no previsto en éstas, así como para la resolución de las dudas que pudieran presentarse, por lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI, de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio de colaboración por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por la Confederación Autismo España, Miguel Ángel Rodríguez de Casas.–Por la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Borja Fanjul Fernández-Pita.

ANEXO ACTUACIONES 2017

Las actuaciones contempladas para 2017 contenidas en el presente convenio, se encuentran enmarcadas en las Líneas Estratégicas que recoge la Estrategia Española en Trastornos del Espectro del Autismo. Concretamente, las actuaciones que se desarrollarán en 2017 se encuentran enmarcadas principalmente en las Líneas de Comunicación y Sensibilización (Línea Estratégica 1) e Investigación (Línea Estratégica 3).

Además, sus contenidos están vinculados también con otras Líneas estratégicas, como son la de Salud y atención sanitaria (Línea Estratégica 8), Educación (Línea Estratégica 9), Empleo (Línea Estratégica 10), Vida Independiente (Línea Estratégica 11), y Justicia y empoderamiento en derechos (Línea Estratégica 13).

1. Investigación sobre las personas adultas con TEA en España, incluyendo el desarrollo de sistemas de apoyo dirigidos a la etapa de envejecimiento (enmarcado en la Línea Estratégica 3. Objetivo 1 y Línea Estratégica 11. Objetivo 5).

a) Objetivo general.

Generar y transferir conocimiento para la mejora de la calidad de vida de las personas adultas con TEA en España.

b) Objetivos específicos.

1. Incrementar el conocimiento sobre la situación, necesidades y apoyos que requieren las personas adultas con TEA en España.

2. Diseñar sistemas de apoyo para la promoción de la calidad de vida de las personas adultas con TEA, prestando una especial atención a la promoción del envejecimiento activo.

3. Elaborar materiales y guías sobre la vida adulta de las personas con TEA, dirigidas tanto a ellas mismas como a sus familias, a los/las profesionales de las entidades y a otros agentes relevantes para la promoción de su calidad de vida (por ejemplo, dirigidos a promover su transición a la vida adulta o su acceso a la vida laboral).

4. Elaborar materiales y guías sobre salud, seguridad y participación de las personas con TEA en proceso de envejecimiento, dirigidas tanto a ellas mismas como a sus familias y a los/las profesionales de las asociaciones y entidades.

5. Divulgar a través de distintas iniciativas (jornadas, publicaciones, campañas, etc.) los avances realizados en materia de promoción de la calidad de vida de las personas adultas con TEA, prestando una especial atención a favorecer su envejecimiento activo.

c) Actuaciones previstas.

1. Diseño y desarrollo de proyecto de investigación, dirigido a conocer la situación, necesidades y prioridades de personas adultas con TEA en España, a través de:

– Cuestionarios on-line.

– Entrevistas en profundidad.

– Grupos de discusión.

– Estudios de casos.

– Cuestionarios.

– Análisis de datos oficiales.

2. Diseño de un sistema de apoyos y de recursos dirigidos a promover el envejecimiento activo de las personas adultas con TEA.

– Elaboración de guías y materiales de fácil comprensión dirigidos a las personas con TEA y a sus familias, en las áreas de salud, seguridad y participación.

– Elaboración de guías y materiales de fácil comprensión dirigidos a los/las profesionales de diferentes ámbitos (movimiento asociativo, sistema sanitario, etc.), en las áreas de salud, seguridad y participación.

– Diseño de un modelo de apoyos para la promoción de una vida autónoma de las personas adultas con TEA, incorporando su perspectiva en la toma de decisiones.

3. Difusión y divulgación de los resultados y contenidos diseñados, a través de diferentes actuaciones. Entre ellas:

– Jornada de divulgación sobre la prevención y promoción del envejecimiento activo.

– Publicaciones y artículos.

– Trípticos y materiales audiovisuales.

d) Presupuesto:

Actuaciones

Presupuesto

Euros

Estudio de investigación sobre personas adultas con TEA en España

18.150,00

Diseño de sistemas de apoyo y recursos dirigidos al envejecimiento activo

18.150,00

Total: Investigación + desarrollo de contenidos

36.300,00

Difusión y divulgación de resultados

Campaña y materiales de difusión (diseño, maquetación, impresión…)

9.075,00

Jornada de presentación

6.050,00

Total: Difusión y divulgación

15.125,00

Total actuaciones

51.425,00

e) Desglose de actuaciones:

Actuaciones previstas

Responsables

1. Diseño, desarrollo y divulgación de proyecto de investigación sobre personas adultas con TEA

1.1 Propuesta de la metodología y de herramientas para el desarrollo de la investigación.

Autismo España.

1.2 Identificación y contacto con informantes clave vinculados a la Administración Pública. con.

MSSSI.

1.3 Identificación y contacto con informantes clave vinculados al movimiento asociativo de los TEA.

Autismo España.

1.4 Desarrollo de entrevistas y grupos de discusión con informantes clave.

Autismo España.

1.5 Lanzamiento y cumplimentación de cuestionarios on-line.

Autismo España y MSSSI.

1.6 Recopilación y facilitación de datos procedentes de fuentes estadísticas oficiales.

MSSSI.

1.7 Análisis y contraste de la información recopilada.

Autismo España.

1.8 Elaboración y revisión de informes y publicaciones.

Autismo España y MSSSI.

1.9 Maquetación e impresión de publicaciones.

Autismo España.

1.10 Presentación pública y divulgación de resultados.

Autismo España y MSSSI.

2. Diseño y divulgación de sistemas de apoyo dirigidos al envejecimiento activo

2.1 Diseño de un modelo de apoyos dirigido a la promoción de la vida autónoma de las personas con TEA, incorporando su perspectiva en la toma de decisiones.

