Resolución de 29 de noviembre de 2018, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con Telefónica, SA.

Nº de Disposición: BOE-A-2018-17126|Boletín Oficial: 301|Fecha Disposición: 2018-11-29|Fecha Publicación: 2018-12-14|Órgano Emisor: Ministerio de Cultura y Deporte

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y Telefónica, S.A. han suscrito, con fecha 14 de noviembre de 2018, una Adenda de modificación del Convenio entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y Telefónica S.A. firmado el 11 de abril de 2018, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 29 de noviembre de 2018.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel J. Borja-Villel.

ANEXO

Adenda de modificación del Convenio entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y Telefónica S.A., firmado el 11 de abril de 2018

En Madrid, a 14 de noviembre de 2018.

REUNIDOS

De una parte, don Manuel Borja-Villel, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, actuando en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 11 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía («BOE» de 5 de octubre de 2011) y el artículo 9.2.c) del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía («BOE» de 6 de abril de 2013). En adelante, MNCARS o el Organizador.

De otra parte, doña Cristina María Fernández Gómez, con D.N.I. n.º 02.646.678-E, en nombre y representación de Telefónica, S.A. (en adelante, «Telefónica»), con N.I.F. A 28.015.865 y domicilio en Madrid, c/ Gran Vía, 28, en su condición de apoderada, facultada para este acto según la escritura de apoderamiento otorgada ante el Notario de Madrid, don José Miguel García Lombardía, el día 8 de marzo de 2018, con el número 1.048 de su protocolo, inscritos en el Registro Mercantil de Madrid, el 16 de marzo de 2018, en el Tomo 25.212, Folio 208, Sección 8, Hoja M-6164 e Inscripción 1893. En lo sucesivo, Telefónica o el Colaborador.

EXPONEN

I. Que con fecha de 11 de abril de 2018, el MNCARS y Telefónica firmaron un Convenio con el objeto de establecer el mecenazgo por parte de Telefónica de dos proyectos: la implantación de conectividades a Internet en las plantas 1, 2 y 3 del Edificio Sabatini del MNCARS y el desarrollo de estudios de comportamiento de los públicos visitantes del Museo, a través de la incorporación de nuevas tecnologías. El referido Convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha de 29 de junio de 2018.

II. Que, en el desarrollo de los mencionados proyectos, las partes han decidido de mutuo acuerdo, por una parte, mejorar el ámbito de la implantación de conectividad a Internet en el Edificio Sabatini del MNCARS ampliándose y ofreciéndose una mayor conectividad en las plantas 1 y 2 respecto al proyecto anterior y, por otra parte, prescindir del estudio de comportamiento de los públicos visitantes del Museo.

Y, de acuerdo con lo expuesto, las partes

ACUERDAN

Primero.

Modificar la Cláusula Primera (Objeto del Convenio), apartado 1, que quedará redactada en los siguientes términos:

«1.1 El objeto del presente Convenio consiste en el mecenazgo por parte de Telefónica, en los términos previstos en las cláusulas siguientes, de la implantación de conectividades en las plantas 1, 2 y 3 del Edificio Sabatini del MNCARS con técnicas de innovación.»

Segundo.

Modificar la Cláusula Segunda, apartado 2.1.2, que quedará redactada en los siguientes términos:

«2.1.2  El importe restante, por valor de 100.000 € (cien mil euros), será un pago en especie de Telefónica para el desarrollo del proyecto mencionado en la Cláusula Primera: implantación de conectividades en las plantas 1, 2 y 3 del Edificio Sabatini del MNCARS, con técnicas de innovación.»

Tercero.

Modificar, consecuentemente, la Cláusula Segunda, apartado 2.2 y 2.3, en el punto relativo al referido proyecto, acordándose la siguiente redacción:

«2.2 En el primer caso, el abono se realizará por Telefónica en el plazo de los 30 días siguientes a la recepción de la correspondiente factura. En relación con el importe restante, 100.000 € (cien mil euros) será satisfecho por Telefónica mediante la entrega al MNCARS del proyecto: “Conectividad a internet de las plantas 1, 2 y 3 del Edificio Sabatini para el desarrollo de proyectos expositivos”, habiendo sido el proyecto aprobado por el MNCARS.

2.3 Una vez recibido el referido importe y ejecutado el proyecto, el MNCARS se compromete a emitir el correspondiente documento acreditativo de su recepción en los términos previstos en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, relativa al régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al Mecenazgo.»

Cuarto.

La presente adenda de modificación de Convenio se tramitará conforme a lo previsto en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y tendrá efectos frente a terceros a partir de que, una vez firmada, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publique en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y, en prueba de conformidad, las partes firman este documento por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por Telefónica, Cristina María Fernández Gómez, Apoderada.–Por el MNCARS, Manuel Borja-Villel, Director.