Autismo España.

2.2 Elaboración de guías y materiales de fácil comprensión dirigidos a las personas con TEA y sus familias, y a profesionales de diferentes sectores (sistema sanitario, etc.).

Autismo España.

2.3 Revisión y aportaciones a las guías y materiales elaborados.

MSSSI.

2.4 Maquetación e impresión de materiales y publicaciones.

Autismo España.

2.5 Presentación pública y divulgación de materiales y publicaciones.

Autismo España y MSSSI.

2.6 Promoción de la divulgación del modelo de apoyos elaborado en el ámbito de la Administración Pública a nivel estatal y autonómico.

Autismo España y MSSSI.

2. Concienciación y sensibilización de las necesidades específicas del alumnado con trastorno del espectro del autismo en el ámbito educativo.

(Enmarcado en la Línea Estratégica 1. Objetivo 2).

a) Objetivo general.

Contribuir a incrementar el conocimiento y la sensibilización de la sociedad en su conjunto y de la comunidad educativa en particular, acerca de las necesidades de las personas con TEA en el ámbito educativo.

b) Objetivos específicos.

1. Favorecer el conocimiento y comprensión social del alumnado con TEA con el fin de promover la sensibilización ciudadana y, en particular, educativa, y las actitudes positivas hacia el colectivo.

2. Promover la sensibilización social en relación a las necesidades y apoyos que las personas con TEA requieren a lo largo de su educación, en todas las etapas y modalidades de la misma.

3. Favorecer el conocimiento por parte de la comunidad educativa de los recursos y apoyos que facilitan el aprendizaje y la inclusión educativa del alumnado con TEA.

4. Ofrecer una imagen realista y positiva de diferentes fórmulas educativas y de las realidades de estudiantes con TEA en distintas etapas de su educación (desde primeros años hasta Universidad-vida adulta).

5. Favorecer el establecimiento de redes estables de participación entre las familias del alumnado con y sin TEA de los centros educativos, fomentando el apoyo social entre las mismas y su implicación en la inclusión social los/las estudiantes con este tipo de trastornos.

6. Implicar a la comunidad educativa en la prevención del bullying y del acoso escolar que sufre el alumnado con TEA y concienciar sobre su vulnerabilidad frente al acoso escolar.

c) Actuaciones previstas.

Diseño y desarrollo de una campaña informativa de sensibilización y concienciación dirigida a la sociedad en su conjunto y a la comunidad educativa en particular:

1. Diseño y edición de la imagen corporativa de la campaña (logo, lema, imagen, etc.).

2. Edición de material audiovisual de información y sensibilización sobre el alumnado con TEA y sus necesidades.

3. Edición de materiales impresos de información y sensibilización.

4. Repositorio de contenidos online dirigida a fomentar el conocimiento y la formación de la comunidad educativa sobre los TEA.

5. Planificación y ejecución de una campaña de marketing social en redes sociales para el cambio de la conducta social.

6. Campaña de difusión y publicidad en medios de comunicación para crear en el público conocimiento e interés en los ciudadanos.

7. Campaña de email marketing en centros educativos.

d) Presupuesto:

Actuaciones

Presupuesto

Euros

Planificación de la campaña, desarrollo y elaboración de materiales asociados (diseño, maquetación, impresión, difusión, presentación…)

35.000,00

Total actuaciones

35.000,00

e) Desglose de actuaciones:

Actuaciones previstas

Responsables

Planificación de la campaña de concienciación y sensibilización de las necesidades específicas del alumnado con TEA en el ámbito educativo

Análisis de contexto (situación problema/obstáculos) y definición de objetivos generales y específicos que se quieren alcanzar con esta campaña.

MSSSI/Autismo España.

Identificación de las ideas fuerza.

Autismo España.

Elaboración de argumentarios.

Autismo España.

Identificación público objetivo.

Autismo España.

Identificación de los actores públicos clave (responsables políticos estatales, autonómicos y locales, centros educativos, etc.).

MSSSI.

Identificación aliados posibles y existentes dentro del movimiento asociativo de los TEA.

Autismo España.

Definición de la Estrategia y diseño de un Plan de Acción para alcanzar los objetivos de la campaña.

MSSI/Autismo España.

Elaboración de un calendario de acciones.

Autismo España.

Diseño de la campaña y elaboración de materiales

Diseño y edición de la campaña (logo, lema, imagen, etc.).

Autismo España.

Edición de material audiovisual de información y sensibilización sobre el alumnado con TEA y sus necesidades.

Autismo España.

Elaboración de materiales impresos de información y sensibilización (cartelería, flyers, etc.).

Autismo España.

Revisión y aportaciones a los materiales.

MSSSI.

Repositorio de contenidos online dirigido a fomentar el conocimiento y la formación de la comunidad educativa sobre los TEA.

Autismo España.

Aportación al repositorio de materiales estatales en materia educativa y bullying.

MSSSI.

Maquetación e impresión de materiales.

Autismo España.

Ejecución de la campaña concienciación y sensibilización de las necesidades específicas del alumnado con TEA en el ámbito educativo

Presentación pública de la campaña.

MSSSI/ Autismo España.

Ejecución de campaña de marketing social para el cambio de la conducta social.

Autismo España.

Apoyo para la difusión de la campaña entre actores clave de la administración pública estatal y RTVE.

MSSSI.

Apoyo en la difusión de la campaña en Redes Sociales.

MSSSI.

Campaña de difusión y publicidad en medios de comunicación para crear en el público conocimiento e interés en los ciudadanos.

MSSSI/Autismo España.

Campaña de email marketing en centros educativos.

MSSSI/Autismo España.

Seguimiento y evaluación.

Autismo España.